Irene Montero
Ha dejado sin efecto las penas impuestas por tres delitos de abuso sexual continuado tipificado en el artículo 182.1 del Código Penal

Reducida la pena de seis años a uno y tres meses de cárcel a un condenado por abuso sexual a menores por la ley de “sólo sí es sí”

15 / 11 / 2022 19:42

Actualizado el 15 / 11 / 2022 20:07

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Fue condenado por este mismo tribunal en enero de 2022 y su sentencia fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en septiembre de 2022. El pederasta era profesor de inglés del cuerpo de docentes de la Comunidad de Madrid en un colegio de San Sebastián de lo Reyes.

Desde junio de 2017 hasta noviembre de 2018, el acusado les ofrecía dinero a cambio de que los menores le dejaran hacer tocamientos bajo la indicación de que se trataba de «un negocio», estableciendo una lista de precios en cada parte de su cuerpo.

Por ejemplo, a uno de los menores de 15 años le dio 20 euros en el verano de 2017 a cambio de «lamerle los pies y succionarle algún dedo», según consta en la sentencia de la Audiencia de Madrid. A otro le dio 60 euros por un vídeo en el que aparecía el menor orinando.

Pero con la entrada en vigor de la ley «sólo sí es sí» este delito cambia. Pues según el auto consultado por Confilegal con fecha de 7 de octubre de 2022, “el consentimiento prestado por personas mayores de dieciséis años no es constitutivo de delito salvo que vaya precedido de violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o vulnerabilidad de la víctima”.

Y el apartado 2 del artículo 2 del Código Penal indica que “tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena.

Por tanto, ha dejado sin efecto las penas impuestas por tres delitos de abuso sexual continuado tipificado en el artículo 182.1 del Código Penal en relación con el artículo 74 del mismo texto legal al no ser constitutivo de delito con la nueva normativa.

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