Patada en la puerta
El grupo de 6 agentes se abrió paso al interior de la vivienda utilizando un ariete. Foto: Cadena Ser.

No culpables los dos policías que derribaron la puerta de una casa durante la pandemia, concluye por unanimidad el jurado popular

29 / 11 / 2023 21:03

Actualizado el 29 / 11 / 2023 21:08

Los 9 miembros del jurado popular que han venido enjuiciando a los dos mandos que ordenaron tirar la puerta de una vivienda privada, donde se estaba celebrando una fiesta durante la pandemia, han concluido por unanimidad, en su veredicto, que no cometieron ningún delito.

El magistrado presidente, con esta base, tendrá terminada la sentencia absolutoria pasado la festividad de la Constitución pasado el 6 de diciembre próximo.

Los jurados legos entendieron que la entrada violenta de los policías en el piso de Lagasca, ocurrida el 21 de marzo de 2021, fue ajustada a derecho porque se estaba infringiendo la normativa antiCovid, que prohibía reuniones de este tipo en viviendas.

«El jurado ha entendido, como se ha podido comprobar en las 25 respuestas que conformaron el objeto del veredicto, que se estaba produciendo un delito flagrante por desobediencia grave a la autoridad en su interior y que, por lo tanto, se podía entrar. En su interior había 14 personas. Se negaron hasta en 28 ocasiones a abrir la puerta para identificarse. Los agentes actuaron en consecuencia. Es lo que ha entendido con toda claridad el tribunal del jurado», explica el abogado de los policías, el exfiscal Juan Antonio Frago.

«Lo que estaba en peligro era un bien mayor, la salud pública. Por lo tanto, su intervención estaba justificada», añade. Frago confiesa que está feliz con este desenlace.

Juan Gonzalo Ospina, que ejerció la acusación particular, ha felicitado a Frago a través de Twitter pero ha avanzado que recurrirá la sentencia.

«A mi entender, habría que replantearse la competencia de los delitos del tribunal del jurado. Lo que ha estado en juego en este caso es el derecho constitucional a que la morada sea el castillo del ciudadano al que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado no pueden acceder sin permiso del morador, sin una orden judicial y sin que se esté cometiendo un delito flagrante. Y no se daba ninguna de esas condiciones. El jurado popular no ha entendido lo que estaba en juego», ha afirmado Ospina.

«Desde ya anuncio que vamos a recurrir en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid», ha apostillado.

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