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Hoy como en el siglo XIX: una antigua estampa de la Justicia

Hoy como en el siglo XIX: una antigua estampa de la Justicia
El autor de esta columna es socio director de Luis Romero Abogados y doctor en Derecho Penal. Relata algo que parece ser común y no debería serlo.
24/10/2022 06:48
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Actualizado: 24/10/2022 08:16
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Cualquiera que pueda leer esta historia creerá quizás que me refiero a escenas acontecidas en el siglo XIX en nuestra administración de justicia, algunas de ellas muy propicias para que las hubiera relatado Mariano José de Larra.

Sin embargo, lo que voy a contar ha ocurrido hace unos días en unos juzgados de una ciudad andaluza.

Había quedado para tomar café con mis dos clientes en una cafetería próxima al edificio de los juzgados para charlar un poco sobre el acto procesal que tendría lugar poco después.

Uno de ellos me preguntó, observado atentamente por una de las estudiantes en prácticas que me acompañaban, si su declaración se celebraría en la sala de vistas o en el despacho del juez.

Yo le dije que lo lógico sería lo primero pues esa ubicación facilitaría la grabación de la imagen y el sonido además de ayudarnos a realizar nuestro trabajo a los tres abogados que compareceríamos en esas diligencias de prueba ante el juez instructor.

¿UNOS MÁS «IGUALES» QUE OTROS?

No debería restarse importancia a las circunstancias en las que trabaja un abogado en un juicio o en una declaración, pues no puede ser que el juez y el funcionario estén cómodamente sentados tras sus mesas junto a su ordenador y, por el contrario, aunque pueda extrañar, los que ejercemos el derecho de defensa, carezcamos de las mínimas condiciones para realizar nuestra noble labor.

Pues he aquí, que el abogado de la acusación y los dos abogados de la defensa oímos atónitos cómo el funcionario encargado de esas actuaciones me confirmaba lo que yo me temía: las declaraciones de los tres investigados así como las de los testigos y la del perito fijadas para el día siguiente, se llevarían a cabo en el despacho de Su Señoría.

Es decir, tendríamos como única superficie de apoyo nuestras piernas, que para escribir no es el mejor lugar, a no ser que tuviéramos como apoyo un portafolios o una carpeta consistente; eso sí, prescindiendo del ordenador.

Debería haberlo imaginado pero como ya llevo más de treinta años ejerciendo, cada vez que visito nuestros juzgados de instrucción pienso en que quizás las cosas habrán cambiado. Pero no, algunas veces incluso han empeorado.

Y lo digo por lo siguiente:

– ¿Van a declarar sus clientes o no? –Me preguntó directamente el oficial.

– Voy a solicitar la suspensión de las declaraciones para adherirme a lo solicitado por mi compañera de la defensa – Le respondí

– ¡Las declaraciones no se van a suspender! ¡Desde junio que se señalaron han tenido ustedes tiempo para pedir la suspensión! – Aseguró enérgicamente el servidor público.

– Mi compañera se ha personado la semana pasada y con mucha lógica ha pedido que no tengan lugar esas diligencias pues la causa tiene ya más de siete mil folios.

– Preguntaré al juez- ¿Entonces usted pide hacer constar que sus clientes se acogen a su derecho a no declarar?

– Si no se suspende su declaración, sí, pero haciendo constar el motivo.

– ¿El motivo?

– Claro, quiero hacer constar que por consejo de su abogado no declaran debido a que la abogada de una de las defensas acaba de personarse y no tiene debidamente preparada su intervención. Por ello, yo me solidarizo para que no se perjudique el derecho de defensa de su cliente.

– ¡Pues eso por escrito!

– Para eso están las comparecencias.

– ¡Bueno! ¡Voy a hablar con el juez!

EL FUNCIONARIO DECIDE SI SE GRABAN O NO LAS DECLARACIONES

Tras la larga espera y mirándonos a las caras los abogados y las estudiantes del master de acceso en prácticas, a la vez que comentando las iniciativas procesales del servidor público, volvió éste con el “último parte” informándonos:

– Se van a suspender las declaraciones de hoy y mañana y se fijan para los días… Yo creo que lo mejor es que se graben las declaraciones la próxima vez (sic)

Cuando oí esas palabras, recordé mi reciente juicio con jurado que no se había grabado con la paradoja de que sí se había recogido la imagen y el sonido de las declaraciones practicadas en la fase de instrucción y en la comparecencia del jurado.

Dicho de otra forma, si se hubieran celebrado las declaraciones de mis dos defendidos y la del otro investigado ese día, el juez y el oficial no tenían preparado el sistema de grabación.

Pensaban recoger en acta las deposiciones (entiéndase en su adecuada acepción) de los imputados y como bien se sabe, ese es un sistema imperfecto, pues rara vez podrán tomarse por el funcionario –normalmente, con la ausencia del letrado de la Administración de Justicia– literalmente todas las respuestas de los deponentes además de las preguntas y todos los incidentes procesales, intervenciones de las partes, etc.

¿Y por qué el próximo día sí?

¿Nos han visto a los abogados muy exigentes?

¿Han observado que incluso el abogado de la acusación particular ha apoyado a las defensas?

¿Han concluido que nos tomamos en serio nuestro trabajo?

¿Temen que podamos solicitar alguna nulidad?

¿No desean incurrir en defectos de forma?

Salimos de allí comentando la situación de los juzgados hoy en día a la vez que dejábamos a nuestros lados y mientras atravesábamos los pasillos, unos armarios metálicos que custodiaban expedientes judiciales a falta de otras dependencias donde colocarlos.

¿Es éste el “papel cero”? ¿Es ésta la Justicia 5.0 o la 6.0? ¿Es la digitalización de la justicia?

Y uno de mis defendidos me decía sorprendido aún:

– Don Luis ¿Qué le parece la actitud del funcionario diciéndole a usted que sí se iban a celebrar las declaraciones? ¿Pero quién decide? ¿Él o el juez?

Esta vez, Su Señoría estimó nuestras peticiones ¡Y menos mal! Pues tenían la intención de vulnerar más de una garantía procesal y más de un derecho fundamental.

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