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Opinión | El abogado y los medios de comunicación: A propósito del caso Cerro Muriano

Opinión | El abogado y los medios de comunicación: A propósito del caso Cerro Muriano
Luis Romero es socio director de la firma Luis Romero Abogados y doctor en derecho penal. Romero reflexiona sobre las dimensiones informativas del caso Cerro Muriano, en el que representa a los padres del soldado fallecido, como acusación particular. Foto: Luis Romero.
23/1/2024 06:33
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Actualizado: 23/1/2024 10:21
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Recuerdo que, cuando ejercía como abogado de la acusación en el caso Ortega Cano, me saludaban compañeros en la calle y me decían que me habían visto en la televisión todos los días de la semana preguntándome a continuación cómo podía alternarlo con mi trabajo.

Quizás esa semana no había concedido ninguna entrevista y había aparecido en las pantallas porque los medios habían reproducido imágenes grabadas anteriormente, dando la sensación de que yo poseía el don de la ubicuidad.

Este verano suspendí mi viaje a Londres unas horas antes de despegar el avión pues concluí que mi semana en la capital del Támesis iba a pasarla en el hotel concediendo entrevistas por Skype a los distintos programas de TV ejerciendo como portavoz del bufete colombiano encargado en un primer momento de la acusación por el asesinato del Dr. Edwin Arrieta.

Decidí tomar el Ave a Madrid desde la Costa del Sol y comparecer personalmente en los platós dado el interés de los medios por entrevistarme.

A causa de la muerte del soldado sevillano en la base militar de Cerro Muriano el pasado 21 de diciembre cuando participaba en unas maniobras sumergido en aguas gélidas portando unos 20 kilos y una mochila a modo de flotador que se hundía junto a él sin ningún lugar donde asirse ni nadie que le socorriese, junto a unos compañeros con sus cuerpos entumecidos, calambres y escalofríos, hube de viajar al día siguiente a Córdoba ante la llamada de sus padres para representarlos en este fatídico caso.

Tras leer las primeras noticias en los medios y conocer los primeros datos de lo que realmente había ocurrido en el lago artificial, pensé que quizás en este proceso podría ocurrir al principio como en el accidente donde falleció Carlos Parra en el que los primeros días la otra parte quería culpar al fallecido de la colisión mortal. Hasta recibí una denuncia en mi colegio por haber afirmado ante los medios que la culpa del accidente era del torero por conducir doblando el nivel máximo de alcohol permitido, transitar temerariamente y superar ampliamente la velocidad señalada.

He impartido conferencias, he participado en debates y he escrito artículos sobre el papel de los abogados ante los medios de comunicación en los casos mediáticos; y le dedico varios capítulos en mi libro “50 consejos para abogados altamente efectivos. Algunas vivencias y reflexiones sobre la Justicia”, Editorial La Ley.

DOS REQUISITOS

Y siempre he afirmado que para hablar con los periodistas sobre un caso en el que intervengo deben darse dos requisitos: en primer lugar, que sea conveniente para el procedimiento y no perjudique a mis clientes; en segundo lugar, que mis clientes estén de acuerdo.

En el presente caso, es favorable para el esclarecimiento de los hechos que los abogados personados atendamos a los medios dado el hermetismo del Ministerio de Defensa y más aún de los jefes militares de la Base de Cerro Muriano, Córdoba, sobre los hechos realmente acontecidos a primera hora del día 21 de diciembre en las heladas aguas de esa laguna mortal. Desde algunas asociaciones de militares se denuncia esa opacidad e incluso las presiones a los testigos.

También desde fuentes anónimas presuntamente cercanas a los responsables de la tragedia se ha dado una versión opuesta a lo que hemos denunciado las acusaciones particulares

Si a ello añadimos la petición de la Guardia Civil como policía judicial al juzgado togado militar para que declare el secreto de las actuaciones de modo que solo el juez, el fiscal y los investigadores conocerían las diligencias practicadas, además de estar investigando simultáneamente los tribunales de la jurisdicción ordinaria y la militar, cuando de acuerdo con las normas procesales es competente el juzgado de instrucción cordobés mientras no sea firme el auto de inhibición por él dictado; es muy conveniente que los abogados de la acusación particular informemos a los medios, eso sí de forma moderada y de acuerdo con nuestro código deontológico.

Aunque no hay que dar mayor importancia a algunos comentarios irrespetuosos que aparecen al final de algunas noticias en los diarios digitales, leí en una reseña que yo había convocado una rueda de prensa el pasado martes en Sevilla para «darme fama».

El interés de los medios quedó demostrado al acudir alrededor de sesenta profesionales a ese llamamiento y transmitir en directo y en diferido una de las primeras noticias nacionales estos días.

Precisamente por esa moderación referida, no accedí a intervenir en más de cincuenta programas de TV y radio en los que he sido invitado además de en los principales medios escritos, algunos internacionales.

NADIE SE PERCATÓ DE QUE UN SOLDADO SE HABÍA AHOGADO

A cambio, decidí responder a todos los medios de una sola vez ofreciéndoles una información que a la misma vez demandada por sus lectores, radioyentes y televidentes. Al igual, que ante el surgimiento de nuevas noticias y datos sobre los hechos y el proceso, también he debido enviar a los periodistas comunicados de prensa.

La opinión pública desea conocer qué ha ocurrido para que un soldado de 24 años con siete meses de formación pereciese ahogado en un pantano cenagoso a grados bajo cero, con el agua turbia y no se percatasen sus compañeros y mandos de su desaparición hasta bastante más tarde.

Igualmente, debe conocerse cómo se permitió adentrarse en esa charca artificial a un cabo que no sabía nadar, que llevaba diez años en el ejército participando en misiones internacionales y que había advertido el día antes y el mismo día a sus jefes que no sabía nadar; todo se confió a una mochila y a una cuerda guía que no era “de vida”. No había socorristas, salvavidas, lanchas, médicos, enfermeros, ambulancias, etc; en definitiva, ningún plan de salvamento.

¿Qué tiene que decir el Ministerio de Defensa sobre la no exigencia de saber nadar a nuestros militares y que no se les reclame ese requisito en este tipo de maniobras?

¿Pueden participar los militares que no saben nadar en misiones de guerra?

¿No deberían cruzar en algún momento un cauce de agua?

¿Y si resbalan y caen al agua?

¿Y si un vehículo militar se precipita al agua?

¿Y qué ha de decir el Ministerio de Trabajo ante la falta de medidas de seguridad e higiene y la ausencia de un plan de riesgo eficaz en esta importante base militar?

¿Al tratarse de un accidente laboral es este caso extensible a todo el ejército español?

¿Se toman las correspondientes medidas en las maniobras militares?

¿Ha comprobado ya “in situ” esas medidas de seguridad la inspección de trabajo?

Aún conociendo que el capitán fue apartado del mando inmediatamente y sabiendo que el general de brigada dejará el mando en los próximos días y presumiblemente el sargento y el teniente imputados también, el hermetismo del estado mayor es llamativo.

La transparencia debería ser la norma en nuestro Ejército

¿Se tiene miedo de que se conozcan otras negligencias y anomalías en otros accidentes?

En definitiva, con mesura y sin perjudicar el proceso, pienso que los abogados debemos responder a los medios de comunicación que hacen una labor encomiable por mantener informada a la opinión pública, fortaleciéndose con ello nuestra democracia y el estado social y democrático de Derecho, máxime cuando el desgraciado suceso acaecido y el castigo de sus culpables puede ayudar a solucionar otros problemas existentes en el ejército como las conductas que por acción u omisión pueden causar la muerte a unos jóvenes que sirven a nuestra Patria y que son fundamentales en unas Fuerzas Armadas que tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.

Este artículo es mi reflexión tras más de 30 años de ejercicio profesional habiendo intervenido en casos mediáticos como el caso Púnica, el caso del accidente de Ortega Cano, la operación Enredadera, el caso Casimiro Villegas, el Doble Crimen de Almonte, la operación Java, el accidente de Spanair, Nueva Rumasa, Unetenet, el doble crimen de Almonaster, el caso Ibiza Centro, defensa de los Controladores, el crimen del Casar, caso Unión-operación Jable, asesinato del abogado Díaz-Moñux, crimen del Joyero, operación Manzanas Blancas, el caso Juan Asensio, defensa de Marcos Alonso, operación K.O.-cárcel de Palma, caso Latin Kings, operación Biblión, secuestro de Rafael Ávila, el crimen de Buenaventura, explosión de Fuenlabrada, la operación Marroncito, el caso Incendio de Rota, caso Adrián Vázquez, caso José González, el crimen de Santa Olalla, y defensa de españoles en el extranjero.

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