Teresa Peramato: «El 51,7% de las víctimas de violencia de género reconocen que, cuando la sufrían, sus hijos eran objeto de maltrato»
En este último año, 8 niños han sido asesinados por violencia vicaria
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11/11/2024 05:35
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Actualizado: 10/11/2024 20:19
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En España, el 60% de las víctimas de violencia de género conviven con hijos menores de edad. El 51,7% reconoce que, en el momento de sufrirla, sus hijos eran objeto de maltrato directo. Y el 60%, de las mujeres víctimas confiesa que sus hijos han presenciado algún acto de violencia física, psicológica y sexual. En el 82% de los casos, eran menores de edad.
Con estos datos sobre la mesa, comenzó el pasado viernes su ponencia la Fiscal de Sala contra la violencia sobre la mujer, Teresa Peramato, en el IX Congreso del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género. Se celebró en el Senado.
La fiscal recordó una resolución del Parlamento Europeo de 6 de octubre de 2021 sobre el impacto de la violencia de género en la infancia. Una resolución que, además de hacer referencia a los graves daños que sufren los niños, lanzaba unos mensajes a tener en cuenta.
Por ejemplo, que, a menudo, las instituciones no tienen en cuenta la violencia a la hora de tomar decisiones relacionadas con la custodia o el régimen de visitas, existiendo así un riesgo de infanticidio. Peramato aprovechó la ponencia para exponer dos tipos de violencia vicaria.
Violencia vicaria instrumental
Por un lado, está la instrumental, que es aquella que se lleva a cabo a través de conductas. Es querer controlar situaciones utilizando a los niños para saber con quién van sus madres, quién las llama, o quién entra en casa.
«Pero hay otras conductas más sibilinas que hay que aprender a detectar». Como ejemplo puso a aquel progenitor que, cuando acaba el régimen de visitas, entrega al menor sin material escolar, con la ropa rota o sin el medicamento que el niño debe tomar. Lo que produce «un agotamiento a la madre» al pensar que cuando está con él no están correctamente atendidos.
Unas situaciones que, según detalló, hay que detectar para ponerle solución. Son «conductas que aunque no tengan reflejo en el Código Penal, sí requieren de una actuación productiva de fiscales y jueces para adoptar medidas cautelares precisas y alejar a los menores y a sus madres de esos riesgos».
Unas medidas cautelares que, tal y como recordó, están están en el ordenamiento jurídico. Desde el artículo 66 de la Ley Integral contra la Violencia de Género, que habla de la suspensión del régimen de visitas hasta el 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que hace referencia a las ordenes de protección. También está el 544 quinquies, que perite al juez suspender la patria potestad.
«Tenemos que extremar estas diligencias desde la perspectiva de género, desde la perspectiva de los niños, si no abordamos esta cuestión, estaremos dejándolos en situación de grave riesgo», apuntó Peramato.
Violencia extrema o letal
Por otro lado, habló sobre la violencia vicaria extrema o letal. Se produce cuando se asesina a las personas del entorno más cercano a la mujer para hacerles el máximo daño.
En este último año, hay 8 menores asesinados por violencia vicaria en 5 casos. Y aunque en un principio tanto la Fiscalía General del Estado, como la Delegación del Gobierno e Igualdad hicieron referencia a 10 en concepto de violencia de género, finalmente no se pudo demostrar que dos muertes fuesen consecuencia de una actuación dolosa del progenitor, que también murió asfixiado.
Con respecto a estos 8 asesinatos de niños, la fiscal comentó que algunos se cometieron durante el régimen de visitas, otros, mientras se estaban separando y otro cuando no habían ningún régimen de visitas. De esos cinco casos, en dos ocasiones se mató a la madre, y en otras dos se intentó, reveló la fiscal.
Y en dos de ellos el padre acabó suicidándose. En el 60% constaban denuncias previas.
Contó un caso que le llamó la atención en el que, tras diversas medidas cautelares, en el juicio las partes llegaron a una conformidad y se estableció un régimen de visitas. Meses después mató a dos pequeñas de 1 y 3 años y se suicidó.
«Hay que plantear muy seriamente si el mutuo acuerdo es un recurso procesal adecuado en materia de violencia de género para proteger a los niños y a sus madres, víctimas todos ellos de violencia de género».
En este sentido, la fiscal abogó porque la competencia de estos procedimientos cuando hay indicios de que se han cometido para hacer el máximo daño a la madre sea siempre competencia de los juzgados de violencia sobre la mujer aún cuando el individuo se haya suicidado.
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