El Constitucional aclara a Jordi Sànchez que la "resolución" del Comité de Derechos Humanos de la ONU no es tal
El auto subraya que “ni por el objeto y el contenido impugnatorio de los procesos constitucionales ni por el origen fáctico de la abstención (…) es posible apreciar la conexión en que fundan su planteamiento, lo que evidencia su manifiesta carencia de fundamento y determina su inadmisión a trámite”.

Por 7 votos a 1, el TC rechaza apartar a Cándido Conde-Pumpido de la ley de la amnistía

8 / 10 / 2024 12:18

Actualizado el 08 / 10 / 2024 12:24

El Pleno del Tribunal Constitucionalidad ha acordado por mayoría de 7 votos a favor y 1 en contra inadmitir la recusación promovida por más de 50 diputados y más de 50 senadores del Grupo Parlamentario Popular contra el magistrado y Presidente del Tribunal Cándido Conde-Pumpido Tourón con motivo del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la Ley Orgánica 1/2024, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña.

Fuentes jurídicas informan de que el pleno de la corte de garantías, formado por cuatro progresistas y cuatro conservadores tras no participar los magistrados afectados por otras recusaciones, ha aprobado el auto de la progresista María Luisa Balaguer que desestima de plano el incidente de recusación por no tener base.

El Auto explica que las causas que en su día motivaron la abstención del magistrado Conde-Pumpido en el asunto del procés (tener interés directo o indirecto en el pleito o causa), ahora el objeto de la impugnación no coincide con el enjuiciamiento constitucional de una ley penal que no existía en el momento de suscitarse la abstención ni aquellas manifestaciones se referían al problema constitucional suscitado ahora.

Además, subraya que “ni por el objeto y el contenido impugnatorio de los procesos constitucionales ni por el origen fáctico de la abstención (…) es posible apreciar la conexión en que fundan su planteamiento, lo que evidencia su manifiesta carencia de fundamento y determina su inadmisión a trámite”.

Votos particulares

Las mismas fuentes señalan que la magistrada Concepción Espejel ha anunciado un voto particular discrepante con la composición del Pleno y con el objeto del incidente, pero se ha mostrado de acuerdo con la inadmisión de la recusación del Presidente.

El magistrado Enrique Arnaldo también ha anunciado voto particular concurrente por disentir de la composición del Pleno. 

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