La Fiscalía denuncia a la pareja de Ayuso por presunto fraude fiscal de 350.951 euros a través de facturas falsas
La Fiscalía Anticorrupción no ve indicios verosímiles en las tres denuncias interpuestas por los partidos de la oposición de la Asamblea de Madrid contra Isabel Diaz Ayuso.

La Fiscalía Anticorrupción no ve indicios de delito en las 3 denuncias contra Díaz Ayuso pero aún así, investigará

23 / 02 / 2022 17:59

Actualizado el 26 / 02 / 2022 12:05

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En sí misma, la decisión de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada es una contradicción. Porque en su escrito dice con toda claridad que no ve rastro de delito alguno y que, por ello, no puede enviarlo al Tribunal Supremo, para que se ocupe de ello, por ser la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, persona aforada.

Sin embargo, a pesar de no ver nada delictivo en las denuncias que los tres partidos de la oposición en la Asamblea de Madrid (Más Madrid, PSOE y Unidas Podemos) presentaron la pasada semana, la Fiscalía Anticorrupción ha decidido, a pesar de todo, investigarlo.

Según fuentes consultadas por Confilegal, no tiene mucho sentido que la Fiscalía abra una investigación sobre lo que no ve, de entrada, naturaleza delictiva.

«Tendría que archivar sin más. De otra forma, lo que podría estar iniciando es una investigación prospectiva, de las de ‘a ver lo que pesco’, lo que está terminantemente prohibido», explican.

En el escrito en el que la Fiscalía Anticorrupción se decanta por esa salida, dice que en las tres denuncias de los partidos de la oposición «no se terminan de formular imputaciones concretas», aunque expresan claras reservas sobre la legalidad de la adjudicación del papel de Tomás Díaz Ayuso, hermano de la presidenta de la CAM, en la compra de mascarillas en un contrato de 1 de abril de 2020.

Un contrato por el que cobró 55.850 euros más IVA por «las gestiones realizadas para conseguir el material en China y su traslado a Madrid”, según la nota que hizo pública su hermana.

Los tres partidos de la oposición de Madrid, explica la Fiscalía Anticorrupción, «proponen distintas hipótesis sobre su eventual participación en presuntos dleitos de tráfico de influencias, malversación, prevaricación y negociaciones prohibidias a los funcionarios».

UNA SECUENCIA DE HECHOS SIN BASE PARA ENVIARSE AL SUPREMO

«Estas hipótesis se sustentan en una secuencia de hechos que, en estos momentos, no permiten acordar la remisión a la Fiscalía del Tribunal Supremo, pues no constituyen ‘indicios razonablemente verosímiles de la realización del hecho investigado y de su carácter delictivo y de la responsabilidad del mismo de la persona aforada'», añade la Fiscalía Anticorrupción.

Tal como exige la Consulta 1/2005 de la Fiscalía General del Estado, «sobre competencias de las Fiscalías para tramitar Diligencias de Investigación que afecten a personas aforadas».

A pesar de esta claridad de ideas, la Fiscalía Anticorrupción considera necesarias la práctica de algunas diligencias –lo que podría traducirse al lenguaje común como investigación preliminar– que, sin dirigirse contra personas físicas o jurídicas, es decir, contra Isabel Díaz Ayuso, permitan «confirmar o descartar la trascendencia penal de los hechos denunciados».

Para argumentar su decisión, la Fiscalía Anticorrupción apela, por una parte, a la propia Constitución, que, en su artículo 103 recuerda que la Administración Pública sirve a los intereses generales, y que en el 106 establece que los tribunales controlan la legalidad de la actuación administrativa.

Y por otra parte subraya «la indiscutible trascendencia social del contexto en el que tienen los hechos descritos en las denuncias, que se refieren a la, sin duda, necesaria y urgente comrpa de mascarillas en un momento singularmente difícil para la población madrileña».

Para llevar a cabo esta «inicial indagación» tiene que incoar las preceptivas diligencias de investigación penal, imperativas cuando se recibe la «notitia criminis» –una noticia de la comisión de unos hechos de supuesta relevancia penal–, aunque no los delitos no estén «perfilados».

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