Fuster-Fabra ve procedente que la magistrada Polo pregunte al TJUE por la amnistía al terrorismo
En el Supremo se sigue la instrucción contra Carles Puigdemont y Rubén Wagensberg por ser ambos aforados. Paralelamente, en la Audiencia Nacional, se sigue una causa paralela contra el resto de los investigados que no tienen esta condición. Foto: EP.

Fuster-Fabra ve procedente que la magistrada Polo pregunte al TJUE por la amnistía al terrorismo

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05/7/2024 14:30
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Actualizado: 05/7/2024 14:54
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La firma Fuster-Fabra abogados, que ejerce la acusación particular en el Tribunal Supremo contra Carles Puigdemont en el caso Tsunami Democràtic, ve procedente que la magistrada instructora, Susana Polo, eleve una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por la amnistía al terrorismo contenida en la Ley de Amnistía aprobada por el Gobierno y sus aliados políticos.

«Nosotros entendemos que la Ley de Amnistía no es aplicable a los supuestos de este caso de terrorismo que se está instruyendo en el Tribunal Supremo. Por lo tanto no nos oponemos a que la magistrada instructora eleve una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea», explica José María Fuster-Fabra.

«Esta ley es inconstitucional, vulnera el principio de igualdad y va contra el derecho europeo», añade Juan Ignacio Fuster-Fabra, quien también ejerce la representación de los dos policías nacionales que fueron víctimas de las violentas protestas que tuvieron lugar lugar el 18 de octubre de 2019 en la plaza de Urquinaona y Vía Laietana de Barcelona.

Unos hechos que tuvieron lugar pocos días después de hacerse pública la sentencia del Tribunal Supremo que condenó a los líderes del proceso independentista catalán.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo acordó por unanimidad, el pasado mes de febrero, declarar su competencia y abrir causa para investigar a Puigdemont y a Rubén Wagensberg –ambos diputado del parlamento autonómico catalán–, al ser aforados, por supuestos delitos de terrorismo en relación con los hechos investigados en el caso «Tsunami Democràtic».

La magistrada Polo, instructora de esta causa y a la vista de la entrada en vigor de la Ley de Amnistía, ha preguntado tanto a esta acusación particular, a la Fiscalía, a la Abogacía del Estado y a las defensas de Puigdemont y de Wagensberg, de ERC, sobre la conveniencia de elevar la causa al tribunal de Luxemburgo a la vista de la solicitud realizada por las tres acusaciones populares: de Vox, la Asociación de Juristas Catalanes por la Constitución y la Asociación Pro Justicia siglo XXI.

En una providencia dictada este viernes, la juez explica que estas acusaciones populares han solicitado el planteamiento de la cuestión prejudicial en relación a la Ley de Amnistía ante las dudas surgidas sobre la incompatibilidad de la misma en materia de terrorismo con el derecho de la Unión Europea.

A la vista de ello, la instructora acuerda dar traslado a las demás partes personadas para que en el plazo común de tres días se pronuncien al respecto. Dichas partes son la Fiscalía, la Abogacía del Estado, la acusación particular en nombre de dos policías y las defensas de los investigados Carles Puigdemont y Rubén Wagensberg.

Polo ha dado a todos ellos un plazo común de tres días para que se pronuncien sobre si procede plantear una cuestión prejudicial ante el TJUE en relación con la ley de amnistía.

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