El Supremo confirma la declaración de utilidad pública de la Asociación Derecho a Morir Dignamente
El Supremo ha inadmitido la querella contra Conde-Pumpido.Foto: Confilegal

Inadmitidas las querellas de Abogados Cristianos contra Conde-Pumpido y la Ley de Amnistía

19 / 04 / 2024 14:09

Actualizado el 19 / 04 / 2024 14:10

El Juzgado Central de Instrucción nº3 de la Audiencia Nacional ha inadmitido a trámite la querella presentada por Abogados Cristianos contra el PSOE, JxCat, ERC y Patxi López.

Una querella centrada en el pacto y la aprobación de la Ley de Amnistía, que ha sido rechazada por la jueza de la AN, María Tardón.

Así pues, en el auto 35/2024, la juez considera que la Audiencia Nacional no cuenta con competencias para investigar los hechos al tratarse de personas aforadas.

Del mismo modo, la magistrada recuerda que el Tribunal Supremo ya se ha pronunciado por querellas similares y han sido inadmitidas.

«La conclusión del Tribunal Supremo», recuerda la AN, es la de «inadmitir a trámite las denuncias y la querella, por considerar que los hechos denunciados no son constitutivos de delito».

El Supremo también rechaza las pretensiones de Abogados Cristianos

Sin embargo, no ha sido éste el único varapalo que ha recibido Abogados Cristianos este viernes.

Y es que el Tribunal Supremo también ha inadmitido la querella de la fundación contra el presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido.

En concreto, en su auto 20.298/2024, los magistrados Manuel Marchena (presidente), Julián Sánchez Melgar, Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre, Carmen Lamela Díaz y Eduardo de Porres, han rechazado la querella de Abogados Cristianos.

La Sala de lo Penal ha acordado la inadmisión a trámite y el archivo de la querella por un presunto delito de cohecho impropio en relación con la presunta colaboración de este con el gobierno en la elaboración de la Ley de Amnistía.

El tribunal considera, de acuerdo con el ministerio Fiscal, que los hechos recogidos en la querella no revisten los caracteres del citado delito, ni de cualquier otro, y que los querellantes no han acreditado mínimamente indicio alguno de comisión de un hecho delictivo que pudiera hacer procedente la incoación de un proceso penal.

Noticias relacionadas:

El CGPJ propone archivar la queja de Bolaños contra el juez Peinado por el «caso Begoña Gómez»

El Supremo se opone al indulto de García Ortiz al no apreciar razones de justicia, equidad o utilidad pública

El Supremo desestima el recurso del Real Madrid: la Justicia decidirá sobre los conciertos musicales del Bernabéu

El Supremo obliga a Hawkers a tratar a sus trabajadores como personal de óptica y no de comercio textil

El Supremo anula la multa de 862.496 euros impuesta por el Tribunal de Cuentas a Vox por sus actividades promocionales

El nombramiento como jueza de paz de su mujer lleva al senador del PSOE Alfonso Carlos Moscoso ante el Supremo

Lo último en Tribunales

Aparato de aire acondicionado

Ni perforó la fachada ni alteró la estructura: la Audiencia de Ávila avala el aparato de aire acondicionado de un propietario

EY(1)

Condenan por acoso a un socio de EY por unos hechos cometidos antes de su llegada a la consultora

Elisa Mouliaá

Mouliaá esquiva al juez desde el Mar Rojo, pero Zamarriego ya no se lo cree: ‘Fraude de ley’

puigdemont comín ley amnistía juez llarena

El TJUE se pronunciará sobre la Ley de Amnistía en sus dos primeras sentencias el 16 de julio

Jacobo Teijelo, abogado del exdirigente socialista Santos Cerdán

El juez Pedraz cita como investigado al abogado de Santos Cerdán en el «caso Leire Díez»