La Audiencia Provincial absuelve a los policías de 'la patada en la puerta' al concluir que estaban legitimados
Los policías no tenían orden judicial y detuvieron a todos los ocupantes y utilizaron un método conocido como “la patada en la puerta”. 

Los seis policías de la patada en la puerta, a juicio por un supuesto delito de allanamiento de morada

27 / 06 / 2023 11:38

Actualizado el 10 / 07 / 2023 12:44

Los seis agentes de Policía Nacional que en la madrugada del 21 de marzo de 2021 -en pleno toque de queda y en la segunda fase del estado de alarma- entraron violentamente tumbando la puerta con un ariete en un piso situado en la calle Lagasca de Madrid irán a juicio por un supuesto delito de allanamiento de morada. 

No tenían orden judicial y detuvieron a todos los ocupantes y utilizaron un método conocido como “la patada en la puerta”. 

Así lo ha determinado el magistrado de la sección Nº16 de la Audiencia Provincial de Madrid, Francisco Javier Teijeiro Dacal, en un auto con fecha de 23 de junio. Será un juicio con jurado.

El abogado que defiende a los jóvenes que se encontraban en el interior del domicilio, Juango Ospina, sostiene que los agentes son responsables de un delito de allanamiento de morada, previsto en el artículo 202.2 y 204 del Código Penal.

También pide, en concepto de responsabilidad civil a T.J.G, la persona que tenía alquilada el piso, 2.921 euros por los desperfectos ocasionados en la vivienda y otros 4.000 por daños morales al haberse violentado su intimidad. Pide de 1 año y medio a 2 años y medio de cárcel para los policías.

La Fiscalía, por su parte, entiende que en el caso del agente que dio la orden de entrada en el inmueble “no procede imponer pena alguna”, al incurrir en un error de tipo, puesto que en el Código Penal no se encuentra “expresamente” tipificada la modalidad “imprudente” del delito de allanamiento de morada.

Respecto a los otros cinco policías afirma que concurre la circunstancia eximente completa de obrar en cumplimiento de un deber.

Sin embargo, tanto como la Abogacía del Estado, que representan a cuatro agentes y los letrados del subinspector y de otro policía, que son Juan Antonio Frago y Verónica Suárez, niegan cualquier tipo de participación al considerar que no se ha cometido ilícito penal alguno y, en su caso, su actuación quedaría amparada por la concurrencia del error de la eximentes invocadas. 

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