Quo vadis, segunda oportunidad?
La afectada debía probar que el importe de la deuda no suponía más de 5 millones de euros, así como que había actuado de buena fe al adquirirla.

La Justicia exonera la deuda de 37.000 € de una pensionista aplicando la Ley de Segunda Oportunidad

15 / 08 / 2023 00:45

Actualizado el 16 / 08 / 2023 01:39

El Juzgado de lo Mercantil 1 de Castellón de la Plana, en la Comunidad Valenciana, ha cancelado a deuda de una mujer cuyos únicos ingresos procedían de su pensión y no podía hacer frente a los pagos después de que dejara de vivir con su esposo.

La afectada había entrado en los primeros préstamos para cubrir los gastos de una mudanza, incluyendo la adquisición de muebles nuevos para el piso en el que entraba.

Después de estar en una situación en el que podía pagar las cuotas con regularidad, su marido, que colaboraba con estos desembolsos, se mudó a Cataluña por motivos personales, tras lo cual ella no pudo seguir haciendo frente a los créditos.

Además, la afectada también tuvo que solicitar más préstamos para pagar los iniciales, ya que la pensión no le permitía asumir sino los gastos más básicos, llegando a pedir varios microcréditos.

Desde Repara tu Deuda Abogados, el despacho especializado en la tramitación de la Ley de Segunda Oportunidad que ha llevado su caso, explican que el juzgado dictó el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho al apreciar la situación de crisis económica máxima en que se encontraba la cliente alcanzando el equilibrio con los acreedores.

Para cumplir con los requisitos exigidos para la aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad, disponible tanto para particulares como para autónomos, la afectada debía probar que el importe de la deuda no suponía más de 5 millones de euros, así como que había actuado de buena fe al adquirirla y que no había sido condenada por delitos socioeconómicos en los diez años anteriores.

Por otro lado, quienes no pueden acogerse a este mecanismo pueden buscar alternativas como la cancelación de tarjetas de crédito, tarjetas revolving, minicréditos, préstamos e hipotecas mediante el análisis de los contratos firmados con bancos y entidades financieras, detallan desde el despacho, para comprobar si existe una cláusula abusiva.

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