El policía estuvo en situación de incapacidad total durante un año y un mes, del 11 de junio de 2022 al 17 de julio de 2023.
Los policías en segunda actividad por problemas psicofísicos pueden ser compensados por vacaciones no disfrutadas, dice la Justicia
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09/7/2024 12:45
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Actualizado: 09/7/2024 12:45
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El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha reconocido el derecho de los policías nacionales en segunda actividad por problemas psicofísicos a cobrar una compensación por las vacaciones no disfrutadas durante una incapacidad.
Los magistrados David Ordoñez, María Pilar Martínez y Daniel Prieto han estimado en la sentencia 574/2024 de 1 de julio el recurso contencioso-administrativo presentado por el sindicato JUPOL.
El agente estuvo en situación de incapacidad total durante un año y un mes, del 11 de junio de 2022 al 17 de julio de 2023. Posteriormente se le dio paso a segunda actividad. Durante ese periodo de tiempo no disfrutó de las vacaciones anuales y, por ello, solicitó una compensación económica.
La Dirección General de la Policía argumentó que dicha compensación sólo era posible en caso de jubilación, ignorando la situación de los agentes que pasan a segunda actividad por motivos de aptitud psicofísica y que, por tanto, no pueden disfrutar de sus vacaciones.
Por lo que la letrada de JUPOL, Mariona Roig, decidió presentar un recurso contencioso-administrativo en el que los magistrados le han dado la razón.
Desde el sindicato han comentado que esta sentencia es un hito jurídico «que sienta un precedente fundamental para todos los agentes que se encuentren en esta situación. A partir de ahora, cualquier policía que pase a segunda actividad por insuficiencia psicofísica podrá reclamar la compensación económica por sus vacaciones no disfrutadas».
Es importante destacar que la reclamación puede realizarse con carácter retroactivo, por lo que los agentes que hayan pasado a segunda actividad en los últimos cuatro años también pueden beneficiarse de esta resolución.
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