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La Sala entiende que el asunto tiene interés casacional porque la decisión que se adopte puede afectar a un gran número de situaciones dada la gran cantidad de casas móviles que hay y la ausencia de jurisprudencia al respecto.

El Supremo estudiará si las casas móviles requieren licencia urbanística para su instalación

La decisión que se tome fijará jurisprudencia en esta materia. 

23 / 05 / 2023 12:42

Actualizado el 23 / 05 / 2023 12:50

El Tribunal Supremo ha acordado admitir a trámite el recurso presentado por un camping de Tarragona contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que apoyó la decisión del ayuntamiento de denegar la instalación de las casas móviles en el camping. Dicho tribunal consideró que se trataba de uso de suelo y, por tanto, estaba sujeto a licencia urbanística previa. 

El auto, que tiene fecha de 11 de mayo, ha sido dictado por los magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo Pablo Lucas Murillo, José Manuel Bandrés, Antonio Jesús Fonseca-Herrero, Fernando Román e Isaac Merino. 

Dichos magistrados han explicado a lo largo de 9 páginas que el asunto tiene interés casacional porque la decisión que se adopte puede afectar a un gran número de situaciones dada la gran cantidad de casas móviles que hay y la ausencia de jurisprudencia al respecto.

El Alto Tribunal entiende que debe pronunciarse sobre la cuestión controvertida “dada su incidencia en el régimen urbanístico de la propiedad del suelo y el control de la utilización de éste por la administración competente, a lo que se une la novedad que representa la aparición de las “mobile homes” o casas móviles.

Asimismo, resolverá si la licencia de actividad de camping ampara también la instalación de las casas móviles, por lo que la decisión que se tome fijará jurisprudencia en esta materia. 

Sentencia del TJSC

Los magistrados del TSJC argumentaron que el hecho de que las casas móviles dispongan de ruedas no altera la existencia de una ocupación de terreno en un camping que comporta uso de suelo que está sujeto a licencia urbanística.

Frente a la sentencia del TSJ, el camping alega en su recurso que este tipo de casa móviles se incluyen en la categoría de remolques, en tanto que son vehículos habitables de recreo que no necesitarían licencia urbanística previa de los ayuntamientos.

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