De expulsado a refugiado: un delincuente ucraniano es ahora protegido por España desde la cárcel de Picassent
Un ucraniano encarcelado en Picassent ahora quiere ser un refugiado en España.

De expulsado a refugiado: un delincuente ucraniano es ahora protegido por España desde la cárcel de Picassent

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12/12/2023 06:30
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Actualizado: 11/12/2023 20:12
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La guerra de Ucrania sigue especialmente activa desde el 24 de febrero de 2022, hace casi dos años. Una guerra que ahora ha sido aprovechada por un ucraniano condenado en España para evitar ser repatriado a su país de origen. Algo que parece haber conseguido gracias a la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

El 28 de diciembre de 2018, la Delegación del Gobierno en Valencia tomaba la decisión de expulsar a «don Maximino» (nombre ficticio), nacional de Ucrania, del país, con la consiguiente prohibición de entrada en España por un período de cinco años.

Una decisión que venía sujeta a la Ley 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los Extranjeros en España (LOEx).

Y es que el ucraniano se encontraba de forma irregular en el país, así como cumpliendo pena de prisión de 2 años y 9 meses «por robo con violencia y con dos condenas firmes anteriores, ambas por robo».

Decisión de la Delegación valenciana que era confirmada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº6 de Valencia, en la sentencia nª7/2020, que desestimaba el recurso interpuesto por el ucraniano.

Desestimación que volvía a producirse en la sentencia 634/2020 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, Sala Primera, tramitándose con el número 281/2020.

«Dos resoluciones judiciales dictadas, tanto en primera instancia como en apelación, que vinieron a confirmar la resolución del 28 de diciembre de 2018 por la que se acordaba la expulsión del territorio nacional de ‘don Maximino’, nacional de Ucrania, con la consiguiente prohibición de entrada en España por un periodo de cinco años por estancia irregular», dicta la resolución 1534/2023 de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

Un procedimiento que no sólo anula las decisiones previas, sino que ahora contempla al delincuente ucraniano, preso en la cárcel de Picassent, como un refugiado del conflicto armado en Ucrania.

El delincuente, ahora un refugiado ucraniano gracias al TS

Así pues, el delincuente ucraniano no dudaba en buscar la no-salida de España, aprovechando el conflicto armado en Ucrania a su favor. Algo que conseguía en la sala dirigida por los magistrados D. Carlos Lesmes Serrano, D. Wenceslao Francisco Olea Godoy, D. Ángel Ramón Arozamena Laso, D. Fernando Román García y D.ª Ángeles Huet De Sande.

«La expulsión sería contraria e incompatible a la protección temporal establecida para los ucranianos a raíz del hecho notorio de la situación de conflicto armado y de invasión de Ucrania por parte del ejército ruso» destacaba el razonamiento del recurrente.

Según sus explicaciones, la sentencia que acordaba su expulsión del territorio nacional entraba en conflicto con la Orden PCM7170/2022 de 9 de marzo, por la que se amplia la protección temporal otorgada a los afectados por el conflicto ucraniano.

Unas explicaciones que no servían al Abogado del Estado, que alegaba que el otorgamiento de esta protección era una «pretensión nueva» del recurrente. «Las sentencias de instancia fueron dictadas con anterioridad a la aprobación de esta orden» señalaba el representante de la Administración.

Alegaciones en las que, además, se incluían las excepciones dictaminadas por la Directiva 2001/55/CE, artículo 28.1.

«Los Estados miembros podrán excluir a una persona de la protección temporal siempre que existan razones fundadas para considerar que la persona en cuestión representa un peligro para la seguridad del Estado miembro de acogida» destaca el artículo.

Algo que no ha servido para que el Tribunal Supremo no reconozca que las condiciones del país de origen del delincuente ucraniano «hayan cambiado».

Un cambio, marcado por la guerra, que hace que ahora «don Maximino» pueda acogerse al plan de refugiados, a pesar de haber sido condenado a la expulsión del país en 2018.

«En definitiva, en ‘don Maximino’ se dan las circunstancias exigidas en la normativa expuesta para que se pueda acoger al principio de no devolución derivado del régimen de protección temporal declarado en toda la Unión Europea» asegura el alto tribunal.

Una decisión que anula la expulsión del país del ucraniano, a pesar de su historial con la Justicia, y su estancia en la cárcel de Picassent. «Se anula la resolución de 28 de diciembre […] por la que se había acordado la expulsión del recurrente» destaca el fallo del Supremo.

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