Una trabajadora de baja, despedida por montar un centro de uñas: le hizo la manicura al detective
La mujer trabajaba para la empresa de fabricación de productos lácteos Schreiber Foods España desde 2003

Una trabajadora de baja, despedida por montar un centro de uñas: le hizo la manicura al detective

9 / 04 / 2024 06:31

Actualizado el 09 / 04 / 2024 10:49

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha ha declarado procedente el despido de una trabajadora mientras estaba de baja. Y es que inauguró un centro de formación y de cuidado de uñas.

Así lo han confirmado los magistrados José Montiel, María Isabel Serrano y Ethel Honrubia en la sentencia 14/2024 de 11 de enero. 

Según se desprende en la sentencia, dada a conocer a través del abogado laboralista Nicolás Martín, la mujer trabajaba para la empresa de fabricación de productos lácteos Schreiber Foods España desde 2003. Se encargaba de controlar que el envasado, etiquetado y sellado se produjese de forma correcta. 

Pero el 19 de diciembre de 2022 le comunicaron su despido disciplinario por transgresión de la buena fe contractual y por utilizar su situación de incapacidad temporal declarada por un médico para realizar tareas laborales en otra entidad. Una baja por dolencias musculares que se había cogido un mes antes.

Fue cazada a través de un detective que la empresa encargó tras tener sospechas de que estaba abriendo un negocio. Este profesional comprobó que en Instagram que existía una cuenta de usuario a su nombre y que estaba vinculada con su número de teléfono. En uno de los post anunciaba que “el próximo 26 de noviembre, a las 18:00 horas”, abrían sus puertas.

Una conversación de 8 minutos sobre el precio del curso de acrílico

El detective acudió al local, vio que era un centro de uñas y observó cómo sobre las 12:20 la trabajadora llegaba al establecimiento y pasaba varias horas en él. Por lo que decidió mantener con ella una conversación de 8 minutos sobre el precio del curso del acríilico, datos de contacto y horario del centro. La mujer le entregó una tarjeta profesional con su móvil, email y nombre del negocio. 

El trabajo del detective no quedó ahí. Para continuar su investigación, cinco días después decidió llamar por teléfono para pedir cita y realizarse una sesión de belleza. A las 17:00 horas la trabajadora recibió al detective, le hizo una manicura como si de un cliente se tratara y éste pagó el servicio.

Era la única persona que durante los días del seguimiento del detective se encontraba en dicho establecimiento.

La trabajadora, disconforme con el despido, decidió impugnarlo en los tribunales. El Juzgado de lo Social Nº4 de Toledo no le dio la razón, por lo que presentó un recurso de suplicación ante el TSJ de de Castilla La Mancha. 

La mujer entendía que la verdadera motivación empresarial obedecía a las diferentes situaciones de incapacidad temporal que había padecido a lo largo de su relación laboral, entre las que se encontraba su reciente maternidad. 

Decisión de la Sala sobre la trabajadora

Además manifestó que no estaba llevando a cabo ninguna actividad incompatible con su baja médica porque su dolencia se centraba en el coxis y que lo único que hacía en el salón de belleza era estar sentada con un cojín. 

No obstante, los magistrados, de acuerdo con la sentencia de instancia, recordaron que su patología no derivaba de una lesión en el coxis porque el parte de baja se expidió por dolores musculares y no óseos. El problema en el coxis fue antes de la baja.

Tal y como explican los magistrados, el puesto de la trabajadora en su trabajo habitual consistía en el control final de la producción. «Si ponemos en relación los requerimientos que implican esta actividad con los propios de la actividad dentro de un centro de formación y cuidado de uñas, cabe entender, como señala la sentencia, que o bien habría simulado una dolencia muscular para obtener una baja médica a fin de abrir la academia que había constituido, o al menos habría desarrollado actividades incompatibles con la situación de incapacidad temporal».

Ello habida cuenta los requerimientos propios de una y otra actividad y la dolencia que justificó la IT. De modo que han desestimado su recurso.

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