Las asociaciones judiciales formalizan la convocatoria de huelga para el 16 de mayo
Han comunicado la decisión este viernes al presidente suplente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) Rafael Mozo y al Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz. 

Las asociaciones judiciales formalizan la convocatoria de huelga para el 16 de mayo

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28/4/2023 12:37
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Actualizado: 28/4/2023 12:38
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La Asociación Profesional de la Magistratura (APM) , la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV), Foro Judicial Independiente (FJI), la Asociación de Fiscales (AF) y la Asociación Profesional Independiente de Fiscales (APIF) han convocado una huelga indefinida en la carrera judicial y fiscal a partir del 16 de mayo.

Han comunicado la decisión este viernes al presidente suplente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) Rafael Mozo y al Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz. 

Los objetivos de esta huelga, han explicado, son la necesidad de crear una actualización y adecuación retributiva razonable al asistir desde hace años un notorio aumento de litigiosidad con unas altas cargas de trabajo, que a su vez afecta a la salud laboral de los jueces y fiscales.

También han destacado en el comunicado al que ha tenido acceso Confilegal la importancia de crear más juzgados y de convocar más plazas para la Carrera Judicial y Fiscal para garantizar el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.

Y es que las asociaciones judiciales y fiscales llevan décadas reclamando del Ministerio de Justicia que de respuesta a sus reivindicaciones que han llevado a cabo a través de innumerables escritos, comunicaciones y reuniones.

Servicios mínimos

Por otro lado, han explicado que como la huelga afectará a un servicio público, deberán fijarse los servicios mínimos por el CGPJ para atender debidamente a los ciudadanos durante los días de huelga en las siguientes materias:

En el servicio de guardia donde las actuaciones con el detenido resulten inaplazables; en el orden penal en causas con presos o detenidos puestos a disposición judicial.

En el orden contencioso-administrativo en las causas relativas a derechos fundamentales; en menores en la adopción de medidas cautelarísimas; en familia medidas cautelares con hijos menores o personas con discapacidad, internamientos involuntarios, de menores o sustracción.

Respecto al orden civil, medidas provisionales causantes de perjuicio irreparable y en los de violencia de género.

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