Opinión | Cinco tribunales han avalado la imparcialidad de la instrucción del juez Peinado en el caso Begoña Gómez

Ricardo Rodríguez valora las decisiones adoptadas por los tribunales sobre el caso Begoña Gómez, todas rechazando las querellas contra el juez Peinado, y lanza un llamamiento para que se deje trabajar a los jueces con tranquilidad.

25 / 10 / 2024 05:35

En esta noticia se habla de:

Cinco Tribunales (3 del Tribunal Superior de Justicia y 2 de la Audiencia Provincial, ambos de Madrid), compuesto cada uno de ellos por 3 Magistrados, han avalado la instrucción del magistrado Juan Carlos Peinado en la investigación de las denuncias/querellas interpuestas contra Begoña Gómez, a la sazón esposa del Presidente de Gobierno.

La Audiencia Provincial, en sendas resoluciones de 29 de mayo y 7 de octubre de 2024, desestimando recursos de apelación que pedían el archivo de la instrucción llevada por Peinado.

El Tribunal Superior de Justicia, en resoluciones de 11, 18 y 24 octubre de 2024, ha archivado tres querellas, interpuestas por Máximo Pradera (periodista, actor y escritor, en calidad de acusación popular), el propio Presidente de Gobierno, Pedro Sánchez (presentada por la Abogacía del Estado), y su esposa, la investigada Begoña Gómez, por los delitos, entre otros, de prevaricación.

El segundo Auto de archivo, relativo a la querella interpuesta por la Abogacía del Estado en nombre del Presidente de Gobierno, contiene un voto particular concurrente.

Esto es, en el mismo sentido de la mayoría, pero duro, muy duro –pero, creo, que muy acertado- contra la actuación del Presidente del Gobierno. A título de ejemplo: “… [la querella presentada] patentiza, incluso con clamorosa evidencia, un reiterado ejercicio abusivo de la acción penal, con contravención de la buena fe procesal”.

Respecto al papel de la Abogacía del Estado no podemos estar más de acuerdo con el Voto Particular: “[su] utilización para la formulación de una querella como la presente resulta extravagante” y puede entrañar un uso abusivo del derecho a querellarse”, llegando a proponer una posible multa económica al querellante si se acreditase que el presidente hubiera actuado con mala fe procesal al presentar la querella contra el juez que investiga a su esposa.

Este voto particular deja a la Abogacía del Estado, uno de los cuerpos de élite más importantes en el Estado, al pie de los caballos.

Con los recursos de apelación (2) presentados ante la Audiencia Provincial de Madrid se intentó archivar el procedimiento, afirmándose que la instrucción “carecía de sentido”, que “no había causa”, que “Peinado está llevando una investigación prospectiva con fines espurios”, que, en definitiva, “debía archivarse de plano”.

LA AUDIENCIA PROVINCIAL HA ESTABLECIDO QUE LA INSTRUCCIÓN DE PEINADO ERA CORRECTA

No, no y rotundamente no. La Audiencia ha resuelto que la investigación realizada por el juez Peinado era correcta y que, si bien con alguna delimitación del objeto de la causa, debía continuarse. Había indicios de la comisión de delitos y una persona presuntamente responsable. Posteriormente, se ha ampliado la investigación a varias personas más.

Con las querellas presentadas ante el Tribunal de Justicia de Madrid (3) se intentaba no sólo apartar al juez de la instrucción de la causa sino que se le acusaba de haber incurrido en su labor, entre otros, en un delito de prevaricación.

La prevaricación (dictar deliberadamente una resolución injusta), junto con el delito de cohecho (dictar tal resolución por precio, recompensa o promesa) son los delitos más graves que puede cometer un juez en el ejercicio de sus funciones.

¡Qué horror!. Como no pudieron archivar el procedimiento, ¿qué hicieron? atacar al juez acusándole de tal grave delito. No puede haber algo más deleznable y vil.

«Como cualquier ciudadano, los jueces tienen sus ideas políticas, obvio es. Pero cuando ejercen la jurisdicción, no actúan ni deberían actuar movidos por su ideología política, faltaría más. Son como cirujanos que entran en el campo operatorio. ¿Alguien ha preguntado al cirujano que va a operarle por sus ideas políticas? Lógico y sensato es pensar que no. Pues los jueces actúan igual».

Pero la respuesta de todos estos Tribunales ha sido, más que alta y clara, cristalina y contundente: la instrucción realizada es correcta y conforme con el ordenamiento jurídico (Audiencia Provincial) y, por tanto, el Juez instructor no ha incurrido, siquiera indiciariamente, en delito alguno (Tribunal Superior de Justicia).

Juan Carlos Peinado sólo ha hecho lo que hace cualquier juez instructor: aplicar la ley (en el área que le incumbe, el proceso penal, la Ley de Enjuiciamiento Criminal y el Código Penal) a su labor.

Ha admitido las denuncia/s y querella/s, por considerar que tenía una base suficiente (al contrario de lo que acaba de hacer recientemente el juez Pedraz, Magistrado instructor de la Audiencia Nacional, con la querella del Partido Popular contra el Partido Socialista Obrero Español, al considerar que los hechos de la querella no quedaban acreditados de forma alguna, siendo una mera sospecha sin aval alguno)-

Y ha ordenado practicar las diligencias de investigación necesarias, solicitadas por las partes personadas o acordadas de oficio, para determinar si los hechos denunciados u objeto de las querellas quedan acreditados indiciariamente y si hay una persona responsable presuntamente de los mismos.

Nada más y nada menos. Es su labor constitucional.

PAPELES EN LA DIVISIÓN DE PODERES

El Poder Ejecutivo, el Gobierno, gobierna; el Poder Legislativo fiscaliza al Gobierno y ejerce la función legislativa; el Poder Judicial juzga y ejecutan lo juzgado ((art. 113.3, in fine, de nuestra Constitución).

Ya en el ámbito penal, los Jueces y Tribunales instruyen (investigan) presuntos delitos, los juzgan y, de haber sentencia condenatoria, ejecutan lo juzgado.

Los jueces son independientes  y están sometidos únicamente al imperio de la ley (artículo 117.1 de la Constitución Española) y, por tanto, nadie, repito, nadie puede dirigirse a ellos diciéndoles y menos ordenándoles que hagan o dejen de hacer algo concreto.

Si alguna de las partes personadas en un procedimiento no está de acuerdo con una resolución judicial puede acudir a la vía de los recursos, como se ha hecho en este caso, si bien resolviéndose en sentido contrario al interesado por los recurrentes.

Como cualquier ciudadano, los jueces tienen sus ideas políticas, obvio es. Pero cuando ejercen la jurisdicción, no actúan ni deberían actuar movidos por su ideología política, faltaría más. Son como cirujanos que entran en el campo operatorio. ¿Alguien ha preguntado al cirujano que va a operarle por sus ideas políticas? Lógico y sensato es pensar que no. Pues los jueces actúan igual.

Los voceros del Gobierno, ahora, afirman que existe un contubernio de ciertos jueces con Vox y el Partido Popular.

¿En que se basan para tal afirmación infame? Todo tiene un límite.

Primero, en  el debate de la ya famosa y perniciosa Ley de Amnistía, algunos diputados atacaron a los jueces nominativamente (Marchena, Llanera, Aguirre, etc.) en el Congreso de los Diputados, afirmando que si no interpretaban esta ley como ellos querían incurrirían en responsabilidad penal y serían juzgados por Tribunales Populares (¿… formados por?).

Lo hicieron en reiteradas ocasiones y sin consecuencia alguna, ya no reprobados sino ni siquiera llamados al orden por la Presidenta del Congreso de los Diputados. Inaudito. Aberrante.

Ahora atacan a un juez instructor porque no hace lo que ellos quieren. Más que infame y pernicioso, insólito y también aberrante.

Deben respetar los políticos, también los miembros del Gobierno, la actuación de los jueces y tribunales. Su trabajo es arduo, difícil, concentrado, pero están preparados para ello. Horas y horas de estudio, que no cejan jamás.

Sólo piden una cosa, que les dejen trabajar en paz, con sosiego, con tranquilidad…, ¿es tanto pedir? Creo que no.

El Poder Judicial es uno de los tres poderes del Estado. Esencial para la democracia. Si el Poder Judicial no es autónomo e independiente no hay democracia real. Y en España tenemos democracia (el artículo 1 CE reza “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho (…)”.

Dejemos trabajar a los jueces en paz.

Es un ruego, una súplica. ¡Basta ya!.

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