Opinión | Nueva normativa para proteger los dibujos y modelos industriales en la UE

Pedro Saturio es socio-asociado del Área de Patentes de Elzaburu. Foto: E.

14 / 11 / 2024 05:35

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El pasado 10 de octubre de 2024 el Consejo de la UE aprobó el paquete de reformas legislativas sobre los dibujos y modelos, que incluye un nuevo Reglamento por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 6/2002 del Consejo sobre los dibujos y modelos comunitarios, así como una nueva Directiva sobre la protección jurídica de los mismos.

Esta revisión legislativa tiene como principales objetivos modernizar los sistemas de protección de los dibujos y modelos industriales en la UE (la anterior Directiva databa de 1998), y hacer que la protección resulte más atractiva para los diseñadores individuales y las empresas, especialmente las PYMES.

Las principales novedades de estas reformas son las siguientes:

La sustitución del término “dibujo o modelo comunitario” por “diseño de la Unión Europea”, armonizándolo también con el término “marca de la Unión Europea”.

Ampliación de la definición de los productos que pueden acogerse a la protección de los diseños, para incluir no solo los que están incorporados a un objeto físico, sino también a los que se visualizan en un gráfico o un entorno digital, o bien mediante la disposición espacial de elementos destinados a formar un entorno interior o exterior. También se reconoce que la animación, el movimiento o la transición de las características de un producto pueden contribuir a la apariencia del diseño.

    • Las características del diseño de un producto no necesitan ser visibles en ningún momento concreto ni en ninguna situación particular de uso para acogerse a la protección de los diseños. Se señala una excepción: la protección de los diseños de los componentes de un producto complejo que deban permanecer visibles durante la utilización normal de dicho producto.

      • Cláusula de reparación: armonización de las legislaciones de los Estados miembros con respecto a la utilización de los diseños protegidos con objeto de permitir la reparación de un producto complejo para devolverle su apariencia inicial.  Esta cláusula entra en vigor cuando el diseño se aplica o se incorpora a un producto que constituye un componente de un producto complejo de cuya apariencia dependa el diseño protegido del componente.

        Con el fin de impedir copias no autorizadas de los diseños protegidos que hagan uso de tecnologías de impresión 3D, se dispone que la creación, descarga, copia, distribución y puesta a disposición de cualquier soporte o software que registre el diseño, a efectos de la reproducción de un producto que infrinja el diseño protegido, constituya una utilización del diseño que debe estar sujeta a la autorización del titular del derecho.

          Tras la firma de la nueva Directiva el pasado 23 de octubre por parte de los presidentes del Parlamento Europeo y del Consejo, esta se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor a los 20 días de su publicación y se aplicará 4 meses después. Los Estados miembros dispondrán de un plazo de 36 meses para adoptar las medidas necesarias para transponer la nueva Directiva.

          Por tanto, los usuarios del sistema de protección de diseños pronto tendrán a su alcance unas nuevas herramientas (Reglamento y Directiva) con las que proteger de manera más efectiva todas sus creaciones.

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