La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado inadmitir y archivar, por no apreciar delito alguno, cinco denuncias y una querella presentadas contra la vicepresidenta del Gobierno Yolanda Díaz. Ello por la reunión que mantuvo el pasado septiembre en Bruselas con el expresidente de la Generalitat catalana Carles Puigdemont.
Así lo han considerado los magistrados Manuel Marchena Gómez, Andrés Martínez Arrieta, Julián Sánchez Melgar, Eduardo de Porres Ortiz de Urbina y Ángel Luis Hurtado Adrián en un auto de 25 de junio.
Las denuncias y la querella, formuladas Societat Civil Catalana-Asociación Cívica y Cultural, la Asociación Europea de Ciudadanos contra la Corrupción, la Asociación Nacional de Víctimas de Delitos Políticos y por R.G.F y A.B.G., han sido estudiadas conjuntamente.
Dichas asociaciones, abogados y particulares consideraban que Díaz podía haber incurrido en presuntos delitos de omisión del deber de perseguir delitos por una autoridad o funcionario público, encubrimiento, ultraje, malversación de caudales públicos, traición y contra la paz e independencia del Estado español.
Sin embargo, para los magistrados, los hechos no son encuadrables en el tipo penal de ninguno de esos delitos.
“Como se puede presumir de las informaciones publicadas, el hecho denunciado se enmarca en las negociaciones que se estaban llevando a cabo por los representantes de los distintos grupos parlamentarios para conseguir la investidura de un determinado candidato como Presidente del Gobierno y resulta harto discutible que puedan ser incardinadas en ninguna de las conductas que los querellantes han considerado delictivas”, indica el auto.