El TC archiva la pieza separada sobre la suspensión de Torra como diputado
inhabilitación y una multa de 30.000 euros impuesta al entonces presidente catalán por otro delito de desobediencia. Foto: EP.

El segundo juicio a Torra por presunta desobediencia se celebrará el 17 de marzo

Torra está acusado de no retirar, en septiembre de 2019, una pancarta en la fachada de la Generalitat que pedía la libertad de los presos del caso procés

30 / 11 / 2021 06:47

El segundo juicio al expresidente de la Generalitat Quim Torra se celebrará el 17 de marzo de 2022 en el juzgado Penal 6 de Barcelona, según una diligencia consultada por Europa Press en la que la juez ha fijado el juicio para las 9.30 horas.

En esta causa, Torra está acusado de no retirar, en septiembre de 2019, una pancarta en la fachada de la Generalitat que pedía la libertad de los presos del caso procés.

La causa parte de una denuncia de Impulso Ciudadano, por la que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ordenó retirar la pancarta de manera cautelar, dio a Torra 48 horas para hacerlo y cuatro días después ordenó a los Mossos d’Esquadra que la quitaran.

Una vez expirado el plazo que había fijado el tribunal, y cuando los mossos ya tenían la orden de retirar la pancarta, dos operarios quitaron del balcón de la Generalitat la pancarta con el lazo amarillo.

Unas horas más tarde, la Generalitat colgó otra pancarta con el texto ‘Libertad de opinión y expresión. Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos’.

En una causa anterior, el TSJC inhabilitó 18 meses a Torra por un delito de desobediencia por no retirar esta misma pancarta de la fachada de la Generalitat en periodo electoral, durante la campaña por las generales de abril de 2019.

En septiembre de 2020, el Tribunal Supremo confirmó, por unanimidad, la condena de un año y seis meses de inhabilitación y una multa de 30.000 euros impuesta al entonces presidente catalán por otro delito de desobediencia, lo que supuso inhabilitarlo para el cargo que ocupaba.

Tras conocerse la fecha de juicio, la oficina de expresidente de Torra ha defendido en un comunicado que los actos políticos del presidente y los miembros del Govern «están protegidos por la inviolabilidad parlamentaria, así como amparados por la libertad de expresión y de representación política».

Su defensa también sostiene que la pancarta era una manifestación del derecho a la libertad de expresión y «quería representar el clamor de miles de ciudadanos en un acto de protección y garantía de los derechos humanos».

Ven en la acusación de una «interpretación jurídica expansiva» del delito de desobediencia y la tachan de ser una extralimitación y arbitraria.

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