La Fiscalía pide 6 años y medio de cárcel para un hombre que se apropió de la herencia de su tío destinada a la Hermandad de la División Azul
Será juzgado el próximo miércoles en la Audiencia Provincial de Madrid. Foto: Carlos Berbell/Confilegal

La Fiscalía pide 6 años y medio de cárcel para un hombre que se apropió de la herencia de su tío destinada a la Hermandad de la División Azul

Le imputa un delito continuado de apropiación indebida y un delito estafa
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11/10/2021 12:02
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Actualizado: 23/3/2022 10:45
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La Fiscalía Provincial de Madrid solicita seis años y medio de prisión para un hombre, B. B. A., acusado de apropiarse de la herencia de su tío cuya heredera universal era la Hermandad de la División Azul.

El juicio está señalado para el próximo miércoles en la Audiencia Provincial de Madrid (Sección Segunda).

El representante del Ministerio Público le imputa un delito continuado de apropiación indebida y un delito de estafa, y señala que concurre la circunstancia atenuante de reparación del daño causado.

Por el delito continuado de apropiación indebida solicita dos años y medio de prisión, y por el de estafa, cuatro años de cárcel y una multa de 12 meses con una cuota diaria de diez euros (3.600 euros).

También reclama que indemnice con 152.850 euros “a quien en ejecución de sentencia se determine que es legítimo propietario” y a la Hermandad Nacional de la División Azul “en la cantidad que en ejecución de sentencia resulte acreditada como no percibida” por la compraventa de un inmueble.

LOS HECHOS, SEGÚN LA FISCALÍA

Según expone la Fiscalía en su escrito de acusación, el 2 de agosto de 1994 A. A. R., un tío del acusado, otorgó un testamento abierto en el que nombraba heredera universal de sus bienes a la Hermandad Nacional de la División Azul.

Años más tarde, en enero de 2010, A. A. R. acudió al Hospital Universitario de la Princesa, donde se le diagnosticó demencia degenerativa primaria tipo E. Alzheimer de grado moderado.

El representante del Ministerio Fiscal señala que una semana después, el acusado ingresó a su tío en el Centro Residencial Valdeluz, de Madrid y que ese mismo día el director del centro remitió al Juzgado de Móstoles el correspondiente comunicado de internamiento de un presunto incapaz.

En dicho comunicado se hacía constar que “por su estado psicofísico actual no ha sido posible la firma del contrato de admisión en este centro”.

No obstante, no se incoó procedimiento de internamiento no voluntario hasta el 31 de mayo de 2010, esto es, 28 días después de que falleciera A. A. R. a la edad de 87 años.

La Fiscalía expone que antes de ingresar en el centro, el tío designó al acusado como autorizado en una de las cuentas de las que era titular, en este caso en Bankinter, motivo por el cual tuvo acceso a las claves propias para la realización de operaciones de banca electrónica.

Afirma que de este modo, “aprovechando el acusado su condición de autorizado en cuenta” y que su tío se encontraba ingresado en una residencia “con un diagnóstico médico de demencia degenerativa”, realizó varias operaciones “movido en todos los casos por un ánimo de ilícito enriquecimiento”.

Así, según el Ministerio Público, desde la cuenta de su tío donde figuraba como autorizado, realizó reintegros y transferencias, incluso días después del fallecimiento de su familiar.

Estas transferencias tenían como destinatarios a él mismo, a sus hijos, a su sobrino o a su esposa, con quien compartía una cuenta.

Sin embargo, los 49.950 euros ingresados en la cuenta de su sobrino fueron devueltos a la Hermandad Nacional de la División Azul a instancias de su hermano, “ajeno a los hechos descritos”.

Igualmente, los días 2 y 3 de junio el acusado restituyó a la cuenta del fallecido la cantidad total 122.700 euros, lo que sumado a la anterioridad cantidad hace un total devuelto de 172.650 euros de los 172.950 trasferidos desde la muerte de su tío.

Del mismo modo, y durante los primeros meses de 2010, el acusado canceló un fondo de inversión y procedió a realizar cuatro reembolsos que permitieron aumentar el saldo de una cuenta propiedad de su tío y de la que él era apoderado en un total de 293.296,44 euros.

Por último, la Fiscalía alude a la firma de una escritura de compraventa de un inmueble en San Javier (Murcia) “aprovechando igualmente el deterioro cognitivo”.

El precio de venta fue de 100.000 euros, de los cuales 24.000 se declaraban percibidos por el vendedor, emitiéndose un pagaré por el acusado por el importe restante, 76.000 euros, con vencimiento el 10 de mayo de 2010.

La Fiscalía explica que el acusado, “que nunca tuvo voluntad real de pagar el precio pactado”, se quedó con el pagaré, el cual no fue presentado al cobro llegado su vencimiento, “debiendo la Hermandad Nacional de la División Azul interponer demanda civil contra el acusado para obtener el pago del precio restante, pago que era negado por el acusado alegando que le había sido condonado por el vendedor”.

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