Los herederos del sultán de Sulu desisten del arbitraje en España en su causa contra Malasia
El primer ministro de Malasia, Ismail Sabri Yaakob, ha declarado públicamente que no reconoce ni el procedimiento arbitral español ni el francés y que no pagará nada a los herederos demandantes.

Los herederos del sultán de Sulu desisten del arbitraje en España en su causa contra Malasia

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22/4/2022 06:49
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Actualizado: 22/4/2022 12:36
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Los herederos del sultán de Sulu –también conocido como Joló–, de nacionalidad filipina, han desistido de nombrar un nuevo árbitro para resolver la demanda que presentaron contra Malasia, país al que reclaman 28.000 millones de euros en concepto de indemnización al considerar que se incumplió un contrato de arrendamiento de recursos naturales que se firmó en 1878.

La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid ha aceptado en su auto la decisión de los demandantes de desistir del procedimiento judicial, «declarando el archivo» de la causa sin expresa condena en costas.

La resolución ha contado con el voto particular del magistrado Jesús María Santos.

Acuerdo de cesión de derechos soberanos

La disputa se remonta a 1878, cuando el Sultanato formaba parte del Imperio español. Faltaban 20 años para el desastre de 1898 por el que España perdió sus territorios de Cuba, Puerto Rico, Filipinas y este Sultanato, que entonces comprendía territorios de la actual Filipinas y Malasia.

En esa fecha el sultán de Sulu Jamal Al Alam, baron de Overbeck, y Alfred Dent, representando a la British North Borneo Company firmaron un por el que se habrían otorgado los derechos soberanos sobre ciertos territorios de la isla de Borneo e islas adyacentes que hoy forman parte de Malasia.

En ese momento los recursos naturales eran perlas, nidos de pájaro y madera. En la década de los años 80 y 90, del siglo XX, los herederos del sultán trataron de renegociar el contrato después de que se descubrieron nuevos recursos naturales muy valiosos: petróleo y gas.

Los problemas comenzaron en 2013, cuando el Estado de Malasia dejó de pagar a los herederos filipinos de este Sultanato después de que 200 seguidores armados del entonces sultán de Sulu, Jamalul Kiram III –de la tribu Bano-Hashimite, descendientes directos de Mahoma– dirigidos por su hermano menor Agbimuddin Kiram, desembarcaron en la ciudad de Lahad Datu, en Sabah, territorio hoy perteneciente a Malasia, en un acto de reclamación ancestral de ese territorio, rico en petróleo.

Malasia interpretó aquello como una invasión y, en consecuencia, respondió enviando tropas y lanzando ataques aéreos contra los agresores.

El conflicto, que duró más de un mes, se saldó con la muerte de 68 hombres del sultanato de Sulu, nueve miembros de los servicios armados malayos y seis civiles.

Con lo que los herederos comenzaron su periplo legal para reclamar lo que se les adeuda.

El acuerdo que suscribió el sultán de Sulu en 1878 incluía una cláusuala de arbitraje que no identificaba la sede del arbitraje ni la ley que se debía aplicar. Lo que justificó que la causa se presentara contra Malasia ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid amparándose en que el contrato se firmó en suelo español.

Aquel escrito se admitió a trámite y, posteriormente, se acordó el nombramiento del abogado Gonzalo Stampa como árbitro del laudo. Malasia instó a la nulidad de las actuaciones al considerar que no había sido emplazada correctamente por vía diplomática.

Ante esta petición, el órgano judicial acordó la nulidad solicitada y estimó pertinente retrotraer las actuaciones, incluido el nombramiento del árbitro.

Por su parte, 17 de marzo de 2020, el magistrado Datuk Martin Indang, juez del Tribunal Superior de Kota Kinabalu, dictaminó que Malasia era la sede adecuada para resolver las disputas derivadas de la escritura de cesión de 1878 y no los tribunales españoles, que no tienen autoridad ni jurisdicción sobre Malasia.

El Perdana Putra es el edificio de Putrajaya, Malasia, sede del edificio del primer ministro de ese país, que ya ha dicho que no va a pagar.

Entienden que el árbitro está bien nombrado

El pasado febrero, los ocho demandantes solicitaron el desestimiento del procedimiento porque, de acuerdo a las fuentes consultadas, entendían que el árbitro estaba bien nombrado.

Según consta en el auto, aunque Malasia no se ha opuesto a dicho desestimiento sí ha pedido que se condene en costas a los herederos del Sultán de Joló.

En concreto, el país del sudeste asiático ha solicitado al TSJ que condene en costas por la actuación «extemporánea» del árbitro que fue designado.

Sobre este extremo, el tribunal ha recordado que, tras la decisión de retrotraer las actuaciones, en este momento la «única actividad procesal con validez» es la admisión de la demanda, el emplazamiento que se le hizo por vía diplomática y el desestimiento de los demandantes.

Así las cosas, ha desestimado la petición de condenar en costas.

Respecto a la solicitud de desestimiento de los ciudadanos filipinos, los magistrados han subrayado que, en este caso, la cuestión se enmarca en un compromiso arbitral de naturaleza patrimonial en el que no se evidencia que la decisión de los demandantes de desistir infrinja las normas de derecho o perjudique a Malasia. Por ello, les ha tenido por desistidos.

También han llevado el caso a Francia, donde han ganado

Fuentes del procedimiento han informado que los demandantes presentaron el pasado noviembre un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional de España que aún está pendiente de admisión.

En paralelo, llevaron el procedimiento arbitral a Francia, donde se ordenó a Malasia pagar 13.300 millones de euros.

El gobierno del país del sudeste asiático, por su parte, ha asegurado en un comunicado que mantiene su postura de no reconocer ninguna de las actuaciones realizadas por Stampa y ha avisado que seguirá tomando «todas las medidas necesarias, incluidos todos los procedimientos legales pertinentes para garantizar los intereses» del país.

Tampoco reconoce el procedimiento arbitral francés.

Al margen de este procedimiento, la Fiscalía Provincial de Madrid presentó una denuncia contra Stampa en la que le atribuye presuntos delitos de desobediencia grave e intrusismo a raíz del arbitraje que siguió pese a haber sido cesado por el TSJ de Madrid de su función de árbitro.

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