«Pablo Escobar» no puede ser registrado como marca: así lo ha determinado la Justicia europea
El tribunal europeo ha asegurado que el uso de Pablo Escobar como marca podría afectar a los valores de la Unión Europea. Foto:EP

«Pablo Escobar» no puede ser registrado como marca: así lo ha determinado la Justicia europea

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17/4/2024 11:35
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Actualizado: 17/4/2024 12:05
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El Tribunal General de la Unión Europea ha rechazado que este nombre pueda ser registrado como marca. Y es que, para el tribunal europeo, este nombre está vinculado «con el tráfico de drogas y el narcoterrorismo». Elementos muy dispares a los «valores indivisibles y universales» de la Unión Europea.

El Tribunal General de la Unión Europea es el tribunal de primera instancia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Pablo Escobar, de nacionalidad colombiana, saltó a la fama por su presunta relación con el narcotráfico. En concreto, se le conoce por su papel como presunto capo de la droga y narcoterrorista, responsable de la fundación del cártel de Medellín.

Un nombre que, el 30 de septiembre de 2021, era escogido por la sociedad Escobar Inc., con domicilio social en Puerto Rico, Estados Unidos, como signo denominativo como marca de la Unión para distintos productos y servicios.

Elección que la empresa intentó solicitar ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO). Sin embargo, este organismo denegó el registro.

Y es que, para la EUIPO, la marca «era contraria al orden público y a las buenas costumbres». Especialmente, de cara al público español, conocedor de la biografía de Pablo Escobar.

Una decisión que la sociedad Escobar impugnaba ante el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE). Tribunal europeo que, sin embargo, ha rechazado las pretensiones de la compañía.

El TGUE niega el registro de la marca Pablo Escobar

Así pues, según el tribunal, la EUIPO ha valorado correctamente la situación con respecto al nombre del presunto capo de la droga de Medellín.

En concreto, el TGUE ha asegurado que se ha estimado correctamente la asociación «del nombre de Pablo Escobar con el tráfico de drogas y con el narcoterrorismo, así como con los crímenes y el sufrimiento derivados de ellos».

Algo que, para el tribunal, hace que la marca se perciba como contraria a los valores y a las normas morales fundamentales de la sociedad española. Y por ende, a los valores indivisibles y universales de la Unión Europea.

Especialmente, aquellos vinculados con la dignidad humana, la libertad, la igualdad, solidaridad, democracia, derecho a la vida, integridad física y el Estado de Derecho.

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