El CENDOJ anonimiza sus sentencias con nombres antiguos para que no coincidan con los actuales
El Palacio de Justicia de Donostia-San Sebastián, sede del CENDOJ.

El CENDOJ anonimiza sus sentencias con nombres antiguos para que no coincidan con los actuales

|
18/5/2023 06:30
|
Actualizado: 17/5/2023 21:11
|

Epifanio, Victorina, Aurelia, Marcelino, Segundo o Evaristo son algunos de los nombres que el Centro de Documentación Judicial (CENDOJ) utiliza para anonimizar sus sentencias. Y aunque parezca gracioso, lo cierto es que hay una explicación lógica que hace comprender el motivo por el cuál se eligen estos nombres antiguos y extraños.

Pero antes de conocer el motivo, hay que saber que España es el país de la Unión Europea que más sentencias tiene recopiladas de forma gratuita y en abierto para todos los ciudadanos. Cuenta con 8,5 millones de sentencias publicadas y visitan la página cada mes una media de 2,5 millones de usuarios, según ha explicado a Confilegal Joaquín Silguero, magistrado y director del CENDOJ.

Para obtener dichas sentencias se creó un sistema mediante el cual se hace un «barrido» de los sistemas de gestión procesal para que todas las que se hayan dictado en los tribunales cada día se recopilen durante la noche y se envíen al CENDOJ de forma automática.

Aunque eso sí, algunos de estos sistemas funcionan mejor que otros y en función de ello llegarán antes o con un poco de retraso. El tiempo medio se sitúa en una semana si bien en casos urgentes las sentencias pueden incorporarse en uno o dos días, debidamente anonimizadas.

Sin embargo, este alto volumen de resoluciones judiciales tiene que someterse previamente a un tratamiento informático porque, a diferencia de las leyes, éstas disponen de un sinfín de datos personales. Por lo que, de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial, el CENDOJ debe anonimizar toda aquella información que pueda identificar a un ciudadano a fin de cumplir con la normativa vigente en esta materia.

Y es que toda persona tiene derecho a saber los criterios de los tribunales pero no tiene derecho a saber si el vecino ha cometido algún delito o tiene algún problema familiar, o si ha sido víctima de algún delito.

Por ello, Silguero ha explicado que para llevar a cabo la anonimización han desarrollado técnicas que asignan a los nombres reales otros más antiguos de forma aleatoria para que no exista el riesgo de que en sentencias con hasta 500 identidades pueda haber algún tipo de coincidencia con uno real. «Tenemos que trabajar sin error».

Las personas jurídicas no se anonimizan

Por ejemplo, puede darse el caso de que un Tribunal Superior de Justicia condene al trabajador de la empresa X llamado Juan por un delito de estafa y que justamente ese nombre sea el de un compañero de la misma entidad mercantil. De modo que el lector puede asociar el delito con una persona que no lo ha cometido porque el nombre de la empresa no se oculta. Hay que recordar que las personas jurídicas no se anonimizan.

Esta técnica aleatoria de nombres antiguos también se utiliza para que sean neutros y que no denote, por ejemplo, el origen de la nacionalidad o etnia. Ya que, según establece la norma de protección de derechos fundamentales, una persona no tiene por qué saber si el delito lo ha llevado a cabo un ciudadano de un origen u otro. 

«Queremos evitar criminalizaciones innecesarias», ha señalado Joaquín Silguero “sin perjuicio de que todas las personas tenemos derecho a acceder a la información pública”.

Este proceso se hace por medios automáticos pero es revisado posteriormente por humanos porque a veces los jueces en sus sentencias se refieren a las personas de las que hablan de diferente manera.

Por ejemplo, en un párrafo por su nombre de pila o en otro por su apellido, por lo que es «muy importante que cuando se produzca el cambio de denominación el sistema sepa reconocer cuándo se van a referir a ella en el resto del escrito para que se pueda seguir el hilo de la historia».

Ocultar datos de una sentencia cuesta una media de 6 euros

Consultar las sentencias en el CENDOJ es una práctica gratuita para los ciudadanos. Sin embargo, para su uso comercial, como por ejemplo, el que llevan a cabo las editoriales jurídicas, sí que tiene un coste, que es 1,50 euros máximo por cada sentencia, como así lo advierte el mensaje que aparece nada más entrar en su página web.

Mensaje que aparece en la web del CENDOJ.

Hay dos Directivas de Reutilización, que son la del 2013 y la del 2019, esta última incorporada al Derecho español en noviembre de 2021, que relatan que cuando en un documento hay datos personales existe la obligación de tratarlos, y eso genera un coste marginal. Es decir, que si no tuviese datos personales, sería gratuito.

Es importante destacar que se trata de un coste marginal que no puede generar beneficio, ya que supone aplicar la tarifa prevista por la propia regulación de los datos abiertos y la reutilización. En la práctica, el coste real de tratamiento de cada resolución supone una media de 6 euros.

Trabajan 58 personas en las 3 sedes

Como característica, el CENDOJ -que nació hace 25 años- está regulado en el artículo 619 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. En él trabajan un total de 58 personas y están divididos en tres sedes: San Sebastián, Barcelona y Madrid.

Se creó tras ser conscientes de que las sentencias eran información pública, por lo que buscaron cómo organizar que la publicación oficial de las mismas se pudiese llevar a cabo de una forma accesible para todos los ciudadanos. Y es que, en aquel momento, cuando uno quería conseguir una sentencia tenía que acudir a cada juzgado.

En el centro de San Sebastián fue donde comenzó todo. Su sede se divide en la sección de jurisprudencia, análisis jurídico, gestión de la web del Poder Judicial y también, en el departamento de documentación y derecho comparado.

Por otro lado, el de Madrid se encarga de la informática judicial e informática interna del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y la sede de Barcelona tiene una sección de informática pero aplicada a la formación de jueces.

Publicadas a partir de órganos colegiados

Al CENDOJ se suben prácticamente el 100% de las sentencias dictadas por los órganos colegiados, es decir, aquellos que están formados por tres o más personas, de Audiencia Provincial para arriba. Pero no es así con las dictadas en primera instancia, en las que hay todavía un número más reducido.

“Como es muy elevado el número de sentencias que se dictan cada año en España, se consideró desde el principio que debía darse prioridad a todas aquellas sentencias que son de órganos colegiados porque se entiende que son de los que conocen de los recursos», ha explicado Silguero.

No obstante, si falta alguna sentencia por subir de esos órganos colegiados, el ciudadano puede hacérselo saber al CENDOJ para que éstos se encarguen de solicitarla en los términos previstos por la normativa de reutilización de la información pública.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Mundo Judicial