La ley de Eficiencia establece la mediación como un paso importante pero «su éxito depende de los recursos asignados», opinan expertos
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08/1/2025 05:35
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Actualizado: 07/1/2025 21:23
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El 3 de abril próximo la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero entrará en vigor. Y con ella, la obligación de las partes de someterse a métodos alternativos de resolución de conflictos (MASC) como la mediación o el arbitraje. Será un requisito obligatorio para interponer una demanda de forma que, antes de enfrentar un juicio largo y costoso, deberán negociar para intentar resolver sus diferencias.
Lo que se busca, dice el texto de más de 270 páginas, es aliviar la carga de los tribunales promoviendo acuerdos extrajudiciales y fomentando una cultura de resolución pacífica de disputas. Algo que ya llevan a cabo países como Francia, Reino Unido y Estados Unidos.
Los MASC serán obligatorios tanto en la jurisdicción civil, mercantil o social. No obstante, quedan excluidos de la mediación previa los casos de protección de derechos fundamentales, los conflictos familiares sensibles, los procedimientos de adopción de medidas judiciales para personas con discapacidad y los litigios relacionados con menores y situaciones de urgencia, como medidas cautelares o ejecuciones inmediatas.
Busca reducir la litigiosidad
Según explica la abogada y presidenta de la Asociación Madrileña de Abogados de Familia e Infancia (AMAFI) Paloma Abad Tejerina, la ley busca reducir la litigiosidad, pero si la mediación es de pago, los costes podrían aumentar para las partes si no se regula como gratuita y se dota de un servicio muy profesionalizado e independiente al servicio judicial.
Ahora bien, también puede permitir ahorrar dinero al no tener que acudir definitivamente juicio.
Por otro lado, la presidenta comenta que existen riesgos significativos de que la mediación se perciba como un mero trámite si no se acompaña de una verdadera promoción de su utilidad y eficacia. «Esto es probablemente debido a la escasa cultura de mediación en España. No obstante, la práctica puede mejorar progresivamente si se implementan recursos adecuados y se fomenta una visión más colaborativa entre las partes».
Sin embargo, detalla que para poder hacer todo esto efectivo es necesario disponer de buenas herramientas y recursos. «España enfrenta un gran desafío en este aspecto» porque «su éxito depende de los recursos asignados que, actualmente, son limitados».
Por lo que Abad Tejerina resalta que aunque la ley establece la mediación como un paso importante, «su éxito depende de los recursos asignados, que actualmente son limitados».
La letrada alerta de que, si no se dota de infraestructura suficiente, se corre el riesgo de prolongar aún más los procesos judiciales porque, aunque este cambio persigue un fin loable, añade un nuevo obstáculo temporal. «La necesidad de acreditar que dicho proceso no ha sido viable implica inevitablemente un alargamiento adicional en los tiempos de presentación de demandas y, por ende, un mayor retraso en la resolución judicial».
Algo que, en conflictos de derecho de familia donde los intereses de los menores están en juego.
Que la mediación sea obligatoria ¿es un error?
Por su parte, Enrique Sainz, abogado de familia de Fuster-Fabra, considera al igual que su compañera que puede permitir descongestionar juzgados pero, en su opinión, implantarla de forma obligatoria «es un gran error» porque a día de hoy no le parece un instrumento útil para resolver cuestiones como el divorcio. Pues muchos clientes cuando llegan a ese punto «no pueden ni verse».
«Creo que en materia de familia no va a haber una descongestión de los juzgados con esta medida pues, salvo excepciones, en la mayoría de los casos la mediación no va a resolver las disputas».
Además, también ve poco viable estos cambios sin más medios. «La justicia en general y la jurisdicción de familia en particular demanda con urgencia un aumento presupuestario importante y sobre todo la creación de juzgados especializados».
Sainz considera que imponer la mediación como un paso obligatorio no es útil porque, por regla general, los abogados intentan llegar a un acuerdo antes de demanda. Por lo que, «cuando se ha acudido a los tribunales» ha sido precisamente «por la imposibilidad de alcanzar un acuerdo. «Dudo que un mediador pueda conseguir lo que no han conseguido los abogados a la hora de negociar, los cuales cuentan con más conocimientos en materia de familia».
También relata que es una medida que es perjudicial para el cliente ya que, si finalmente la mediación no fructífera, va a tener que abonar los costes del mediador y después los del abogado. Por lo que, desde su punto de vista, se ha perdido la «oportunidad de implementar medidas que sí hubiesen sido más útiles», como crear más juzgados especializados, no hacer recaer su competencia en juzgados mixtos o contratar más personal especializado en los equipos psicosociales.
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