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Cartas desde Londres: La revolución digital en marcha de los procesos civiles en Inglaterra y Gales

Cartas desde Londres: La revolución digital en marcha de los procesos civiles en Inglaterra y Gales
Los jueces de trinchera (“district judges” y “circuit judges”) equivalentes a las primeras instancias en España ya han resuelto el 80 % de los procesos civiles y mercantiles mediante vistas celebradas por sistemas de videoconferencia.
30/11/2021 06:48
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Actualizado: 29/11/2021 20:19
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A pesar del Brexit, el Covid-19, y quién sabe qué otra plaga bíblica a la vuelta de la esquina, el Reino Unido vuelve a la normalidad, poniendo la vista en el futuro y en la reactivación de su economía.

Esto pasa también pasa en el plano de su derecho procesal, dónde la experiencia pandémica en los tribunales de su Graciosa Majestad está sirviendo para acometer importantes cambios en una de las principales jurisdicciones del Mundo.

Para ello, el recocido pragmatismo del país también se traduce en aprovechar las herramientas que nos ofrece la tecnología para diseñar el nuevo sistema procesal civil que viene.

En este sentido, Sir Geoffrey Vos, el “Master of the Rolls” y Presidente de la División Civil del Tribunal de Apelación de Inglaterra y Gales, en sus funciones de Jefe de la Justicia Civil, presentó recientemente el proyecto para la digitalización de los procesos en Inglaterra y Gales.

Prepárense porque los cambios son de órdago para un sistema basado en la tradición, las formas y en las costumbres de sus tribunales.

UN NUEVO SISTEMA DE LA JUSTICIA CIVIL INGLESA “ONLINE”

En primer lugar, este ambicioso plan judicial pasa por la creación de un gran portal web de clasificación o triaje para todas las demandas civiles, lo que convertiría a esta jurisdicción en la primera gran economía en hacer la transición total a la resolución de conflictos en línea.

Es decir, déjense de pelucas y togas: la gran mayoría de casos no se resolverán físicamente en los tribunales, como ya se ha producido durante la pandemia, sino a través de procesos “online” prediseñados según el tipo de reclamación a interponer.

De hecho, según señaló Sir Vos, los jueces de trinchera (“district judges” y “circuit judges”) equivalentes a las primeras instancias en España ya han resuelto el 80 % de los procesos civiles y mercantiles mediante vistas celebradas por sistemas de videoconferencia.

Así, solamente se han celebrado físicamente ante los jueces ingleses aquellas vistas de más de dos horas de duración, donde la complejidad del asunto así lo ha requerido.

Esto revierte en los consiguientes ahorros en materia de costes, gastos y tiempo, tanto para los abogados (“barristers” y “solicitors”), como para las partes implicadas y los demás intervinientes como testigos y peritos que tienen que intervenir en estos procesos.

Y es que, tal como advierte el “Master of the Rolls”, más de la mitad de las demandas de menor cuantía que se tramitan en los tribunales tienen un valor inferior a 500 libras esterlinas, lo que evidencia la necesidad de que la justicia civil sea aún más ágil y racionalizada.

De ahí que tengamos en breve un nuevo sistema procesal civil totalmente “online” para la gran mayoría de los casos que se tramiten ante los tribunales de Inglaterra y Gales, todo ello en una estructura de tres niveles.

Los tribunales de justicia ingleses y galeses, según explica Josep Gálvez, están transformando sus operativas para adaptarlas a la tecnología. El objetivo es la «justicia online».

LOS TRES NIVELES EN EL NUEVO SISTEMA PROCESAL CIVIL “ONLINE”

Para afrontar este cambio, el “Civil Justice Council”, esto es, un órgano asesor del Lord Canciller, del Poder Judicial inglés y al Comité de Reglas del Procedimiento civil, está llevando a cabo un importante estudio sobre el sistema de “justicia online” que se está implantando ya en la jurisdicción de Inglaterra y Gales.

Este sistema se establece sobre tres pilares o niveles, según la etapa procesal.

En el primer nivel se encontraría una página web de clasificación, regulada por un grupo específico de normas procesales civiles adaptadas para el proceso en línea, y al que podría acudir cualquier demandante, ya sea un particular, un consumidor, un empleado, un cónyuge, una PYME o una gran empresa.

Esta primera etapa tendría la función de seleccionar y dirigir a cualquier demandante al lugar adecuado para resolver su litigio “online”, ya sea a un tribunal o a un portal de actuaciones previas al proceso civil propiamente dicho (los “pre-action protocols”).

Precisamente, el segundo nivel comprendería esta serie de procedimientos en línea destinados a resolver conflictos sin acudir aún a los tribunales, como son los llamados “pre-action protocols”, de los que ya hemos hablado con anterioridad en nuestras cartas.

En definitiva, procesos de mediación o conciliación que eviten acabar ante un proceso judicial propiamente dicho.

Como señaló el “Master of the Rolls” y veremos más abajo, muchos de estos “protocolos” ya funcionan “online” desde el pasado mes de mayo, aunque los resultados son aún muy prematuros como para poder augurar un éxito.

Por último, el Servicio de Juzgados y Tribunales de Su Majestad está ya poniendo en marcha el tercer nivel, donde se encuentran varios procesos judiciales en línea, como el de reclamaciones dinerarias, el “Online Civil Money Claims”, una especie de proceso verbal en línea, con más de 200.000 reclamaciones ya resueltas sin necesidad de pisar un juzgado.

Igualmente, están implementándose los procesos “online” en materia de desahucio con recuperación de la posesión de la vivienda, tanto para arrendamientos como por impago de préstamos con garantía hipotecaria, siempre que el deudor no se encuentre en un proceso “de respiro” frente a los acreedores, del que ya hablaremos otro día.

Y esto no se acaba aquí porque también se están iniciando los sistemas “online” para reclamaciones por daños derivados de accidente de circulación, en materia de familia, empleo o inmigración.

ALGUNOS “FALLOS” DETECTADOS EN LOS PROCESOS PREVIOS A LA LITIGACIÓN

La implementación del programa «online» no ha traído únicamente grandes alabanzas sino también algunas críticas desde diferentes sectores.

Por ejemplo, el nuevo portal de reclamaciones por accidente de circulación, sobre todo por el llamado “latigazo cervical”, ya ha tramitado cerca de 60.000 casos desde su puesta en marcha el pasado mes de mayo de 2021.

Pues sí, el servicio de “Reclamación Oficial de Daños” (“Oficial Injury Claim” o “OIC”) va dirigido a reclamaciones por accidente de tráfico de hasta 5.000 libras, especialmente diseñado para demandantes sin tener que contratar a abogados.

A pesar de ello, las cifras oficiales correspondientes al periodo comprendido entre el 31 de mayo y el 31 de agosto de 2021, muestra que la gran mayoría de los casos gestionados por el OIC seguían siendo defendidos por abogados contratados por los demandantes.

Según señala el director ejecutivo de la Asociación de Organizaciones de Apoyo al Consumidor (“ACSO”), Matthew Maxwell Scott, el proceso del portal resulta aún demasiado complicado para que la mayoría del público lo sepa utilizar sin arriesgarse a equivocarse.

Por otro lado, la exigencia de procesos de mediación o conciliación previos también han llevado a resultados no esperados.

Y es que, tal como sucedió en España con los bancos y las reclamaciones previas en las “cláusulas suelo”, las aseguradoras inglesas están denegando el pago de indemnizaciones a los demandantes por daños de circulación porque al hacerlo, el caso sale del portal y los lesionados no tienen otro remedio que acudir entonces sí a los tribunales civiles, habiendo perdido todo un año hasta volver a iniciar el proceso civil.

Es decir, las aseguradoras juegan a aquello de que “hasta que el juez no me obligue, no pago una libra”, aunque sea con costas procesales.

Una perspectiva algo cortoplacista si se quiere, pero de momento es el resultado que se está obteniendo de querer obligar a conciliar o someterse a mediación en asuntos donde, al menos una de las partes, no tiene ningún interés en llegar a un acuerdo.

La cuestión es que los juzgados ingleses ven que, con los “Pre-action protocols”, las demandas se retrasan sensiblemente o incluso el demandante deja de interponer la reclamación por cansancio o hartazgo.

Otras de las críticas vienen precisamente de tratar de resolver asuntos de cierta complejidad técnica como son los daños personales a personas sin formación jurídica ninguna, aunque sea a través de procedimientos “online” aparentemente fáciles de entender.

No obstante, el proyecto de justicia civil “online” está poniendo en marcha en muchos otros sectores, como los “Pre-Action Protocol for Resolution of Package Travel Claims”, esto es, para hacer las reclamaciones en materia de líneas aéreas con cuantía inferior a 25.000 libras esterlinas.

Este también será un buen ejemplo en el que veremos la voluntad de las compañías aéreas en resolver los conflictos extrajudicialmente en este sector tan particular y que, por cierto, tiene a los juzgados mercantiles españoles saturados.

En cualquier caso, ¿serán las barbas del vecino inglés las que nos indican que debemos poner las patrias a remojar?

Hasta la semana que viene.

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