Asufin reclama que la autoridad de defensa del cliente financiero pueda exigir de oficio la reparación por abusos bancarios
Destaca que debe reforzarse el régimen sancionador "para que cumpla el deseado efecto disuasorio que se busca y con el que realmente conseguiremos descongestionar nuestros tribunales".

Asufin reclama que la autoridad de defensa del cliente financiero pueda exigir de oficio la reparación por abusos bancarios

Considera "insuficiente" el régimen sancionador porque no contempla la obligación de reparar económicamente a todos los afectados por un abuso bancario, hayan o no reclamado, como sí ocurre en otros países
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27/5/2022 06:49
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Actualizado: 27/5/2022 04:11
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La Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) ha pedido que la nueva autoridad de defensa del cliente financiero pueda exigir de oficio la reparación por abusos bancarios.

En el marco de la consulta pública previa al Anteproyecto de Ley de creación de la Autoridad de Defensa del cliente financiero, esta asociación presidida por Patricia Suárez ha enviado sus aportaciones al Ministerio de Asuntos Económicos, que dirige Nadia Calviño, y en el informe destaca que considera «insuficiente» el régimen sancionador, ya que no se impone la obligación de reparar a todos los afectados de oficio, hayan reclamado o no, extrajudicial o judicialmente, «tal y como ocurre en otros países de nuestro entorno».

No obstante, hace una valoración positiva del borrador y por el hecho de “haber dado el paso, tras varios años de paralización del proyecto”, y confía en que la tramitación del proyecto mejore el régimen sancionador, con el objetivo último de que las actuaciones del organismo «sirvan realmente de efecto disuasorio en la mala praxis, que obliga al consumidor a ir a tribunales, con el coste que ello acarrea para familias y arcas públicas».

COMPOSICIÓN DIVERSA Y NO POR ‘DEDAZO’

Otra apreciación importante que hace es la relativa a la composición del comité consultivo del organismo. Asufin no está de acuerdo con su composición ni con el procedimiento para nombrar a los miembros. «Debe ser diverso y sus miembros, elegidos por competencias demostradas y trayectoria sólida y reconocida, como sucede en órganos europeos», subraya.

Esta asociación considera imprescindible que se busquen perfiles cualificados, que el proceso de selección no sea por designación directa del Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU) y las patronales bancarias, sino abierto a distintos ámbitos de la industria, consumidores y académicos, y que se añadan criterios de diversidad de género.

Además, aprecia «una carencia de criterios de género en la composición del Comité, contraviniendo las políticas de igualdad que deben presidir este tipo de órganos». «No sorprende, por ello, que el comité de la CNMV cuente con 20 miembros titulares de los que 15 son hombres y apenas 5 son mujeres (75% vs 25%)», apunta.

FALTA DE INDEPENDENCIA

A Asufin también le «preocupa» la «falta de independencia del organismo, en la medida en que estará adscrito al Ministerio de Asuntos Económicos, frente a otros modelos que demuestran que hay alternativas más eficaces». En este sentido, señala que el Consumer Financial Protection Bureau (CFPB), creado en 2011 en Estados Unidos tras la crisis financiera, es una autoridad independiente del resto de supervisores que no depende de la Reserva Federal, «y al contrario que la actual propuesta del Gobierno, no se limita a ofrecer vías de resolución alternativa de conflictos, sino que tiene facultad reguladora para desarrollar normas y puede declarar ilegales las prácticas desleales, engañosas o abusivas detectadas». 

Además, explica que en Reino Unido, la Autoridad de Conducta Financiera (Financial Conduct Authority – FCA) tiene competencias distintas y separadas de la Autoridad de Regulación Prudencial (Prudential Regulation Authority – PRA), lo que le da «una autonomía suficiente para garantizar un nivel adecuado de protección a los consumidores y los mercados financieros». «No solo tiene potestad para imponer multas, sino que puede obligar a la entidad a que contacte con sus clientes y proceda a la devolución del dinero sin necesidad de acudir a tribunales e, incluso, sin necesidad de que el cliente tenga que presentar reclamación», recuerda.

Asufin también pone de manifiesto que la efectividad de esta Autoridad Independiente dependerá, en buena parte, de las medidas que incentiven a las entidades financieras a resolver sus reclamaciones en sus respectivos servicios de atención al cliente. Así, esta asociación explica que valoraría muy favorablemente una medida similar a la recogida en el artículo 20 Ley del Contrato del Seguro (LCS) que obliga a pagar un 20% de intereses cuando la aseguradora ha sido condenada. Una disposición que algunos magistrados del Consejo General del Poder Judicial han llegado a proponer para descargar los juzgados especializados, recuerda.

SANCIÓN EJEMPLAR

La Asociación de Usuarios Financieros también incide en la necesidad de «sancionar de manera ejemplar a las entidades con una mala praxis reiterada, máxime si tenemos en cuenta que el proyecto sí prevé una multa por mala fe al consumidor». Además, considera que se debería valorar la posibilidad de que se destinen total o parcialmente las multas para financiar proyectos de educación financiera en colaboración con organizaciones sin ánimo de lucro.

En cambio, ve un acierto que las resoluciones sean vinculantes, así como que las entidades bancarias tengan que pagar una tasa por cada reclamación. Asufin destaca en que «las entidades financieras han demostrado en la última década que prefieren judicializar los conflictos, a pesar del desgaste que supone para sus clientes y el coste que tiene para los contribuyentes», y que los denominados juzgados especializados resuelven a favor del consumidor el 97% de los procedimientos, «lo que no obsta para que la mayoría de las entidades recurran a la Audiencia Provincial en un afán de retrasar el resarcimiento a su cliente además de disuadirle de reclamar». 

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