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El tribunal señala que la resolución de la Dirección General de la Policía de 15 de noviembre de 2022 (BOE de 18 de noviembre de 2022) debe ser interpretada y aplicada de conformidad con las correcciones introducidas en el BOE de 30 de noviembre de 2022. Foto: EP

El Supremo deja sin efecto la anulación de la convocatoria de ingreso a la Policía Nacional tras la corrección de errores en el BOE

La anuló la semana pasada al incumplir la medida cautelar que estableció en septiembre de 2021, cuando suspendió la exclusión relativa a llevar cuerpos intraoculares o lentes fáquicas

5 / 12 / 2022 14:09

Actualizado el 05 / 12 / 2022 14:12

El Tribunal Supremo (TS) ha dejado sin efecto su auto del pasado 29 de noviembre por el que anulaba la resolución de la Dirección General de la Policía, de 15 de noviembre de 2022, de convocatoria de oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía.

Y ello, ante la publicación de una corrección de errores de la misma en el Boletín Oficial del Estado del 30 de noviembre, que suprime el motivo de la anulación, que consistía en haber mantenido la exclusión relativa a llevar cuerpos intraoculares o lentes fáquicas sin mencionar que está suspendida cautelarmente por el propio Supremo.

En un auto dictado hoy, el tribunal de la Sala de lo Contencioso-Administrativo deja sin efecto la anulación y señala que la resolución de la Dirección General de la Policía de 15 de noviembre de 2022 (BOE de 18 de noviembre de 2022) debe ser interpretada y aplicada de conformidad con las correcciones introducidas en el BOE de 30 de noviembre de 2022.

El Supremo responde así a una alegación formulada por el abogado del Estado en un escrito de 1 de diciembre de 2022, y ante el hecho de que la corrección de errores incluida en el BOE de 30 de noviembre por la Dirección General de la Policía repara la carencia de la resolución de 15 de noviembre de 2022 y, por consiguiente, hace desaparecer la vulneración de la medida cautelar vigente.

En todo caso, el Alto Tribunal destaca que “en este asunto que afecta a un elevado número de personas, tan sólo la Administración ha dilatado los tiempos, por no mencionar que no ha informado con precisión y prontitud de los pasos dados para remediar la vulneración de la medida cautelar. Y la otra observación es que, contrariamente a lo que afirma el Abogado del Estado, nuestro auto de 29 de noviembre de 2022 no adopta una nueva medida cautelar, sino que se limita a salvaguardar la eficacia de una ya en vigor”.

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