El Pleno del CGAE sale en defensa de una abogada de Córdoba con embarazo gemelar de riesgo y de baja por lumbalgia a la que no le suspenden un señalamiento 
Arias pidió amparo a la Comisión de Relaciones con la Administración de Justicia del CGAE y el Pleno ha lanzado hoy un comunicado exigiendo "respeto a la abogacía y la relación de confianza con la persona defendida".

El Pleno del CGAE sale en defensa de una abogada de Córdoba con embarazo gemelar de riesgo y de baja por lumbalgia a la que no le suspenden un señalamiento 

"Desde el Juzgado le dicen que renuncie a estar presente en las declaraciones o que nombre a un sustituto, porque no es causa suficiente para la suspensión", señala a Confilegal el decano del ICA Córdoba, Carlos Arias López
|
21/4/2023 10:48
|
Actualizado: 21/4/2023 10:59
|

El Pleno del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) ha publicado hoy un comunicado en el que exige respeto a la abogacía y la relación de confianza con la persona defendida, tras conocer el caso de una letrado del turno de oficio que «acreditando debidamente una situación de baja médica y avanzado estado de gestación», que, además es gemelar y de alto riesgo, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Puente Genil le ha denegado la suspensión de un señalamiento.

«Le dicen que renuncie a estar presente en las declaraciones o que nombre a un sustituto, porque no es causa suficiente para la suspensión», señala a Confilegal Carlos Arias López, decano del Colegio de Abogados de Córdoba (ICA Córdoba).

Carlos Arias, decano del ICA Córdoba desde mayo de 2021.

Según explica, estando en servicio de guardia a esta abogada le fue designado un caso penal y en julio de 2022 el Juzgado abrió una investigación y la primera diligencia que se hizo fue señalar la toma de declaración del investigado en diciembre.

«Posteriomente, también se fijaron unas declaraciones para abril. Como la letrada se encuentra de baja por lumbalgia, además de con embarazo gemelar de alto riesgo, en marzo pidió la suspensión informando al Juzgado de esta circunstancia y avisando de que en la fecha señalada, el día 18, seguiría de baja y que la cita con el médico la tenía el día 21», expone Carlos Arias.

La respuesta de la juez ha sido que «la suspensión produce cierta incertidumbre en las partes y perjuicio a las mismas, y que entonces tiene dos opciones: o renunciar a estar presente o que nombre a otro compañero», detalla el decano.

Entonces, la letrada interpuso un recurso de reforma, que también ha sido desestimado, para su sorpresa. «Y ojo, el fiscal apoya que no se suspenda», destaca el decano. 

Ante esta situación, Carlos Arias pidió amparo a la Comisión de Relaciones con la Administración de Justicia (CRAJ) del CGAE, y el Pleno del Consejo General de la Abogacía ha dado este paso con este comunicado, que ha sido aprobado esta misma mañana.

El Pleno está integrado por la presidencia, los 83 decanos de los Colegios de la Abogacía, 12 consejeros electivos entre abogados de reconocido prestigio, los presidentes de los Consejos Autonómicos de Colegios de la Abogacía, quien ostente la presidencia de la Mutualidad General de la Abogacía y, con voz y sin voto, la presidencia de la Confederación Española de la Abogacía Joven.

En el comunicado destaca que el respeto a la Abogacía, como elemento esencial de una Administración de Justicia en un Estado de Derecho, supone «la debida consideración a los letrados y letradas en su ejercicio profesional ante los órganos judiciales y, especialmente, cuando están de baja por enfermedad o causa de fuerza mayor».

Como recuerda, estas circunstancias pueden ser de carácter procesal (como coincidencia de señalamientos), o de ámbito más personal (por ejemplo, enfermedad, maternidad, paternidad o defunción de un familiar próximo). 

Dicho esto, el CGAE manifiesta su «pleno apoyo» a esta abogada y su más «profundo rechazo a la denegación de la suspensión solicitada, «dándose la circunstancia, además, de que se celebraron declaraciones sin la presencia de los abogados de las partes».

Subraya que la relación de confianza entre la defensa y la persona defendida es «un derecho inalienable para garantizar una tutela judicial efectiva, sin que se pueda imponer una sustitución o cambio de profesional, sin el consentimiento expreso del justiciable», 

«Si nos impiden ser dignos de la confianza de la persona defendida, no hay justicia. ¡Respeto a la Abogacía!», concluye el comunicado.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Profesionales