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Hacia la imparable especialización del Derecho de Familia

Hacia la imparable especialización del Derecho de Familia
El magistrado Xabier Abel Lluc, especialista en la jurisdicción de familia y presidente de la Plataforma Familia y Derecho, augura, en su columna, lo inminente de que se creen juzgado de familia especializados.
11/11/2021 06:47
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Actualizado: 10/11/2021 22:32
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Los pasados 3, 4 y 5 de noviembre se han celebrado en la escuela judicial de Barcelona los Encuentros entre jueces y abogados de familia, organizados desde hace 25 años por el Consejo General del Poder Judicial con el fin de analizar cuestiones controvertidas del derecho de familia, e intentar proponer conclusiones de aplicación práctica para los profesionales que trabajamos en esta materia.

Este año este Encuentro ha tenido una novedad: se han incorporado miembros de dos asociaciones de psicólogos forenses y de trabajadores sociales.

De hecho, el nombre de los encuentros de este año ha sido Encuentro de jueces familia con la abogacía especializa en derecho de familia y gabinetes técnicos de psicología jurídica del menor y forense, lo que se ha traducido en que las mesas de trabajo han contado con el imprescindible enfoque interdisciplinar.

Se habían organizado las siguientes ocho mesas de trabajo:

Al final del Encuentro, los coordinadores de los distintos grupos remitieron y expusieron las conclusiones sobre sus temas objeto de estudio y trabajo, y tengo que destacar que en absolutamente todas las mesas -en las que intervinieron unos 40 profesionales de la judicatura, abogacía, psicología y trabajo social de modo presencial, y otros tantos on line- incluían la imprescindible especialización de los juzgados de familia en España, así como la especialización de todos los profesionales que intervenimos en esta materia.

ORGANIZACIÓN DE OCHO WEBINARIOS SOBRE LAS CONCLUSIONES

Las conclusiones fueron tan interesantes que la Plataforma Familia y Derecho que presido va a organizar a partir del mes de enero del 2022 una serie de ocho Webinarios, en los que abordaremos y detallaremos los debates producidos en cada mesa, y una explicación de las conclusiones de cada una de ellas.

La especialización no puede esperar más; es una necesidad tanto de los profesionales que intervenimos en estos procedimientos como de la ciudadanía, que sigue siendo sometida a una discriminación evidente en función de algo tal aleatorio como su lugar de residencia: los ciudadanos de primera, que tienen acceso a juzgados de familia especializados, con un fiscal y un Equipo Técnico adscritos, y los de segunda, que tienen acceso a juzgados de primera instancia, o mixtos según el caso, sin fiscal adscrito y con un Equipo Técnico que debe dar servicio a multitud de partidos judiciales.

La reivindicación que desde hace años es mantenido por múltiples profesionales, y que constituye el fin de la Plataforma Familia y Derecho, ha tenido también eco en el seno del Consejo General del Poder judicial, en el informe emitido relativo al Anteproyecto de Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa del Servicio Público de Justicia, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para la implantación de los Tribunales de Instancia y las Oficinas de Justicia en los Municipios.

Este Anteproyecto destaca en su Exposición de Motivos el hecho de que la sociedad del siglo XXI debe afrontar el reto de la modernización o actualización de la planta judicial y el “importante incremento de la litigiosidad”.

Reconoce que la planta judicial decimonónica está provocando una serie de disfunciones en el ámbito de la Administración de Justicia, entre las que se encuentra la falta de especialización de los juzgados, que es una cualidad que aporta valor a una organización eficiente, junto a la homogeneidad y la capacidad organizativa, que exige, en consecuencia, la especialización de Jueces y Magistrados.

DEMANDA DE LOS OPERADORES JURÍDICOS RESPECTO DE LA NECESIDAD DE CONTAR CON AUTÉNTICOS ÓRGANOS JUDICIALES ESPECIALIZADOS EN DERECHO DE FAMILIA

El Consejo “elogia la novedad que supone la creación de secciones de familia dentro de os tribunales de instancia como órganos especializados de la Jurisdicción Civil.

El Anteproyecto da así respuesta a una demanda de los operadores jurídicos respecto de la necesidad de contar con auténticos órganos judiciales especializados en Derecho de Familia.

MANDATO CONTENIDO EN LA DISPOSICIÓN FINAL 20ª DE LA LEY ORGÁNICA 8/2021, DE 4 DE JUNIO, DE PROTECCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA Y A LA ADOLESCENCIA FRENTE A LA VIOLENCIA

La creación de estas Secciones cumple, además, una de las obligaciones derivadas de lo dispuesto en la Disposición Final 20 de la LO 8/2021 de protección integral de la infancia y la adolescencia, aprobada el pasado 4 de junio: disponer las modificaciones necesarias en la LOPJ para garantizar la especialización dentro del Orden Jurisdiccional Civil en Infancia, Familia y Capacidad.

Dicha DF, que confiriere al Gobierno el plazo de un año a contar desde la entrada en vigor de la ley para remitir a las Cortes Generales la anterior propuesta de modificación, establece también que deberá modificarse el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, y la composición y funcionamiento de los Equipos Técnicos que presten asistencia especializada a los órganos judiciales especializados en infancia y adolescencia, y la forma de acceso a los mismos de acuerdo con los criterios de especialización y formación recogidos en esta ley.

FORMACION DE JUECES Y MAGISTRADOS QUE HAN DE SERVIR EN LAS NUEVAS SECCIONES DE FAMILIA. CREACIÓN DE LA ESPECIALIZACIÓN DE INFANCIA, FAMILIA Y CAPACIDAD

El dictamen también advierte de que sigue pendiente de desarrollo la segunda de las obligaciones derivadas de dicha norma: la creación de la especialidad en Infancia, Familia y Capacidad en la Carrera Judicial, lo que incidirá tanto en la formación de los Jueces y Magistrados que sirvan en las nuevas secciones de Familia como en la promoción profesional y en la provisión de los destinos en los órganos especializados.

BUENAS NOTICIAS

No podemos menos que congratularnos de esta propuesta, que debe ser llevada a sus últimas consecuencias. La especialización orgánica y funcional en materia de Infancia, Familia y Capacidad es una necesidad social.

La trascendencia e importancia de estas tres importantes materias es tal que incluso las Secciones 12 y 18 de la Audiencia Provincial de Barcelona –con una larga trayectoria de especialización en Familia- han acordado “subespecializar” estas materias, distribuyendo su conocimiento entre los magistrados de ambas secciones, conscientes como son de su trascendencia y complejidad, a fin de conocer al detalle las especificidades inherentes a cada una de estas materias.

Las expuestas son buenas noticias, que acreditan el avance de la reivindicación sostenida por la Plataforma Familia y Derecho, así como por todos los restantes operadores jurídicas, que claman por alcanzar dentro del mandado del año conferido por la LO 8/2021 es imprescindible especialización orgánica y funcional de todos los operadores jurídicos.

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