ANIHPL denuncia que las administraciones locales continúan externalizando fraudulentamente la inspección tributaria por falta de medios

ANIHPL denuncia que las administraciones locales continúan externalizando fraudulentamente la inspección tributaria por falta de medios

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06/5/2022 06:30
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Actualizado: 14/3/2023 11:24
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La Asociación Nacional de Inspectores de Hacienda Pública Local (ANIHPL) denuncia la situación de abandono que sufre la inspección tributaria local, y aseguran que se continúan externalizando a entidades privadas los servicios de inspección de los tributos locales ante la falta de medios del personal funcionario.

Esta práctica de muchas administraciones locales, advierten, constituye «una práctica fraudulenta que acumula sentencias en contra desde hace años».

ANIHPL ha formulado esta denuncia durante la jornada ‘Una visión de la reforma fiscal desde la óptica de la Hacienda Local’, organizada conjuntamente con la Asociación de Periodistas de Información Económica, APIE.

Según la Asociación, existen entidades locales que traspasan líneas rojas al suscribir contratos no muy distintos (cuando no iguales) a los que previamente han sido ya anulados por resolución judicial.

Un fraude que acumula sentencias condenatorias desde hace años

Desde ANIHPL se observa que, amparándose en términos como “apoyo”, “asistencia”, “colaboración” o “soporte” a la inspección local, las entidades privadas desarrollan potestades públicas de inspección legalmente vedadas a empresas.

Así, las tareas de los adjudicatarios no se limitan a asistir a los funcionarios, sino que los trabajadores de estas compañías llegan incluso a conocer los planes reservados de la Inspección.

Van más allá, dicen desde la organización «incluso los elaboran, seleccionando de paso a los contribuyentes que pueden ser objeto de una inspección». Son prácticas ya juzgadas como fraudulentas por distintos tribunales.

La razón de esta externalización masiva se debe a la carencia de medios de los entes locales para obtener los ingresos que les corresponden de acuerdo con el ordenamiento jurídico tributario.

Sin embargo, en opinión de ANIHPL, esa carencia no puede contemplar que las entidades locales se vean desprovistas de una capacidad mínima inspectora. Una incapacidad que deriva muchas veces en prácticas fraudulentas.

De ahí que la Asociación reclame que se dote a todas las administraciones de los instrumentos jurídicos y medios necesarios.

En este sentido, el Tribunal Constitucional ha resuelto en conocidas sentencias que la actividad inspectora eficaz y vigilante no solo no es una opción sino “una exigencia inherente a un sistema tributario justo”, convirtiéndose la lucha contra el fraude fiscal en “un fin y un mandato que la Constitución impone a todos los poderes públicos, singularmente al legislador y a los órganos de la Administración tributaria” (STC 110/84, de 26 de noviembre y 76/90, de 26 de abril).

Inseguridad jurídica

A lo largo de esta Jornada, celebrada en la Asociación de la Prensa de Madrid, los Inspectores de la Hacienda Local también lamentaron que la propuesta de reforma fiscal que recoge el Libro Blanco elaborado por el comité de expertos incurra en el error de pretender analizar la tributación en conjunto sin una de sus partes, la local, lo que no constituye ninguna sorpresa, pues el Gobierno advirtió desde un principio que no se iba a incluir la financiación local en el análisis para la reforma.

En cualquier caso, ANIHPL denuncia que si las haciendas públicas locales no se incluyen en el análisis integral del sistema tributario español, los ayuntamientos y diputaciones siempre van a quedar a los pies de los caballos.

Más allá de criticar que las haciendas locales sean las “grandes olvidadas”, ANIHPL destaca que continuamos con esquemas tributarios de mediados del siglo XIX y que en ciertos tributos contamos con una “tutela” estatal que, en muchas ocasiones, condiciona el buen funcionamiento de la gestión e inspección de los mismos.

De hecho, admite que los tributos locales se mueven en una inseguridad jurídica permanente, poniendo como ejemplos los casos de la Plusvalía, el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) o el Actividades Económicas (IAE).

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