Un abogado lleva al TC la resolución de una LAJ que le reduce de oficio las costas a más de la mitad
El abogado sevillano Jesús Manuel Martínez Nogales ha interpuesto el recurso de amparo ante el TC. Se ha creado un grupo de afectados en canales como WhatsApp que aglutina a un centenar de abogados de clientes perjudicados por las rebajas de costas por los LAJs en cláusulas abusivas bancarias.

Un abogado lleva al TC la resolución de una LAJ que le reduce de oficio las costas a más de la mitad

Ha ocurrido en el Juzgado 10 Bis de Sevilla, especializado en cláusulas abusivas
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20/9/2023 06:31
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Actualizado: 20/9/2023 10:27
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El abogado sevillano Jesús Manuel Martínez Nogales, del Despacho de abogados Guadalcanal, especializado en derecho bancario, ha interpuesto un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) contra un decreto de la Letrada de la Administración de Justicia (LAJ) del Juzgado de Primera Instancia número 10 Bis de Sevilla que le rebaja de oficio y sin impugnación de la contraparte (Caixabank) en mas del 50% la minuta que presentó para la tasación de costas a la que había sido favorecida en sentencia.

La minuta que presentó era de 2.662 euros (con el IVA incluido), y fue rebajada a 1.1126,85. Un 57%.

Indica que la tasación de costas que presentó en marzo de 2020 fue aprobada sin reparos por la LAJ.

Sin embargo, después, esta ha alegado como razón para dicha disminución de los honorarios del letrado dos motivos: “dada la menor complejidad de los asuntos y la litigación en masa”.

“Es decir, porque, a su juicio, el pleito es muy fácil de ganar y porque hay muchos procedimientos iguales en los juzgados”, apunta este letrado indignado con la argumentación recibida.

Jesús Manuel Martínez alega en el recurso vulneración de los artículos 9, 14, 24.1, y 51 de la Constitución. Denuncia que este decreto viola la normativa europea relativa a la Protección de Consumidores y Usuarios, el Principio Rogatorio propio de nuestra Jurisdicción Civil, la Carta Magna, la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) y toda la jurisprudencia europea y española respecto de la protección a los Consumidores y Usuarios.

Solicita al TC que declare la nulidad del decreto de la LAJ, de 12 de diciembre de 2022, y ordene al Juzgado que dicte nueva resolución ajustada a Derecho y “aprobando sin reparo la minuta de letrado presentada en su día para la tasación de costas”.

Esta resolución de la LAJ, según denuncia este letrado, aminora la minuta “basándose en motivos que no son jurídicos, sino arbitrarios, y con los que se benefician las entidades financieras, que en definitiva, ven mucho mejor pleitear hasta el final las reclamaciones de sus clientes en relación a las cláusulas suelo, demorando hasta siete años la entrega del dinero que les corresponden a estos consumidores y usuarios, y contraviniendo con ello toda la normativa y jurisprudencia relativa a Consumidores y Usuarios europea y nacional”.

En el recurso adjunta el recurso de alzada interpuesto por el decano del Colegio de Abogados de Sevilla (ICAS), Óscar Fernández León, frente al acuerdo adoptado el pasado mes de enero por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía tomando en conocimiento el acta de la Junta Sectorial de Jueces de Primera Instancia de Sevilla por la que se aprueba la limitación de las costas en relación a los honorarios de abogados devengados como consecuencia de la estimación de la demanda contra las entidades bancarias en procedimientos de contratación de préstamos hipotecarios. El decano solicitó que se declarara nulo.

Como informó Confilegal el pasado mes de julio, el también abogado sevillano Francisco Cejas Tarapiella interpuso un recurso pionero ante el órgano de garantías para acabar con la reducción del coste económico que deben soportar los bancos por mala praxis.

En aquel caso, también la LAJ de este juzgado -de Primera Instancia número 10 bis de Sevilla- le redujo de oficio, y sin impugnación de la contraparte, en más del 50% la minuta de honorarios que presentó para la tasación de costas a la que había sido favorecida en sentencia. 

SE HA CREADO UN GRUPO DE AFECTADOS

Se ha creado un grupo de afectados en canales como WhatsApp que aglutina a un centenar de abogados de clientes perjudicados por las rebajas de costas por los LAJs en cláusulas abusivas bancarias. 

“Las costas son de los justiciables, y si reducen, al final el ciudadano se ve abocado a tener que gastarse dinero en abogados para reclamar lo que es suyo”, declara a Confilegal el también abogado sevillano Daniel Sánchez Bernal, conocido por su lucha contra la justicia tardía, que es miembro de este grupo de afectados, al igual que Jesús Manuel Martínez.

Sánchez Bernal es el letrado de la famosa sentencia del pasado 10 de octubre del Tribunal Constitucional, sobre un juicio fijado para junio de 2024, tachando de “intolerables” las dilaciones indebidas.

Daniel Sánchez Bernal llama a la unión de todos los operadores jurídicos para poner solución a los males de la Justicia.

LO QUE ALEGA JESÚS MANUEL MARTÍNEZ EN SU RECURSO

Jesús Manuel Martínez manifiesta que con la tasación de costas recurrida “se da a entender, en cierto modo, que la culpa de la existencia del gran número de procesos se debe a la voluntad de los letrados, y que éstos, por ese motivo, están encontrando una vía para ‘enriquecerse injustamente’, razón por la que ‘se merecen’, un recorte en sus honorarios”.

Destaca que en contraposición con ello, es un hecho notorio el gran volumen de beneficios obtenido por el sector bancario durante el ejercicio 2022, así como que la decisión de “forzar” o “continuar” con los procesos se debe a la voluntad de las entidades.

Este letrado extrae varias conclusiones de esta situación. 

La primera es que “al reducir los importes de las tasaciones de costas, el principal e inmediato perjudicado es el cliente-consumidor”, aunque apunta que a corto plazo también puede afectar al mercado y a la profesión letrada, que “se verá abocada a una rebaja constante y disuadirá la contratación de profesionales con experiencia”.

En segundo lugar, señala que ha de estarse al “caso por caso”.

En tercer lugar, indica que “la reiteración de procedimientos está causada precisamente por la defensa del ‘caso por caso’ -aunque se interpusieran demandas conjuntas contra una misma entidad, los jueces tendrían que resolver individualmente cada una de ellas, de cada demandante, como si aquéllos hubieran demandado cada uno por separado-, lo cual es una contradicción con la alegación efectuada en el acuerdo recurrido de tratarse de un ‘pleito masa’”.

También pone de manifiesto que se ha de dignificar la profesión de los abogados y crear conciencia sobre el respeto al trabajo realizado por los mismos. “El letrado cobra por su experiencia y saber hacer, y asume una gran responsabilidad en los asuntos con sus clientes, hasta tal punto que el letrado del siglo XXI está llamado a especializarse en determinadas materias, por la complejidad de las mismas”, expone.

Asimismo, afirma que tampoco se debe “penalizar” y “castigar” la especialización de los abogados, ni colegir que la culpa del número de procedimientos es de los letrados que asisten al cliente-consumidor, “cuando la realidad es que la gran mayoría de estos procesos podrían haberse evitado si las entidades de crédito hubiesen aceptado reconocer y asumir la culpa en la nulidad de las cláusulas abusivas insertadas en sus contratos”.

En conclusión, sostiene que el hecho de que las entidades financieras esperen hasta que les llega la demanda o esperar a la audiencia previa para allanarse o que recurran durante años hasta llegar al Tribunal Supremo para después desistirse es “una aberración jurídica”.

Considera de vital trascendencia que se corrija aplicando toda la normativa protectora de los consumidores y usuarios, empezando por la Constitución, y especialmente la condena en costas de la que se habla en la exposición de motivos del Real Decreto 1/2017 “para que un consumidor no tenga que esperar 8 años de media para ver reconocido su derecho, como actualmente pasa en el Juzgado 10 Bis de Sevilla”.

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