Sanitas tendrá que indemnizar con más 1,3 millones de euros a unos padres por no detectar malformaciones del bebé en el embarazo
Durante el embarazo no detectaron las malformaciones y ahora la niña tiene reconocida una discapacidad de un 87%.

Sanitas tendrá que indemnizar con más 1,3 millones de euros a unos padres por no detectar malformaciones del bebé en el embarazo

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09/3/2023 11:28
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Actualizado: 09/3/2023 11:35
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La Audiencia Provincial de Madrid ha determinado que Sanitas tendrá que indemnizar a unos padres con 1.285.885 euros por un control ginecológico negligente durante el embarazo al pasar por alto malformaciones en el feto que hubiesen permitido a los progenitores la opción de continuar, o no, con el embarazo por motivos de eugenesia.

La sentencia 125/2023 de 3 de febrero fue dictada por los magistrados Francisco Moya, Ángel Luis Sobrino y María del Mar Crespo, pero en la que también consta un auto de aclaración con fecha de 1 de marzo.

La madre se quedó embarazada a los 35 años en el año 2012 y su proceso fue controlado a través de una clínica privada, pero los médicos siempre le dijeron que todo iba bien. 

El problema vino cuando, el día del parto, la niña nació con diversas malformaciones y se le diagnosticó Síndrome de Apert, un tipo de acrocefalosindactilia que está caracterizado por deformaciones en el cráneo, cara, manos y pies. Además, presenta autismo y un retraso mental y del desarrollo muy intensos, no habla, es completamente dependiente de sus tareas y no controla esfínteres.

Tiene un grado de discapacidad de 87%

También presenta problemas motores, de respiración, del sueño, estrabismo y episodios de asma continuos y tiene reconocido un grado de discapacidad del 87%.

A consecuencia de ello, necesita estar controlada y ser intervenida en los Servicios de Neurología, Neuropediatría, Ortopedia infantil, Rehabilitación, Oftalmología, Atención temprana, Psicopedagogía, Logopedia, estimulación precoz, Otorrino Neumología y Odontopediatría.

Los padres acudieron a la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, y tras ser derivado su caso al letrado Ignacio Martínez se interpuso demanda contra la aseguradora médica.

La cuestión clave era si estas enfermedades podrían haberse detectado durante la gestación con una medicina estándar (correcta lex artis) y con un diagnóstico prenatal de las malformaciones que hubiera dado lugar al derecho a la interrupción voluntaria del embarazo. Tras el estudio pericial del caso se entendió que sí y que por tanto era viable.

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia Nº56 de Madrid fijó la indemnización en 1.025.330 €, y fue apelada por ambas partes. Ahora la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid la ha elevado a 1.285.885 euros.

Pero este aumento lo han visto insuficiente por lo que el letrado está preparando un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Considera que los cálculos son erróneos porque no se han tenido en cuenta todas las patologías de la niña, su dependencia y su esperanza de vida.

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