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Las leyes de amnistía pasadas no siempre consiguieron dar estabilidad a España y esta de la que se está hablando, tampoco

Las leyes de amnistía pasadas no siempre consiguieron dar estabilidad a España y esta de la que se está hablando,  tampoco
El prófugo Carles Puigdemont con la vicepresidenta del Gobierno en funciones, Yolanda Díaz, fotografiados en Bruselas recientemente en un encuentro en el que Díaz trató de conseguir de Puigdemont apoyara el gobierno de coalición con Pedro Sánchez y el PSOE a cambio de una ley de amnistía. El autor, Benito Salcedo Muñoz, general de División de la Guardia Civil, retirado, explica que las leyes de amnistía no siempre tuvieron buenos efectos en España. Foto: Agencias.
14/9/2023 06:30
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Actualizado: 14/9/2023 10:39
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Ha transcendido a través de los medios la posición del Gobierno de España favorable a una posible amnistía al anterior Gobierno Catalán perseguido por los delitos de sedición y malversación tras la declaración unilateral de independencia y la consulta popular promovida en otoño de 2017, amnistía que facilitaría el apoyo a la investidura del Presidente en curso tras las elecciones del 23 de julio.

También ha transcendido la conformidad velada de la otra parte a tal propuesta y la posibilidad de incorporarse a una mesa de diálogo bilateral para alcanzar un pacto sobre competencias y autogobierno al final del cual se consultaría a los catalanes el acuerdo obtenido que presumiblemente se incorporaría a su Estatut.

La amnistía se justificaría al parecer en una interpretación de los hechos que desembocaron en la declaración unilateral de independencia y el referéndum del 1-O que podría resumirse en la falta de diálogo del Gobierno de Madrid en los años anteriores a 2017 respecto a las peticiones de los Presidentes de la Generalitat sobre mejoras en la financiación y  autogobierno de Cataluña y su reconocimiento como nación, proposición incluida en la reforma del Estatut y rechazada en su momento por el Tribunal Constitucional, que habrían sido desoídas, lo que dio lugar a una posición enfrentada del Gobierno Catalán manifiestada en la declaración unilateral de independencia y la consulta popular posterior, hechos que a su vez fueron contestados por el Estado con la intervención de la autonomía de Cataluña en aplicación del art 155 CE y la persecución penal de los presuntos delitos cometidos.

RECONOCERÍA EL DESACIERTO DE LA GESTIÓN DEL GOBIERNO EN 2017

La amnistía vendría así a reconocer, según esta posición, el desacierto en la gestión política, gubernativa, judicial y policial por parte del Gobierno central en 2017, y a restablecer el diálogo con Cataluña, se cursaría con el beneplácito del TC mediante una proposición de ley del grupo socialista de cara a la investidura, y no vendría a ser sino una continuación de otras medidas ya emprendidas como la desaparición del delito de sedición, la dilución de la malversación, y los indultos a destacados dirigentes que participaron en aquellos, previas declaraciones de  abandono de la vía unilateral.

A diferencia del indulto, que consiste en el perdón individual de la condena por razones humanitarias o de equidad y es una figura extendida en los ordenamientos jurídicos y la práctica de los países, aunque no exenta de polémica en la liberalidad de su aplicación, la amnistía es el olvido colectivo de los delitos de carácter político al haber desaparecido las circunstancias que los provocaron y presumir que no se repetirán,  siendo una figura hoy de difícil encaje en los ordenamientos de los países democráticos.

A pesar de ello se está explorando esta posibilidad en un intento de cerrar, mediante una aventurada y audaz operación, las heridas abiertas y promover el entendimiento de Madrid con Cataluña, dando un paso más allá en la política de apaciguamiento iniciada durante la pasada legislatura tras haber obtenido un respaldo positivo en las elecciones de 23 de Julio en dicho territorio.

SI SE PRODUJERA LEGITIMARÍA LA REPETICIÓN DEL 1-O

El País Vasco por su parte, con delitos de sangre por medio, llevaría su propia hoja de ruta, optando por una mesa bilateral de diálogo que buscaría el reconocimiento a su nacionalidad, habiéndose ya producido beneficios penitenciarios sobre los terroristas condenados por crímenes cometidos durante la actividad de la banda terrorista ETA.

La amnistía de la que aquí hablamos supondría que se han producido errores gubernativos y judiciales con transfondo político determinantes de la apreciación, investigación, persecución y condena de los hechos considerados como delitos, lo que merecería una justificación que sería de difícil consecución, ya que se pondría en entredicho a la Justicia y el principio de legalidad democrática, y con ello el mismo orden constitucional.

Si se produjera, legitimaria la repetición de aquellos hechos, dejando al Estado sin defensa frente a nuevos intentos como el del 1-O.

En cuanto a las razones de conveniencia política, no cabe suponer una normalización a posteriori de la amnistía, debe haber una voluntad clara, un diálogo y un acuerdo previo, que justificaran una medida de gracia excepcional aceptada por una mayoría lo más amplia.  

LA LEY DE AMNISTÍA AL GENERAL SANJURJO, UN REFERENTE

Como antecedentes inmediatos cabe comentar la polémica ley de amnistía en 1934 por el Gobierno de la II República a los participantes en el intento de golpe de Estado del General Sanjurjo en agosto de 1932, y la de febrero de 1936, simple modificación de aquella,  que exoneraba los delitos políticos y sociales cometidos en el curso de la revolución socialista de octubre de 1934, amnistía que alcanzó al Presidente catalán Companys enjuiciado tras la proclamación del Estado Catalán de la República Federal española.

Más cercana y más consensuada, la amplia ley de amnistía de 1977 zanjaba la responsabilidad de los delitos políticos anteriores, cualquiera que fuese su resultado, que alcanzaba a todos los cometidos durante la guerra y también con posterioridad, incluyendo a miembros de ETA con delitos de sangre recientes.

Sin embargo, estas trascendentes medidas de gracia tomadas por los Gobiernos de uno y otro signo con el propósito de hacer cuenta nueva, promover la reconciliación y restablecer el orden social no siempre consiguieron dar la estabilidad y la paz deseadas a nuestra convivencia en todos los casos y fueron seguidas de una reiteración en los delitos perdonados.

El modelo territorial abierto de la CE en combinación con el modelo electoral proporcional de base provincial han facilitado la incorporación y la presencia de los nacionalismos periféricos en las Cortes Generales pero a la vez la formación de nuevas mayorías parlamentarias que han obtenido concesiones incrementales parciales y diferenciales a favor de ciertas Comunidades Autónomas a cambio de apoyos a la estabilidad de los Gobiernos generales, dando trasladado de la inestabilidad desde los ejecutivos al modelo territorial.

El camino para alcanzar la pretendida normalidad, si ha de redefinirse el modelo electoral o territorial, o rectificar o ampliar algún aspecto básico que regula nuestra convivencia, debería seguir los cauces legales previstos en la CE y alcanzarse mediante un consenso amplio que conjugara  la necesaria estabilidad y pluralidad con la conveniente flexibilidad de adaptación a las circunstancias y sensibilidades cambiantes.

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