El Juzgado responde así a la carta que envió el presidente del Gobierno al juzgado esta misma semana alegando que tenía derecho a declarar por escrito. Foto: EP

El juez insiste en su decisión de ir a Moncloa a interrogar a Sánchez el próximo martes

26 / 07 / 2024 16:48

Actualizado el 26 / 07 / 2024 16:51

El juez Carlos del Valle –en sustitución del juez Juan Carlos Peinado— ha rechazado que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, declare como testigo por escrito en la investigación que se dirige contra su esposa, Begoña Gómez, por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios.

El juez reitera así su decisión de acudir el próximo martes al palacio de la Moncloa para interrogar como testigo a Pedro Sánchez.

«Ha de mantenerse la toma de la declaración en los mismo términos y condiciones en que fue acordada por la providencia de fecha 19 de julio del presente año», ha zanjado el juez.

Así las cosas, se mantiene que el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid se trasladará a La Moncloa el martes 30 de julio para tomar declaración al jefe del Ejecutivo toda vez que, como ya apuntó en su citación, considera que su comparecencia no se enmarca en hechos de los que tendría conocimiento «por su razón de cargo».

Le responde así a la carta que envió Sánchez al juzgado esta misma semana alegando que tenía derecho a declarar por escrito.

Se amparó en el punto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) que diferencia entre la declaración de un presidente por hechos de los que tenga conocimiento por «razón de su cargo» o por hechos ajenos a su ejercicio como mandatario.

En el primer caso, la norma da la posibilidad de declarar por escrito; en el segundo, no.

En este sentido, Sánchez insistió en que para «garantizar el estricto cumplimiento del ordenamiento jurídico», y dadas las cuestiones que se investigan en la causa, su declaración debía producirse «conforme a lo establecido en el artículo 412.2 de la LeCrim»; es decir, por escrito.

EVENTUAL DECLARACIÓN ADICIONAL POR ESCRITO

En la providencia de este viernes, el juez Del Valle indica que es «obvio» que el juez Peinado «ha tenido en consideración el carácter en el que debe ser prestada la declaración del testigo» e insiste en que se mantiene la decisión de ir de forma presencial a La Moncloa a interrogarle.

«Lo anterior no obsta a que, si el testigo cree que puede colaborar eficazmente con la Administración de Justicia, tal y como manifiesta en su escrito, participando al instructor hechos relevantes de los que ha tenido conocimiento por razón de su cargo, lo ponga de relieve en dicha declaración a fin de que se realice una nueva concerniente a esos hechos y esta vez por escrito», añade.

Cabe recordar que la defensa de Begoña Gómez recurrió la decisión del juez de citar a Sánchez como testigo. De momento, no ha trascendido respuesta alguna del juzgado.

Noticias relacionadas:

La Vanguardia prescinde de Juan José López Burniol como columnista por acusar a Sánchez de querer derrocar la Monarquía y declarar la Tercera República

El CGPJ estudiará la queja de Manos Limpias contra el juez Peinado por su comportamiento en una vista del caso Begoña Gómez

Peinado remite a la Fiscalía Europea la causa contra Barrabés por presuntas irregularidades en un contrato

Peinado da 7 días al nuevo abogado de Begoña Gómez para presentar su escrito de defensa

Begoña Gómez prescinde de una defensa política y opta por una defensa técnica con Jaime Campaner

Peinado divide al CGPJ hasta en sus propias disidencias

Lo último en Tribunales

epidural

La Comunidad Valenciana, condenada a indemnizar 120.000 € a un paciente que se negó a la epidural, se la pusieron igual, y acabó impedido

Mladic

Muere Ratko Mladic, el «carnicero de Bosnia», condenado a cadena perpetua por el genocidio de Srebrenica

conductor cesta de navidad

El TSJ de Cataluña obliga a indemnizar al único trabajador excluido de la cesta y la cena de Navidad por reclamar sus derechos

Meta(1)

Meta pone precio a una década de negar el daño a la infancia: 18.000 millones de dólares de compensación

Elisa Mouliaá e Íñigo Errejón, en imagen de archivo

El juez archiva la querella de Errejón contra Mouliaá por calumnias: llamar «extorsión» a su conducta fue una crítica, no la imputación de un delito