Un empresario ha podido acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad después de acumular una deuda de más de 3 millones de euros. Una exoneración que ha sido posible, en parte, gracias a que el emprendedor no contaba con deudas de cara a la administración pública.
«Ha invertido, ha avalado préstamos, ha dado garantías… y cuando la empresa se arruina, los bancos acuden contra el empresario arruinado». Con estas palabras, el abogado y socio de Lawyou, Jaime de Rivera, explica cómo ha sido el proceso por el que su cliente ha conseguido «empezar de cero» gracias a la Ley de Segunda Oportunidad.
Así pues, ha sido el Juzgado de lo Mercantil nº11 de Madrid, bajo la magistratura de Manuel Ruiz de Lara quien, en su auto 541/2024, ha fallado a favor de los intereses del empresario. Ello, concediendo «la exoneración del pasivo insatisfecho», que se elevaba hasta los 3,2 millones de euros.
«El beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho se extenderá a todos los créditos ordinarios y subordinados pendientes e la fecha de conclusión del concurso». dictaminaba el Juzgado a través del auto. Una posibilidad que, tal y como destaca el abogado, ha sido posible gracias a las condiciones de esta deuda. Y, en concreto, gracias al hecho de que se trataba de un «empresario limpio». Es decir, sin deudas con la administración pública.
El límite de la Ley de Segunda Oportunidad
«Estaba limpio en el sentido de que, puestos a deber dinero, que no sea deuda pública», explica Jaime de Rivera.
Y es que, tal y como destaca el abogado, un caso de Ley de Segunda Oportunidad no tiene una especial dificultad por la cuantía en deuda. « O sea, hay una dificultad de que el juez tiene unas mayores cautelas al principio, por la cantidad. El juez es más meticuloso», destaca el abogado.
Sin embargo, la mayor dificultad es en relación a la propia deuda. Y, en concreto, si parte o la totalidad de ella es de cara a la administración pública. Algo que hace que sea casi incompatible con la posibilidad de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.
«Puedes permitirte, como empresario, tener deudas con los empleados, con los sindicatos, con cualquier proveedor. Pero, si la deuda es con la administración pública, quedas excluido de pedir la segunda oportunidad», determina el abogado de Lawyou. Algo que no sólo afecta a empresarios o emprendedores, sino también a ciudadanos cuyas deudas sean inasumibles y decidan acogerse a esta normativa.
Algo que, sin embargo, no ha sucedido en el caso de este empresario. Y que ha hecho posible que su deuda, de más de tres millones de euros, quede exonerada.
«Ahora, seguirá con su nómina. Podrá abrir una cuenta corriente. Tener un teléfono, financiarlo. E incluso pedir un crédito para un coche. Empezar de cero».