La donación de gametos y preembriones está regulada en la Ley 14/2006 de 26 de mayo sobre técnicas de reproducción humana asistida. Sobre estas líneas Damián Vázquez.

Damián Vázquez, abogado sanitario: “Los anuncios que incitan a donar óvulos necesitan autorización de Sanidad”

22 / 09 / 2023 06:30

Durante este verano se ha podido escuchar en la radio anuncios publicitarios que incitan a las mujeres a donar óvulos. Y a pesar de que es un asunto médico, lo cierto es que es legal siempre y cuando la clínica haya pedido autorización a Sanidad, los cuales tendrán que valor y calificar la campaña de adecuada y ética.  

Según ha explicado el abogado experto en derecho sanitario Damián Vázquez, de Vázquez Abogados y letrado que forma parte del equipo jurídico de El Defensor del Paciente, “en nigún caso sería legal sin dicha autorización”, por lo que las clínicas “podrían enfrentarse a sanciones graves con multas muy elevadas” e incluso, en casos de reincidencia, podrían llevar al cierre del centro de fertilidad.

Se llegó a abrir una investigación contra un centro de fertilidad de Barcelona porque el eslogan del anuncio era: “Eres joven y los tienes a miles, hazte donante de óvulos”. El mensaje iba acompañada de la fotografía de una mujer con un tatuaje y un piercing en el ombligo y la campaña no se consideró muy ética. 

Este tipo de anuncios, que también se distribuyen por redes sociales, pretenden captar tanto posibles donantes como a parejas o personas que tengan problemas de fertilidad. El perfil del donante, tal y como ha relatado el letrado, es de una mujer joven que necesita unos ingresos adicionales. Deben tener más de 18 años, buen estado de salud psicofísica y plena capacidad de obrar.

La donación de gametos y preembriones está regulada en la Ley 14/2006 de 26 de mayo sobre técnicas de reproducción humana asistida. En su artículo 5 establece que es un contrato gratuito, formal y confidencial concertado entre el donante y el centro autorizado. 

Aunque la donación es altruista, reciben una compensación económica

Ahora bien, aunque la donación sea altruista, “reciben una compensación económica para sufragar gastos originados como, por ejemplo, el transporte, la pérdida de días de trabajo por asuntos propios o la baja voluntaria durante el proceso de donación”, ha señalado Vázquez.

Por este motivo se pueden observar campañas publicitarias con mensajes como “Hazte donante de óvulos. Tu generosidad se verá recompensada”. Aunque eso sí, esa “compensación” no puede exceder de unos valores límite establecidos por la ley para evitar que exista un mercado y una competencia feroz entre centros a la hora de captar donantes.

Aquí no vale el “dona en nuestro centro que yo te pago más”, ha comentado el letrado. Esta compensación económica oscila entre los 800 y 1.000 euros en el caso de las donantes de óvulos y de 30 a 50 euros por cada muestra de semen en los donantes masculinos.

Asimismo, es obligatorio informar tanto verbalmente como por escrito a través de un consentimiento de los riesgos que hay en las donaciones de óvulos donde expliquen las posibles complicaciones. Si no informa, la clínica estaría cometiendo una ilegalidad porque podría suponer responsabilidades civiles y la exigencia de una indemnización de daños y perjuicios. 

El letrado ha señalado que desde su despacho han gestionado casos de reclamaciones por problemas derivados de secuelas o mal praxis médica aunque generalmente es un procedimiento reglado, realizado siempre por facultativos especializados y con un consentimiento informado completo que ampararía posibles responsabilidades.

El número de descendientes exitosos está regulado

Otro dato a tener en cuenta es el límite de descendientes exitosos que puedes tener. Por ejemplo, en Holanda, es de un máximo de 25, pero en cambio, la ley española establece un límite de seis hijos nacidos vivos, tanto para donantes de espera como de óvulos. 

Justo en este país, en Holanda, un hombre de 41 años fue demandado por la fundación Donorkind -que facilita el encuentro de los hijos y hermanos nacidos mediante esta práctica- por no respetar el máximo de 25 hijos nacidos. 

Se le atribuyeron 550, por lo que solicitaron a los jueces medidas cautelares para que se le impidiese hacer más, así como la destrucción de las muestras que ya estuviesen almacenadas. El hombre alegó que impedirle donar sería “un intento de castración jurídica”. 

“Eso no se puede permitir bajo ningún concepto y menos en España”, concluye Vázquez. 

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