El magistrado Fernando Pinto Palacios, letrado del gabinete técnico del Tribunal Supremo; José Luis Díaz Echegaray, socio fundador de Estudio Díaz-Echegaray & Abogados, y el economista e inspector de Hacienda del Estado Domingo Carbajo Vasco.
El magistrado Fernando Pinto Palacios, letrado del gabinete técnico del Tribunal Supremo; José Luis Díaz Echegaray, socio fundador de Estudio Díaz-Echegaray & Abogados, y el economista e inspector de Hacienda del Estado Domingo Carbajo Vasco.

«Una sociedad mercantil es como un microestado»

Se dijo en la presentación del libro "La responsabilidad civil de los administradores de las sociedades de capital"

31 / 03 / 2023 14:00

Actualizado el 04 / 04 / 2023 11:21

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De esta forma sintetizó José Luis Díaz Echegaray, socio fundador de Estudio Díaz-Echegaray & Abogados y coordinador del libro «La responsabilidad de los administradores de las sociedades de capital», una colaboración de varios autores, la naturaleza de las sociedades mercantiles, en la presentación de la obra que tuvo lugar en el Colegio de la Abogacía de Madrid, el pasado jueves por la tarde.

«Una sociedad mercantil es como un microestado, con normas de funcionamiento en la forma de estatutos sociales que se adaptan a las condiciones económicas y sociales», afirmó.

Por ello, el reparto de poder entre los socios y administradores siempre tiene la posibilidad de generar «problemas de distribución de las funciones al generarse una separación entre la propiedad y el control».

Los diversos ángulos del libro, cuyos méritos al analizar esta materia «desde las áreas civil, concursal, fiscal y laboral» destacó el decano Eugenio Ribón, se apoya primordialmente en «la responsabilidad de quienes gestionan intereses ajenos», en palabras de Díaz Echegaray.

Los escándalos financieros que en España tuvieron Banesto y el Banco Popular son los ejemplos que, por antonomasia surgen, pues los fallos de dirección y control, con graves consecuencias socioeconómicas generaron un gran interés mediático, explicó Díaz Echegaray.

«De ahí la importancia del administrador societario y el asesor, que debe conocer todas las responsabilidades, endurecidas desde la trasposición de las directivas europeas, para evitar incurrir en estas situaciones», apunta, destacando las diferencias entre las responsabilidades social, individual y por cumplimiento obligatorio.

El magistrado Fernando Pinto Palacios, letrado del gabinete técnico del Tribunal Supremo y coautor en este libro, puso de relieve el crecimiento «hasta puntos previamente inconcebibles» del derecho penal económico, que da pie a que el Código Penal «tipifique los delitos societarios en vez de meramente regular la doctrina».

Pinto señaló que el contenido del que estaba a cargo en el libro incluye las conductas que seleccionó porque son las que «más a menudo dan lugar a una respuesta penal, con diferentes grados de complejidad», por parte de administradores o por su omisión.

El coautor Fernando Pinto Palacios, se vio arropado por varios compañeros en la presentación del libro en el que ha colaborado. De izquierda a derecha, Joaquín Elías Gadea Francés, Cristina Fernández de Sevilla de la Cruz, Fernando Pinto, Diego Alberto Gutiérrez Azanza, Carlos Viader CAstro y Leticia Adelaida Jiménez JIménez.

El economista e inspector de Hacienda del Estado Domingo Carbajo Vasco, autor de la sección dedicada a responsabilidad tributaria del libro, aseguró que la complejidad del ámbito se debe a «la diversidad de campos y problemas y a su desarrollo y crecimiento».

«Cada vez hay más exigencias a los administradores», dijo, llamando la atención a la aplicación de los criterios ESG (mediambiental, social y de gobernanza) que piden los socios «porque demuestra un carácter más civil». Pero que lleva a situaciones de ‘greenwashing’, es decir, el apoyo público a causas medioambientales sin un esfuerzo real por tomar acción con el fin de mejorar la imagen pública.

Así, la evolución de la responsabilidad tributaria desde la figura del garante o aval frente a los instrumentos de recaudación, donde solo respondía el deudor principal, hasta la diversificación, donde se vuelve dependiente de los cumplimientos (e incumplimientos) de los diferentes actores involucrados da lugar a la necesidad de un estudio mucho más profundo.

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