El TSJ de Murcia ha avalado la decisión de la empresa Carfrape S.L de extinguir el contrato de uno de sus carpinteros.

Cazado por el detective: un carpintero, despedido por fabricar marcos en un taller mientras estaba de baja

4 / 09 / 2024 05:35

Actualizado el 04 / 09 / 2024 08:07

Las empresas, en algunos casos, deciden contratar a detectives privados para investigar a empleados que se encuentran de baja médica con el objetivo de detectar posibles fraudes en el ámbito laboral.

Ejemplo de estos fraudes es realizar trabajos paralelos, participar en actividades físicas intensas o cualquier otra acción que ponga en duda la veracidad de la baja o dificulte la recuperación del empleado.

Hemos visto casos en los que una persona que trabajaba para una fábrica de productos lácteos fue despedida tras montar un centro de uñas mientras estaba de baja. Le llegó a hacer la manicura al detective.

Y ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha avalado la decisión de la empresa Carfrape S.L de extinguir el contrato de un carpintero por llevar a cabo actos incompatibles con su dolencia.

El caso, al detalle

El carpintero llevaba trabajando en la empresa desde junio de 2022. Pero a los dos meses tuvo un accidente laboral al caerse de una escalera. Sufrió una fractura en el hueso del talón y tuvo que ser operado.

Sin embargo, la empresa se vio en la obligación de despedirle en agosto de 2023 al tener pruebas, a través de un detective, de que estaba haciendo una vida prácticamente normal. Le había visto conduciendo su coche por Cartagena y acudir posteriormente a la sede de la Mutua en muletas.

Además, el detective vio al carpintero durante dos días en un taller de marquetería. Lugar en el que estuvo varias horas desplazándose entre las distintas mesas de trabajo sin la ayuda de las muletas y usando las máquinas y las herramientas para fabricar marcos de madera.

La empresa lo despidió por fraude, deslealtad y por simular la situación de incapacidad. Lo que estaba haciendo era una actividad muy similar a la que habitualmente realizaba en la mercantil en la que trabajaba.

El empleado, disconforme con el despido, decidió acudir a los tribunales. Consideraba que debía de calificarse nulo porque le estaban discriminando. El Juzgado de lo Social Nº1 de Cartagena no le dio la razón y lo calificó de procedente.

El carpintero quería que se declarara nulo

De modo que decidió presentar un recurso ante el TSJ de Murcia. El asunto lo han resuelto los magistrados Mariano Gascón (presidente), Juana Vera (ponente) y Manuel Rodrígue en la sentencia 693/2024 de 11 de junio.

En dicho recurso solicitó que se llevase a cabo una revisión de los hechos probados, pero no concretó qué quería revisar. Por otro lado, insistía en que se habían vulnerado sus derechos fundamentales, por lo que el despido debía ser nulo al estar de baja. O, en todo caso, improcedente. Comentó que estar en situación de incapacidad temporal no implicaba una absoluta prohibición de realizar actividades.

Los magistrados, al igual que el juez de instancia, concretaron que su despido no había tenido lugar por estar de baja médica, sino por haber desempeñado actividades que evidenciaban que estaba capacitado para el desempeño de su profesión habitual.

La Sala, que han tenido en cuenta las pruebas del detective, comentó que había quedado probado que su estado patológico le permitía realizar una actividad compatible con la actividad laboral, por lo que no había justificación para no poder ir a trabajar.

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