María (nombre ficticio) es una mujer que desconocía completamente la existencia de la Ley de Segunda Oportunidad. Y gracias a ella, ha podido ver la luz al final del túnel al haberle «perdonado» una deuda de 28.000 euros.
Una deuda que generó tras contratar diversas tarjetas ‘revolving’ para poder sobrevivir. Según explica su abogado, José Luis Ortiz Miranda, la mujer trabaja como cajera en Carrefour cobrando aproximadamente 1.100 euros. Pero hace 3 años el marido la abandonó y se vio con la «papeleta» de tener que tirar para adelante con sus tres hijos, todos menores de edad.
Angustiada, comenzó a «tirar de plástico» con las «famosas tarjetas revolving» de diversos bancos donde le cobraban «unos intereses salvajes». Hasta que llegó un momento en el que el nivel de deudas era inasumible teniendo en cuenta sus escasos ingresos.
Hay que recordar que las ‘revolving’ son un tipo de tarjeta de crédito. Con ella, todas las compras o disposiciones de efectivo que se realizan quedan aplazadas automáticamente. Este método de pago permite al portador de la tarjeta realizar el importe de estas compras en varios plazos.

El letrado la conoció a raíz de llevarle judicialmente diversos procedimientos relacionados con estas tarjetas. . Ganó varios casos, sin embargo, tenía tantas tarjetas que llegó un punto en el que lo mejor era, debido a sus escasos ingresos, era acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. Estaba en una situación de umbral de exclusión sin ninguna propiedad.
De modo que presentaron la demanda y ninguno de los acreedores se opuso. Por lo que el titular del Juzgado de lo Mercantil Nº2 de Cádiz, Juan Francisco Santana, ha exonerado en un auto dictado el pasado 9 de octubre del pasivo insatisfecho. «Esto le va a permitir empezar de cero», cuenta Ortiz Miranda.
La mujer vive de alquiler en una vivienda de protección oficial. «Es una persona que está rozando el lumpen, que son aquellos de los estratos sociales más bajos».
Por lo que «lloró como una magdalena» cuando el abogado le comunicó la resolución. «Son los clientes más agradecidos, es una losa que le hemos quitado».
Sobre la ley de segunda oportunidad
La Ley de Segunda Oportunidad permite a las personas físicas que son deudores de buena fe ver eliminadas sus deudas.
La persona que quiera acogerse a ella no puede tener antecedentes penales por delitos patrimoniales como son el robo, la estafa, la falsedad documental o delitos contra hacienda pública en los diez años anteriores, siempre que no superen los tres años de pena.
Tampoco pueden tener derivaciones de Hacienda o Seguridad Social por otras empresas; haber presentado en los cinco años anteriores una segunda oportunidad o tener infracciones muy graves de Hacienda, Seguridad Social. Son requisitos que el 99% de las personas cumplen.