La AEDAF señala algunas de las novedades para la declaración de la renta que comienza mañana
La campaña de la renta se inicia el miércoles 3 de abril y termina el lunes 1 de julio de 2024. Foto: Confilegal

La AEDAF señala algunas de las novedades para la declaración de la renta que comienza mañana

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02/4/2024 13:42
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Actualizado: 02/4/2024 13:43
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La Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), destaca varias actualizaciones importantes destinadas a beneficiar a los contribuyentes, incluidas modificaciones específicas para facilitar la correcta presentación de la declaración de la renta que se inicia mañana.

Entre los cambios más notorios se incluyen incentivos fiscales destinados a promover la sostenibilidad ambiental, tales como deducciones aplicables a la compra de vehículos nuevos y eléctricos, así como a la instalación de infraestructuras para estos.

Las familias también se verán favorecidas gracias a un incremento en las deducciones por paternidad.

Otro ajuste significativo es el aumento de la deducción por kilómetro en el cálculo de dietas para desplazamientos, que pasa de 0,19 a 0,26 euros por kilómetro. Además, se eximirán de impuestos los gastos justificados de peaje y aparcamiento.

Principales novedades

Entre las novedades más destacadas, se menciona el incremento del mínimo para la obligación de presentar la declaración de IRPF, las exenciones y reducciones específicas en varios ámbitos como el trabajo, las actividades económicas, y los regímenes especiales.

Además, se incluyen cambios en las deducciones por maternidad, inversión en empresas de nueva creación, y por la adquisición de vehículos eléctricos, así como ajustes en el régimen fiscal especial de las Islas Baleares.

Cambios en el IRPF

En el ejercicio fiscal 2023, se han introducido cambios significativos en las condiciones que determinan la obligación de declarar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), según la Ley de Presupuestos del Estado.

Ahora, aquellos que hayan recibido ingresos superiores a 15.000 euros de dos o más fuentes de pago deben presentar la declaración, siempre que el ingreso del segundo pagador y los siguientes sumen más de 1.500 euros.

Esta cifra ha visto un aumento desde el umbral de 14.000 euros establecido en 2022 para situaciones similares.

Por regla general, deben presentar la declaración todos los que perciban ingresos sujetos al IRPF.

Sin embargo, existen excepciones específicas para quienes reciban ingresos exclusivamente de ciertas fuentes, con límites establecidos en 22.000 euros anuales para ingresos de un solo pagador o múltiples pagadores, siempre que el segundo y subsiguientes no superen los 1.500 euros en total.

Este límite se reduce a 15.000 euros en casos donde los ingresos provienen de múltiples fuentes y el segundo pagador y siguientes superan los 1.500 euros, entre otras situaciones particulares como recibir pensiones compensatorias o rendimientos del trabajo no sujetos a retención.

Además, quienes obtengan hasta 1.600 euros anuales en rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales sujetas a retención están también exentos de declarar, con ciertas excepciones específicas para ganancias derivadas de la venta o reembolso de acciones o participaciones en fondos de inversión.

Ingreso Mínimo Vital

Según señala la AEDAF, también estarán obligadas a presentar declaración las personas titulares del ingreso mínimo vital regulado en el Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo y las personas integrantes de la unidad de convivencia, de acuerdo con el artículo 33.1.f) y 2.c) del mencionado Real Decreto-ley 20/2020, y desde 1 de enero de 2023 los contribuyentes que obtengan rendimientos de actividades económicas.

Plazos y fechas clave

Se destaca la importancia de los plazos, fechas clave para la presentación de declaraciones, y se proporciona información detallada sobre las novedades y modificaciones introducidas en la legislación fiscal que afectan al IRPF, incluidas las obligaciones de declaración, las reducciones por obtención de rendimientos del trabajo, los regímenes especiales, y las deducciones disponibles para los contribuyentes.

La campaña se inicia el miércoles 3 de abril y termina el lunes 1 de julio de 2024.

En el caso que se domicilie el pago la declaración debe presentarse hasta el miércoles 26 de junio.

12 de marzo. Posibilidad de solicitar el número de referencia.

19 de marzo. Se podrá acceder a los datos fiscales y App. También se incluirá la información sobre el reintegro de la primera ayuda de 200 euros.

3 de abril. Empieza la campaña de la Renta. Se podrán presentar las declaraciones por internet, a través de Renta Web o de la app móvil, con DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia.

29 de abril. Inicio de solicitud de la cita previa para atención telefónica y presencial.

7 de mayo. Inicio de asistencia para la confección y presentación telefónica. Incluye la asistencia personal por video asistencia a mayores de 65 años.

25 de mayo. Inicio de solicitud de cita previa para atención presencial.

3 de junio. Inicio de asistencia presencial para la confección y presentación en las oficinas de la AEAT.

26 de junio. Termina el plazo de presentación para las declaraciones con resultado a ingresar que quieran domiciliarse.

El documento de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), también recuerda otros aspectos importantes a tener en cuenta para la declaración del IRPF de 2023, tales como las rentas exentas, los rendimientos del trabajo y del capital inmobiliario y mobiliario, además de las ganancias y pérdidas patrimoniales.

El documento, recoge sirve de guía esencial para contribuyentes y asesores fiscales en la preparación de la declaración del IRPF de 2023, destacando la importancia de estar al tanto de las modificaciones legislativas y sus implicaciones en la declaración de impuestos.

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