La sentencia del Juzgado Social n.º 4 de Toledo reconoce al demandante su derecho a recibir retroactivamente el complemento de maternidad.

Un jubilado de Toledo recupera casi 27.000€ del complemento por maternidad e indemnización

29 / 01 / 2024 12:54

Actualizado el 29 / 01 / 2024 17:28

Un jubilado de Toledo ha visto reconocido su derecho al complemento de maternidad en su pensión desde el 14 de octubre de 2016, a pesar de los obstáculos planteados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que inicialmente denegó la solicitud en la vía administrativa y se opuso en todo momento, alegando prescripción.

La sentencia del Juzgado Social n.º 4 de Toledo reconoce al demandante su derecho a recibir retroactivamente el complemento de maternidad, según lo establecido en el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).

La resolución también aborda la solicitud de indemnización, basada en la reciente Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (STJUE) del 14 de septiembre de 2023. El tribunal determina que ha habido discriminación por parte del INSS al denegar el complemento, con una indemnización de 1.800€, siguiendo los parámetros establecidos por el Tribunal Supremo.

El pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo en sentencia de 30 de mayo de 2022, recurso 3192/2021 fijó la doctrina de que los efectos económicos del complemento de maternidad habían de reconocerse a los interesados desde la fecha del hecho causante de la pensión complementada. A partir de esa sentencia la mayor parte de las sentencias judiciales han reconocido el derecho con tales efectos económicos.

Además, el fallo destaca que el complemento es imprescriptible, según el artículo 212 de la LGSS.

La sentencia argumenta que si el complemento de maternidad ha venido siendo reconocido a las mujeres por el INSS en la misma resolución en que reconoce la pensión, sin necesidad de una nueva solicitud, no hay motivo para aplicar a los hombres que reúnen los mismos requisitos un criterio de tramitación diferente obligándoles a solicitar el complemento.

El importe total que recibirá este jubilado toledano asciende a aproximadamente 26.922,48€, incluyendo la retroactividad total calculada desde el acceso a la pensión hasta la fecha de efectos de la sentencia, y la indemnización por discriminación. Esta victoria también implica una revalorización vitalicia del 10% en su pensión, ya que tiene tres hijos.

Tara Davari, directora de Unive Abogados Madrid y desde donde se ha gestionado el caso, subraya que esta sentencia es «un logro histórico para aquellos que buscan proteger sus derechos y subrayando su relevancia en la aplicación de la reciente doctrina europea». Igualmente, Davari señala que, en la actualidad, «solo aquellos que toman la iniciativa de presentar reclamaciones tienen verdaderas posibilidades de obtener tanto el complemento como una indemnización por discriminación».

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