Muprespa, condenada a pagar 49.000 euros a un padre con reducción de jornada para cuidar a su hijo menor enfermo 
Su hijo de 7 años tenía una enfermedad grave llamada diabetes mellitus tipo 1.

Muprespa, condenada a pagar 49.000 euros a un padre con reducción de jornada para cuidar a su hijo menor enfermo 

22 / 09 / 2023 06:30

Actualizado el 27 / 10 / 2023 11:28

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El titular del Juzgado de lo Social Nº18 de Valencia ha condenado a la Mutua Fraternidad Muprespa a pagar una prestación de 48.800 euros a un padre que se redujo la jornada en un 50% para cuidar de su hijo de 7 años con una enfermedad grave llamada diabetes mellitus tipo 1 para cuidarlo de forma permanente. 

Según ha explicado a Confilegal el letrado que ha ganado el caso, Andrés Gil Sanchís, este cálculo se corresponde con el 50% de su base reguladora, multiplicado por los 24 meses que han pasado desde que solicitó la prestación en septiembre de 2021 hasta que se ha dictado la sentencia 203/2023 de 11 de septiembre.

El padre aportó toda la documentación necesaria para que le concediesen tal prestación. Entregó su reducción de jornada y la declaración del Facultativo del Servicio Público de Salud responsable de la asistencia médica del menor. En ella explicaba que su hijo necesitaba un cuidado directo, permanente y continuo en el tratamiento con insulina.

El menor ingresó en agosto de 2020 en el Servicio de Pediatría del Hospital 9 de Octubre y allí le diagnosticaron la enfermedad. Le dieron de alta una semana después y le pautaron 32 inyecciones de insulina distribuidas en 5 a lo largo del día. Tenía que pincharse en el desayuno, comida, merienda, cena y noche. También tenía que llevar un control diario alimenticio por raciones de hidratos de carbono. 

Y aunque en un momento determinado mejoró un poco, actualmente las necesidades de insulina son entre  27 y 28 diarias.

Andrés Gil Sánchez, abogado que ha llevado el caso.

La solicitud fue denegada. La Mutua consideró que «no se apreciaba la concurrencia del requisito de la necesidad de un cuidado directo, continuo y permanente que justifique como causa de la reducción de jornada y consiguiente pérdida de ingresos el abono de la prestación”.

Pero para la magistrada sí hay motivos suficientes para concederle tal prestación porque aunque durante un tiempo su enfermedad precisó de una disminución de insulina, lo cierto es que luego volvió a aumentar. 

«Ha sido un caso complejo»

Para Gil Sánchez ha sido un caso complejo que ha requerido mucha implicación profesional y personal. «Es una prestación relativamente poco conocida vinculada a que el menor padezca una enfermedad grave y, además, que requiera una necesidad de cuidado directo, continuo y permanente del menor”.

La familia presentó la solicitud con ayuda de una asociación, pero tras denegársela, contactaron con él.

«Como abogado tengo poca idea de medicina, así que he tenido que informarme por mis propios medios y he necesitado un gran esfuerzo de la familia para entender en qué consiste la enfermedad y el tratamiento, la complejidad de sus pautas, la variabilidad de la enfermedad en un menor en pleno crecimiento y las posibles consecuencias de que no lo siga correctamente».

«A medida que fui comprendiendo la gravedad de la enfermedad y la verdadera necesidad de cuidado directo, continuo y permanente en un menor de 7 años en estas condiciones, me dio la sensación que la Mutua estaba tratando principalmente de dilatar el procedimiento para ver si la familia se cansaba y no continuaba reclamando para evitar así el reconocimiento de una prestación que claramente cumplía con los requisitos legales», ha explicado.

Asimismo, ha relatado que la implicación de la familia ha sido admirable y ello ha hecho que el esfuerzo mereciese la pena. «Fue increíble su alegría cuando les comuniqué la sentencia y que habíamos ganado».

La sentencia todavía no es firme y desconocen si recurrirán, pero tienen toda la confianza en que tienen la razón y en que podrán defender un posible recurso de suplicación.

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