TJUE
El tribunal de Luxemburgo precisa con esta sentencia el matiz que permite esta actividad económica. Foto: TJUE.

El TJUE define las condiciones para la venta a distancia de medicamentos sin receta

29 / 02 / 2024 13:22

Actualizado el 04 / 03 / 2024 11:19

Los sitios de Internet cuya actividad sea la de poner en contacto a farmacéuticos y clientes para la venta «online» de medicamentos sin receta pueden operar porque encajan en la categoría de «servicio de la sociedad de la información», contemplada en el derecho de la Unión, según la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) C-606/21.

En el fallo se aclara que si el proveedor del servicio no es un farmacéutico y se considera que vende medicamentos directamente, el Estado miembro puede prohibir dicho servicio.

Sin embargo, si el servicio se limita a conectar a vendedores (farmacéuticos) y clientes sin participar directamente en la venta, los Estados miembros no pueden prohibirlo con el argumento de que el proveedor participa en el comercio electrónico sin ser farmacéutico.

La sentencia clarifica que, aunque los Estados miembros tienen la autoridad para determinar quién está calificado para vender medicamentos sin receta a distancia, también deben asegurar que estos productos estén disponibles para el público a través de servicios de la sociedad de la información.

Por lo tanto, los Estados no pueden prohibir estos servicios cuando se refieren a medicamentos sin receta.

El TJUE responde así a la cuestión prejudicial elevada por el Tribunal de Apelación de Versalles, Francia.

Tiene su origen en la demanda interpuesta por la Union Des Groupements de Pharmaciens d’Officine –Unión de Agrupaciones de Oficinas Farmacéuticas– (UDGPO).

Esta asociación impugnó la legalidad de la mercantil Doctipharma –que ahora ha cambiado su nombre a DocMorris–, la cual gestiona un sitio de Internet en el que, hasta 2016, era posible comprar productos farmacéuticos y medicamentos «online» sin receta médica en las oficinas de farmacia.

docmorris
Doctipharma cambió su nombre a docmorris.

De acuerdo con la UDGPO, el servicio prestado por Doctipharma a través de su sitio de Internet implicaba la participación de esta última en el comercio electrónico de medicamentos y era, por ello, contrario a la legislación nacional que prohíbe la venta de medicamentos por personas que no tengan la condición de farmacéutico, por lo que solicitaba su cierre.

Doctipharma pone a disposición los productos mediante un catálogo pre-registrado sobre el que el cliente selecciona los medicamentos y su pedido se transmite seguidamente a las farmacias cuyo sitio de Internet alberga Doctipharma.

El pago del precio de compra se hacía mediante un sistema de pago único, común a todas las farmacias, desde una cuenta específica.

Noticias relacionadas:

Europa avala que se publique el nombre de los deportistas «cazados» dando positivo en dopaje

El Supremo reconoce el derecho de indemnización por abuso de la temporalidad en el sector público

El Supremo rechaza plantear una cuestión prejudicial al TJUE sobre la regularización extraordinaria de migrantes

El Supremo propone consultar al TJUE sobre la regularización extraordinaria de migrantes del Gobierno

El TJUE se pronunciará sobre la Ley de Amnistía en sus dos primeras sentencias el 16 de julio

Sanidad pone fin al cúter en las farmacias: se implantará un sistema digital para acabar con el cupón de los medicamentos

Lo último en Tribunales

RACC

El Supremo anula la reducción unilateral del teletrabajo a los empleados con discapacidad del Real Automòbil Club de Catalunya

Problemas vecinales: no se pueden pintar las líneas del parking de la comunidad al ocupar superficie común 

Un parking, sancionado con 150.000€ por negarse a dar las imágenes a un cliente después que le rayaran el coche

Leire Díez y Boye

El coronel de la Guardia Civil purgado por investigar el ‘lazo’ Puigdemont-Putin se persona contra Leire Díez

CRistóbal Montoro

Caso Equipo Económico: ocho años de instrucción, secreto del sumario prorrogado 83 veces y un informe de la UCO oculto que exculpaba al despacho

Cuatro claves para entender la reforma de la Ley de Segunda Oportunidad

Arriaga Asociados logra la exoneración máxima de una deuda con la Seguridad Social bajo la Ley de Segunda Oportunidad