EncroChat: La Fiscalía puede emitir la orden europea de investigación, pero no examinar la legalidad de las pruebas, concluye la abogada general del TJUE
No son vinculantes, pero los tribunales de este órgano judicial europeo, con sede en Luxemburgo, suelen seguirlas en el 67% de los casos. 

EncroChat: La Fiscalía puede emitir la orden europea de investigación, pero no examinar la legalidad de las pruebas, concluye la abogada general del TJUE

La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Tamara Ćapeta ha presentado hoy sus conclusiones sobre el caso EncroChat
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26/10/2023 11:52
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Actualizado: 26/10/2023 13:19
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Un fiscal puede emitir una orden europea de investigación para el traslado de pruebas que ya se hayan obtenido en otro Estado miembro, según la abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Tamara Ćapeta, de Croacia.

Señala que así debe ser cuando el Derecho nacional de ese fiscal permita a este ordenar un traslado en un caso interno similar. 

En tal supuesto, manifiesta que la autoridad que emite una orden europea de investigación no puede examinar la legalidad de la obtención de esas pruebas en el Estado miembro de ejecución.

Estas son sus principales conclusiones a una cuestión prejudicial elevada al TJUE por el Tribunal Regional de lo Civil y Penal de Berlín, de Alemania -‘Landgericht Berlin’- en octubre de 2022.

Es el asunto asunto C-670/22 (EncroChat).

Los abogados generales del TJUE tienen la función de emitir una opinión jurídica neutral, en forma de conclusiones, que puedan ayudar al tribunal del caso.

No son vinculantes, si bien los tribunales de este órgano judicial europeo suelen seguirlas en el 67% de los casos. 

EL CASO, AL DETALLE

EncroChat era una red de telecomunicaciones encriptada que ofrecía a sus usuarios un anonimato casi perfecto. Este sistema de comunicación fue utilizado por diferentes organizaciones criminales.

El terminal no tenía cámara, micrófono, GPS o puerto USB. Los mensajes podían eliminarse automáticamente y los usuarios podían borrar inmediatamente todos los datos almacenados en el aparato utilizando un código PIN especial o tecleando de manera consecutiva una contraseña incorrecta. 

Una operación conjunta de Francia y los Países Bajos desarrolló un software troyano que se instaló en los aparatos a través de una actualización simulada. 

Esa intervención de las telecomunicaciones afectó a usuarios de EncroChat en 122 países, entre ellos a unos 4.600 en Alemania. 

Una Fiscalía alemana emitió diversas órdenes europeas de investigación en las que solicitaba la utilización de los datos intervenidos en el marco de procesos penales en relación con la presunta comisión de tráfico ilegal de estupefacientes por parte de una serie de personas no identificadas de las que se sospechaba que formaban parte de un grupo criminal organizado. 

Un tribunal penal francés autorizó las órdenes europeas de investigación y trasladó los datos solicitados. A continuación, la fiscalía alemana llevó a cabo una investigación sobre los usuarios de EncroChat individualmente considerados. 

El proceso penal contra el acusado se abrió sobre la base de las pruebas recibidas de Francia. 

Las impugnaciones de las condenas penales derivadas de los datos intervenidos en EncroChat están generando controversia en los más altos tribunales de Europa.

El tribunal regional alemán ante el que se está siguiendo este proceso penal ha preguntado al TJUE si se infringió la Directiva relativa a la orden europea de investigación en materia penal al emitir las mencionadas órdenes (Directiva 2014/41/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014).

LAS CONCLUSIONES DE TAMARA ĆAPETA 

La abogada general Tamara Ćapeta recuerda que la orden europea de investigación sólo puede emitirse si la medida de investigación que entraña podría haberse dictado en las mismas condiciones en un caso interno similar. 

En el presente asunto, un caso interno similar es aquel en el que se trasladan pruebas de un proceso penal a otro dentro de Alemania. 

Como la Directiva permite a un fiscal que sea competente en un caso determinado emitir una orden europea de investigación y el Derecho alemán no parece exigir que un traslado interno similar haya de ser autorizado por un tribunal, la abogada general considera que, en este caso, la Fiscalía alemana estaba facultada para emitir las órdenes europeas de investigación. 

Es decir, que el Derecho de la Unión no exige que esas órdenes sean emitidas por un juez. 

Asimismo, considera que habida cuenta de que la intervención de las telecomunicaciones fue autorizada por los tribunales franceses, las autoridades alemanas deben atribuir a dicha actuación procesal el mismo valor que le atribuirían a nivel interno. 

Ello es así aun cuando, en un caso determinado, un tribunal alemán tomaría otra decisión. 

Por último, declara que la admisibilidad de las pruebas recibidas que pudieran violar el Derecho de la Unión no se rige por este Derecho, sino por el Derecho nacional, dentro del respeto de los derechos fundamentales garantizados por el ordenamiento jurídico de la Unión.

La figura del abogado general no existe en el ordenamiento jurídico español. Tiene su origen en el francés y fue adoptado en sus orígenes por el TJUE.

En total son diez abogados generales los que tiene el TJUE. Su jefe es el polaco Maciej Szpunar.

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