Otro abogado recurrirá en amparo ante el TC un juicio tardío, por vulneración de derechos fundamentales
Jaime Borrego explica el caso en Confilegal. Foto: Carlos Berbell/Confilegal

Otro abogado recurrirá en amparo ante el TC un juicio tardío, por vulneración de derechos fundamentales

El letrado Jaime Borrego pedirá auxilio al TC ante un juicio sobre Incapacidad Temporal señalado para el 24 de septiembre de 2025
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31/10/2022 10:51
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Actualizado: 31/10/2022 12:58
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El abogado sevillano Jaime Borrego Raya presentará en los próximos días un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) por vulneración de derechos fundamentales ante el señalamiento de un juicio sobre Incapacidad Temporal para el 24 de septiembre de 2025.

Tras la demanda interpuesta ante el TC por el también letrado sevillano Daniel Sánchez Bernal, contra los juicios tardíos -actualmente se están fijando juicios para diciembre de 2026, como está sucediendo en Huelva- otros abogados están recurriendo los señalamientos tardíos y, como en este caso, acuden al órgano de garantías a pedir auxilio.

Jaime Borrego representa en este caso a un empresario autónomo dedicado a la restauración a quien el 18 de enero de 2020 el Servicio Andaluz de Salud (SAS) le dio la baja médica a consecuencia de un problema físico de salud que le impedía trabajar en su establecimiento.

Estuvo de baja durante un año, hasta el 18 enero de 2021, y el 25 de junio de 2021 el SAS le volvió a dar la baja, en esta ocasión por un problema psicológico.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le denegó en esta segunda ocasión la Incapacidad Temporal (IT). Una resolución que el abogado recurrió en vía administrativa: El 4 de noviembre de 2021 presentó reclamación previa y el 2 de diciembre el INSS desestimó el recurso, finalizando así la vía administrativa.

Borrego -con despacho propio con el mismo nombre en la Puebla de Cazalla (Sevilla)- presentó el 23 de diciembre una demanda de impugnación contra dicha resolución ante la Jurisdicción Social. El pasado 3 de enero se dio reparto de la misma al Juzgado de lo Social número 9 de Sevilla.

El 12 de enero, el Juzgado señaló la vista para septiembre de 2025 y ante esta resolución, el abogado interpuso un recurso de reposición «por considerar no ajustada a Derecho la fecha, que desde la interposición de la demanda supera los tres años vista».

El recurso fue desestimado el 14 de marzo por decreto del letrado de la administración de justicia, que «argumentó en síntesis que en el Juzgado hay exceso de trabajo y que lo desestimaba sin perjuicio de que la solicitud del adelantamiento de la vista será tenida en cuenta por el órgano jurisdiccional en el caso de posibles suspensiones de otros juicios».

El 17 de marzo, el abogado interpuso un recurso de revisión contra dicho decreto «por vulneración de su derecho a un proceso sin dilaciones indebidas», y el recurso fue desestimado el pasado 25 de octubre argumentando «que ante la situación estructural del juzgado y falta de agenda, el decreto no incurre en error ante la imposibilidad de señalar actualmente el juicio a un momento anterior».

«Se insiste en que tan pronto como sea posible, se procederá en la forma expuesta en el decreto, es decir, que si hay algún hueco, se adelantará», señala Borrego.

Este letrado denuncia «la situación en la que está la justicia con la falta de medios que tienen los juzgados». «No señalo a los jueces ni a los letrados de la administración de justicia como responsables de esta situación, sino al Ministerio de Justicia y a las Comunidades con competencias en Justicia, por la falta de medios que padece la Justicia», declara a este diario Jaime Borrego, que insiste en que «una Justicia tardía no es justicia».

Según informa, su cliente «se ha visto abocado a echar el cierre al bar, porque no podía trabajar debido a su estado de salud».

Por ello, entiende que se ha visto vulnerado el derecho fundamental del artículo 24 de la Constitución (el derecho a un proceso público sin dilaciones indebidas) y como consecuencia de ello, el artículo 24.1 (la vulneración de la tutela judicial efectiva).

«Es incomprensible que un ciudadano tenga que esperar cuatro años para ver resuelto su problema judicial», sentencia.

ARRIAGA ASOCIADOS TAMBIÉN HA EMPEZADO A RECURRIR LOS PROCEDIMIENTOS QUE SE ENCUENTRAN PARALIZADOS MÁS DE DOS AÑOS

Arriaga Asociados, que representa a más de 60.000 consumidores en procedimientos sobre la nulidad de cláusulas abusivas, también denunció la semana pasada «la vulneración del derecho a un proceso sin dilaciones y a la tutela judicial efectiva» en algunos de los litigios de los clientes a los que representa.

Esta firma ha empezado recurrir los procedimientos que se encuentran paralizados por más de dos años y también está dirigiendo a los juzgados peticiones de impulso.

Actualmente tiene «muchos clientes» perjudicados por la «excesiva» duración de los procedimientos. Según sus datos estadísticos, el plazo de resolución medio de los Juzgados especializados para emitir un fallo es de 31,8 meses, con un rango máximo de 60 meses.

«Un lapso que supera en algo menos de cuatro veces la duración media en la jurisdicción civil (8,2 meses)», apunta. 

También hay consumidores que después de cuatro años no tienen su demanda admitida a trámite, según indica. Y hay consumidores que tienen señalado su juicio para el 2026, a siete años vista respecto a la presentación de la demanda.

Arriaga Asociados tiene más de 20.600 asuntos pendientes de ser admitidos a trámite, de los cuales el 89% en el partido judicial de Madrid; más de 8.000 litigios pendientes de señalamiento y más de 7.000 pendientes de que se celebre la vista. Un total de más de 60.000 asuntos a la espera de una resolución, y cuya tramitación «supera y superará los dos años y medio de tramitación».

Jesús María Ruiz de Arriaga, socio-director de la firma, también destaca que la principal causa de este retraso es la falta de medios por parte de la Justicia. Por ello, reclama a las administraciones implicadas, Ministerio Justicia, Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y Consejerías de Justicia autonómicas, que «remedien esta situación que afecta dramáticamente a todos los profesionales de la justicia y a todos los consumidores».

Este bufete celebra la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el caso de Sánchez Bernal, y señala que va en la línea de la queja presentada por Arriaga el pasado 11 de mayo ante el CGPJ y la solicitud de amparo presentada ante el Defensor del Pueblo para señalar la «ineficiencia» del Juzgado 101 Bis de Madrid «debido a su falta de recursos». 

Una situación sobre la que el propio Defensor del Pueblo emitió recomendaciones tanto a la Comunidad de Madrid como al Estado tras la denuncia de Arriaga Asociados sobre el «colapso crónico» del 101: Crear un nuevo juzgado de Primera Instancia en Madrid.

EL TC DICTAMINÓ QUE EN EL CASO DE SÁNCHEZ BERNAL SE HA VULNERADO SU DERECHO A UN PROCESO SIN DILACIONES INDEBIDAS

El pasado 10 de octubre, el Constitucional estimó el recurso de amparo interpuesto por Daniel Sánchez Bernal por tener que esperar más de tres años para un juicio por una demanda laboral que presentó contra la Universidad de Sevilla en representación de su cliente, entonces un recién doctorado, y que se señaló casi cinco meses después de la presentación de la demanda de reclamación de indemnización del profesor en cuestión. 

Se ha vulnerado su derecho a un proceso sin dilaciones indebidas (artículo 24.2 de la Constitución), concluyó el tribunal de la Sala Primera y, en consecuencia, declaró la nulidad del decreto de 13 de julio de 2021 y de las dos resoluciones que desestimaron los recursos de reposición formulados contra el mismo, y ordenó al Juzgado de lo Social número 11 de Sevilla a que procediera a un nuevo señalamiento que resulte respetuoso con el derecho fundamental lesionado. Un caso que también llevó al Parlamento Europeo, que admitió su queja.

Tras interponer la demanda de amparo ante el TC, el Juzgado adelantó la fecha del juicio al próximo 1 de diciembre, antes de que resolviera el Constitucional.

Este abogado tiene otros dos asuntos más fijados para mayo de 2023 y octubre de 2025 que «muy posiblemente» también recurrirá en amparo. Según explica, el señalado para 2023 es un caso de despido en el que su cliente no fue indemnizado y, además, tiene cargas familiares. El de 2025 es relativo a la denegación de una prestación de renta activa de reinserción. «La clienta, actualmente desempleada, se ha visto abocada a pedir el auxilio de sus familiares para poder salir adelante», detalla Sánchez Bernal.

Y añade que está pendiente de que el juez resuelva sendos recursos contra estos dos señalamientos para poder acudir en amparo ante el Constitucional.

«Estoy haciendo todo lo posible para que el propio Juzgado tutele el derecho fundamental de mis clientes y evitar así tener que recurrir al tribunal de garantías, con el coste añadido que supone y los plazos en los que resuelve», manifiesta.

Sánchez Bernal se presenta a decano del Colegio de Abogados de Sevilla (ICAS), para relevar en el cargo a Óscar Cisneros. Quiere que los letrados de Sevilla se sientan amparados por su Colegio, cosa que él «y otros compañeros no han sentido».

Este abogado, de 42 años, lleva en la Abogacía más de una década.

Precisamente, ha sido el «escaso apoyo que recibió por parte del Colegio» en este asunto el que le ha llevado a dar este paso al frente para liderarlo, según declaró a Confilegal. Quiere que los letrados de Sevilla se sientan amparados por su Colegio, cosa que él no ha sentido, como tampoco otros compañeros, como le consta.

Su mayor vocación en la vida es «luchar contra las injusticias». 

Transparencia, igualdad, turno de oficio y conciliación son los cuatro pilares electorales de este candidato.

Recientemente, ha sido distinguido por la Orden al Mérito Humanitario de Andalucía con la Cruz de Oro, un galardón que esta asociación, presidida por el letrado Juan José Zanca Ruiz, concede anualmente a personas o instituciones que tengan a sus espaldas «una vida de entrega y servicio a las buenas causas» y la entrega de su tiempo y pecunio «para el servicio a los otros».

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