La aseguradora del Servicio Riojano de Salud abona los 635.000 euros pendientes a una bebé intercambiada en Logroño en 2002
El caso lo lleva el letrado José Sáez Morga, socio fundador del despacho Sáez Morga Abogados, de Logroño.

La aseguradora del Servicio Riojano de Salud abona los 635.000 euros pendientes a una bebé intercambiada en Logroño en 2002

El TSJ de La Rioja todavía tiene que pronunciarse sobre la indemnización de 3 millones que solicita la joven por daños morales
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07/6/2023 09:06
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Actualizado: 07/6/2023 09:10
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La aseguradora del Servicio Riojano de Salud (Seris) ha consignado los 635.000 euros pendientes de abonar a una joven que fue intercambiada al nacer con otra bebé y entregada a una madre que no era la suya, de los  850.000 acordados por el Consejo de Gobierno de La Rioja.

Se produce después de que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de La Rioja desestimara el recurso de reposición interpuesto por la aseguradora contra el auto del pasado 24 de abril que le denegó la medida cautelar de suspensión del pago de los 635.000, reconociendo el derecho de esta joven a percibir la totalidad de la cantidad determinada por el Gobierno de La Rioja, de los que sólo había recibido 215.000 euros.

Los hechos ocurrieron en 2002 en el antiguo Hospital San Millán de Logroño, que ya no existe.

La demandante no ha podido conocer a su madre biológica porque falleció en 2018.

La perjudicada está asistida por el letrado José Sáez Morga, socio fundador del despacho Sáez Morga Abogados, de Logroño, con más de 30 años de experiencia. 

El TSJ de La Rioja todavía tiene que pronunciarse sobre la indemnización de 3.005.060,52 euros que solicita la joven por los daños morales causados, según informa a este diario Sçaez Morga, quien lleva actualmente otros casos de la misma naturaleza en otros puntos de España.

EL CASO

El caso salió a la luz en septiembre de 2021, informó en primicia el periodista y licenciado en Derecho Luis J. Ruiz, en el diario ‘Larioja.com’.

Sáez Morga también explicó entonces el caso en Confilegal.

Los hechos sucedieron en el año 2002, en el ahora derruido hospital San Millán de Logroño, cuando dos niñas llegaron al mundo con cinco horas de diferencia y, cada una de ellas, fue entregada a la familia de la otra tras pasar por la incubadora.

Según relata José Sáez Morga a este diario, su clienta vivió el primer año con la madre a la que fue entregada y su abuela materna y desde 2003 se vio inmersa en una situación de riesgo, quedando a cargo de ella la abuela, que se convirtió en acogimiento y posteriormente con funciones tutelares.

Explica que de la información interna realizada por la inspección del servicio riojano de Salud, dependiente de la Dirección General de Prestaciones y Farmacia, las dos pequeñas nacieron con cinco horas de diferencia y cada una de ellas ingresaron en incubadoras contiguas y posteriormente habrían pasado a las cunas 6 y 7.

«Parece que es en ese tránsito cuando se produce el intercambio», precisa el letrado, de acuerdo a la investigación realizada.

En 2017, la abuela con funciones tutelares interpuso una demanda de alimentos contra el que fue pareja de su hija, que se negó a entregar cantidad alguna aduciendo que no era su padre.

La magistrada titular del Juzgado de Primera Instancia número 1 y de Familia de Logroño, Elisa Mediavilla Sánchez, ordenó que el progenitor se sometiera a una prueba de ADN. Y la prueba genética reveló que realmente no lo era, por lo que lo absolvió de la demanda de alimentos y archivó el caso.

Posteriormente, mediante una prueba similar realizada en un instituto privado de Zaragoza, la joven descubrió que tampoco era hija biológica de la madre a la que había sido entregada. Entonces tenía 15 años, ahora 21.

Además, según informa José Sáez Morga, su clienta se hizo un análisis de sangre que determinó que el grupo sanguíneo que tenía asignado en su historia clínica era erróneo; «algo que afecta al ámbito privado y al orden públicO,  porque el registro no puede tener datos inexactos, como tampoco las historias clínicas por la Ley de Salud de La Rioja», señala su abogado. 

La afectada puso el caso en manos del bufete Sáez Morga Abogados en 2018. En él colabora también la letrada Ana Berta Sáez Morga Ortiz.

El abogado de la demandante inició en junio de 2019 la citada reclamación administrativa de responsabilidad patrimonial por daños morales.

Denuncia que el daño producido a su clienta es «inconmesurable, continuado y de por vida» porque «esta persona no se va a librar nunca del estigma de esta confusión». 

Se trata de «fortalecer su personalidad económica con la finalidad de que tenga un futuro asegurado» aunque lo ocurrido «no sea reparable», manifiesta.

«Tiene que haber plena seguridad de que quien nace es entregado a sus padres biológicos, sin margen de error», concluye Sáez Morga.

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