La Audiencia Nacional falla a favor de los trabajadores temporales de Correos, obligando a la empresa a proporcionarles el uniforme gratis. Foto: EP
Correos, señalada en los tribunales por discriminar a sus empleados a través del uniforme
|
18/7/2024 06:30
|
Actualizado: 18/7/2024 10:50
|
El acceso a los uniformes por parte de los trabajadores temporales, en comparación con los fijos, ha llevado a Correos ante los tribunales. En concreto, ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.
La Confederación Intersindical Galega (CIG) presentaba, el pasado enero, una demanda sobre conflicto colectivo frente a Correos y Telégrafos S.A.
Una demanda en la que el demandante aseguraba que «la práctica empresarial» de Correos «es contraria al ordenamiento jurídico, y a la doctrina sentada en materia de no discriminación».
Ello, debido a la normativa de Correos de ofrecer peores condiciones en materia de uniformidad a los trabajadores temporales, en comparación con el personal indefinido y hijo. Unas condiciones distintas que no cuentan con «justificación objetiva».
Así pues, a los trabajadores fijos se les ofrece uniforme gratuito, y un sistema de puntos anual para adquirir nuevos uniformes. Sin embargo, los trabajadores temporales apenas cuentan con uniformes proporcionados por la empresa. Y, de querer adquirir elementos como polos de manga larga y corta, pantalones o botas de motorista (entre otros), el personal temporal debe pagarlo de su propio bolsillo.
Una medida que hace que, desde Correos, sólo se ofreciese a todos los trabajadores elementos de uniformidad «EPI». Es decir, chalecos de reparto, casco de moto, guantes de trabajo, mascarillas o guantes de nitrilo.
Diferencia ahora denunciada, y que ponía en relieve, previamente, la Inspección de Trabajo de Vigo. Y es que la institución efectuaba, en mayo de 2023, un «requerimiento para rectificar el criterio de entrega de uniformidad». Ello, para incorporar a los trabajadores temporales en el reparto de uniformes.
Correos tendrá que proporcionar los mismos uniformes a todos sus trabajadores
«El desconocimiento del número de contratos de temporales impide que se pueda presupuestar un gasto para los mismos», defiende Correos ante esta demanda.
Una afirmación en la que la empresa añadía que los trabajadores tenían acceso a la compra de este material. E, igualmente, remarcaba la «no obligatoriedad» del uniforme, siendo éste únicamente una cuestión de imagen de la empresa.
Alegaciones que, sin embargo, no han sido suficientes para la Audiencia Nacional en su sentencia 55/2024.
«Resulta contradictorio el hecho de que se proporcionen tanto a unos como a otros (trabajadores fijos y temporales) aquellas prendas que son consideradas equipos de protección individual», explica la AN, remarcando que, sin embargo, Correos alega «desconocer» el número de trabajadores temporales de cara al resto del uniforme.
Así pues, destaca el tribunal que «los trabajadores temporales tienen un acceso más limitado a las prendas de ropa que emplean para la prestación de sus servicios». Una afirmación que lleva a la Audiencia Nacional a confirmar «que se está vulnerando el principio de no discriminación».
«Existe una diferencia de trato no justificada, que implica que los trabajadores temporales, para acceder a determinadas prendas, deban sufragarlas por sí mismos, mientras que al resto de la plantilla le son proporcionadas por la empresa de forma gratuita», critica el tribunal.
Algo ante lo que la Audiencia Nacional estima la demanda interpuesta contra Correos. Y, con ello, estipula que todo el personal de la empresa «tiene derecho a recibir las mismas prendas», independientemente de la durabilidad de su contrato.
Así lo determinan los magistrados Ramón Gallo Llanos (presidente y ponente), Ana Sancho Aranzasti y Juan Gil Plana.
Noticias Relacionadas: