De la refinanciación al concurso de acreedores, los clubes de fútbol buscan fórmulas para sobrevivir al Covid-19
Confirma el fallo del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Vigo, que estimó parcialmente el recurso interpuesto por la fundación contra la resolución del Consistorio por la que rechazó la solicitud de abono de la subvención.  Foto: EP

El TSXG confirma que el Ayuntamiento de Vigo debe tramitar una subvención de 295.000 euros a la Fundación Celta para el fútbol base

Señala que el recurso presentado por el Ayuntamiento “adolece de una absoluta falta de crítica de la sentencia apelada”

4 / 05 / 2022 12:53

Actualizado el 04 / 05 / 2022 13:08

El ‘Tribunal Superior de Xustiza de Galicia’ (TSXG) ha desestimado el recurso del Ayuntamiento de Vigo contra la sentencia que le ordenó continuar con el procedimiento de concesión directa de una subvención de 295.000 euros, comprometida en los presupuestos de la Administración municipal para el ejercicio 2019, a la Fundación Real Club Celta de Vigo para dinamizar el fútbol base.

De esta forma, el tribunal de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha confirmado el fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Vigo, que estimó parcialmente el recurso interpuesto por la fundación frente a la resolución de 23 de julio de 2020 del Consistorio en la que rechazó la solicitud de abono de la subvención.  

La sentencia es la número 167/2022, de 29 de abril.

El tribunal, integrado por los magistrados Francisco Javier Cambón García, como presidente y ponente, Cristina María Paz Eiroa, y Luis Villars Naveira, explica en su sentencia que el recurso presentado por el Ayuntamiento “adolece de una absoluta falta de crítica de la sentencia apelada”, y se trata “de una mera reiteración de los argumentos de instancia, disfrazados o reformulados”.

Por ello, los magistrados recuerdan que el recurso “no constituye una segunda instancia para repetir los mismos argumentos que ya se resolvieron”, pues “solamente deben considerarse las alegaciones que se dirijan a acreditar el error en que se ha podido incurrir en la sentencia que se impugna, la falta de valoración debida de la prueba practicada o defecto en la aplicación de la norma jurídica que resulte aplicable”.  

El tribunal indica que es “evidente” que el Ayuntamiento no está conforme con el fallo, a través del recurso de apelación “evita que adquiera firmeza, dilatando su cumplimiento”, y se alza así “contra una sentencia que precisamente ordena que cumpla las obligaciones de tramitación omitidas”.  

En la resolución de primera instancia, la juez sustituta María Luisa Maquieira Prieto entendió que la Administración local no había seguido el trámite establecido para la concesión de las subvenciones directas prevista nominativamente en los presupuestos para 2019 a favor de la Fundación Celta de Vigo. Además, subrayó que se trata de un “procedimiento simple”, pues en la subvención incluida en las cuentas ya está determinado “tanto el beneficiario como el límite de la dotación presupuestaria”.  

La Fundación Real Club Celta de Vigo ha estado asistida en el caso por el letrado Ignacio Sanz Jusgado.

La sentencia del TSJ no es firme. Contra la misma cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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