A pesar del aparente cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, los fallecimientos crecen en este 2024. Foto: Confilegal
Multas de un millón de euros y desprotección de autónomos: la prevención de riesgos laborales no evita los fallecimientos
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25/7/2024 05:34
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Actualizado: 25/7/2024 09:07
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Los fallecimientos por accidentes laborales han aumentado en estos primeros meses de 2024. Así, según cifras del Ministerio de Trabajo, en España han fallecido 304 trabajadores hasta el mes de mayo. Número que supone un incremento del 5,6% con respecto al mismo periodo del año anterior.
Entre los fallecidos, tal y como apunta Trabajo, se encuentran 281 asalariados, aumentando esta cifra en 30 trabajadores con respecto a 2023. En el caso de los trabajadores autónomos, la cifra se reduce hasta los 23 trabajadores, un 37,8% menos que el año anterior.
Unas cifras que, sin embargo, no corresponden al cumplimiento generalizado en España de la prevención de riesgos laborales. Al menos, sobre el papel.
“En nuestro país hay un cumplimiento generalizado de la normativa”, explica a confilegal Ana Gómez Hernandez, presidenta de Asnala y socia de Ceca Magán. “Las empresas son conscientes, no sólo de las responsabilidades a las que se enfrentan en el caso de incumplimiento, sino también de la importancia de garantizar un entorno de trabajo seguro y con derechos para los trabajadores. Un accidente de trabajo en las empresas es vivido como una situación realmente traumática”.
Sin embargo, la abogada reconoce que “en muchas ocasiones, este cumplimiento es de carácter meramente documental o formal, no estando realmente integrado en el sistema de gestión de la empresa”.
Los autónomos, “abandonados” en la normativa de riesgos laborales
“La integración de la prevención de riesgos laborales en la empresa es clave, y ello no tiene que ver con el tamaño de la misma”, explica Ana Gómez. Una prevención en la que prima el “compromiso” de la compañía para hacer cumplir esta normativa.
Compromiso en el que, sin embargo, sí es observable que “los autónomos y PYMES suelen invertir menos en actividad preventiva.”.
“Además, los autónomos empleadores normalmente están menos expuestos al riesgo que sus trabajadores dependientes, y los autónomos independientes a menudo tienen más conocimiento, experiencia y responsabilidad”. asegura Ana Gómez.
Algo que no es suficiente para evitar fallecimientos y accidentes entre autónomos. Sucesos que, sin embargo, no siempre se consideran accidentes laborales entre los autónomos.
“Los accidentes laborales de los asalariados se definen como aquellos que ocurren con ocasión o por consecuencia del trabajo, y se presumen laborales si se producen en el lugar y tiempo de trabajo. Sin embargo, los accidentes de los autónomos, aunque se produzcan durante la jornada de trabajo, sólo se consideran laborales si ocurren como consecuencia directa e inmediata del trabajo”.
Consideración del legislador que hace que las principales causas de muerte entre trabajadores, como son los accidentes cardiovasculares o de tráfico, se computen como accidente laboral en los asalariados. Y, por el contrario, en los autónomos únicamente tienen esta condición “si se acredita el nexo causal directo”.
Sanciones de hasta un millón de euros
A pesar de que algunos de estos accidentes laborales no pueden impedirse, otros muchos se producen por descuidos o desdén de empleados y empleadores. Algo que, tal y como explica Ana Gómez, no está exento de consecuencias.
«Si un trabajador incumple las medidas de prevención de riesgos laborales, se enfrentará a sanciones que, en función de la gravedad, van desde la amonestación, suspensión de empleo y sueldo o inhabilitación para el ascenso. Si se trata de una infracción muy grave, el despido disciplinario», explica la abogada.
Por su parte, si las empresas incumplen la normativa «pueden enfrentarse a consecuencias de distinta índole».
«Por un lado, sanciones administrativas por infracciones en esta materia. Como es evidente, las sanciones varían en función de la gravedad, ascendiendo las multas más graves a 983.736 euros«, explica Gómez.
Del mismo modo, sii la infracción tiene «circunstancias especialmente graves para la seguridad y salud en el trabajo, el Gobierno nacional o autonómico puede obligar a la suspensión de las actividades laborales por un tiempo determinado. O, en caso extremo, al cierre del centro de trabajo».
«Por último, un accidente laboral puede llegar a tener consecuencias penales», asegura la letrada.
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